Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2007 (15/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 17 al 20 de febrero de 2007, atendiendo una invitacion del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

27451-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-2007-DE/SG
MORDAZA, 14 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 118 de fecha 7 de febrero de 2007 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en la XIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Militares de Colombia y las Fuerzas Armadas del Peru se acordo continuar con el intercambio de Oficiales de Enlace de Inteligencia entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 20 de enero al 31 de diciembre de 2007, con el fin de participar como Oficial de Enlace con la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la MORDAZA de Iquitos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

Que, el numeral 36.1 del Articulo 36º de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley Nº 28563, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, a realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de mercado; estableciendo que tales operaciones no estan sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley Anual de Endeudamiento del Sector Publico para cada Ano Fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º de la Ley General dispone que las operaciones de administracion de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru ha considerado conveniente realizar una operacion de administracion de deuda publica, a traves de intercambios y/o recompras, totales o parciales, de los Bonos Globales con vencimiento el ano 2012 y los Bonos MORDAZA (FLIRB, PDI, PAR y DESCUENTO) emitidos por la Republica del Peru, cuyo financiamiento se realizara a traves de emisiones de bonos en el MORDAZA local y/o internacional; Que, en el contexto de dicha operacion se requiere dar por finalizado el Swap de tasa de interes de los Bonos PDI, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 438-2005-EF/75; Que, para la implementacion de la referida operacion de administracion de deuda, se requiere los servicios de asesoria de bancos de inversion, asi como otros servicios vinculados a aspectos operativos a dicha operacion; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, senala el procedimiento para la Contratacion de Servicios de Asesoria Financiera Especializados y otros en el MORDAZA de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, en aplicacion del citado procedimiento, se han seleccionado a los asesores financieros y a las entidades vinculadas a aspectos operativos, cuya contratacion resulta pertinente aprobar para llevar a cabo dicha operacion; Que, sobre la referida operacion de administracion de deuda publica han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para la emision internacional de los bonos a que se refiere el tercer considerando precedente, se utilizara el contrato denominado "Fiscal Agency Agreement" y modificatorias, cuyo texto fue aprobado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 031-2003-EF/75, 6582003-EF/75 y 493-2004-EF/75; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de operacion de administracion de deuda publica Apruebase la operacion de administracion de deuda publica, a traves de intercambios y/o recompras, totales o parciales, de los Bonos Globales con vencimiento en el ano 2012 y los Bonos MORDAZA (FLIRB, PDI, PAR y DESCUENTO), emitidos por la Republica del Peru, cuyo financiamiento se realizara a traves de emisiones de bonos en el MORDAZA local y/o internacional. Articulo 2º.- Aprobacion de la emision de bonos Apruebase la emision interna y/o externa de bonos, en una o mas colocaciones o intercambios, hasta por un monto equivalente en moneda nacional o en Dolares Americanos de US$ 3 634 000 000,00 (TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), segun corresponda, como parte integrante de la operacion de administracion de deuda publica que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- De la emision interna de bonos Para los fines de la emision interna de bonos aprobada por el Articulo 2º de esta MORDAZA legal, se aplicara lo

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de Administracion de Deuda Publica
DECRETO SUPREMO Nº 014-2007-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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