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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de febrero de 2007 339713 - Ingeniero Jaime Castro Bullón, de la Unidad Técnica de la Dirección General de Concesiones Mineras del INACC. - Ingeniero Freddy Chipayo Ramos, de la Unidad Técnica de la Dirección General de Concesiones Mineras del INACC. - Ingeniero Abad Bedriñana Ríos, Director de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería, quien la presidirá. Regístrese y publíquese. EDMUNDO DE LA VEGA MUÑOZ Director General de Minería 27389-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 026-2007-MEM/DGM Mediante O fi cio Nº 195-2007-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 026-2007-MEM/DGM, publicada en la edición del día 7 de febrero de 2007. En el primer considerando: DICE: “..., así como la ampliación a otros temas señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 57474, ...” DEBE DECIR: “..., así como la ampliación a otros temas señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 27474, ...” 27388-1 INTERIOR Establecen zonas sujetas al régimen especial a que se refiere la Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados DECRETO SUPREMO Nº 005-2007-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, en su artículo 33º se establece un régimen especial para el comercio minorista y para el transporte de insumos químicos y productos fi scalizados en las zonas de producción de coca o de su in fl uencia, de amapola u otras que sirvan para la elaboración ilícita de drogas; Que, la referida disposición precisa que por Decreto Supremo, el Ministerio del Interior, con la opinión previa y favorable de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, fijará las zonas bajo régimen especial; Que, resulta necesario establecer las zonas sujetas a régimen especial para el comercio minorista y para el transporte de insumos químicos y productos fi scalizados en las áreas ubicadas en zonas de producción de coca o de su in fl uencia, de amapola u otras que sirvan para la elaboración ilícita de drogas; Con la opinión previa y favorable de la Comisión Nacional para el Desarrollo de Vida sin Drogas; En uso de las facultades conferidas mediante el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 2 del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;DECRETA: Artículo 1º.- Establézcase las zonas sujetas a régimen especial señalado en el artículo 33º de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, de acuerdo al siguiente detalle: DEPARTAMENTOS PROVINCIAS DISTRITOS Apurímac Abancay Todos los Distritos Andahuaylas Todos los Distritos Chincheros Todos los Distritos Ayacucho Huamanga Todos los Distritos Huanta Todos los Distritos La Mar Todos los Distritos Cusco La Convención Todos los Distritos Cusco Todos los Distritos Paucartambo Todos los Distritos Quispicanchi Todos los Distritos Canchis Todos los Distritos Calca Todos los Distritos Anta Todos los Distritos Paruro Todos los Distritos Urubamba Todos los Distritos Junín Satipo Todos los DistritosHuánuco Huacaybamba Todos los Distritos Huamalíes Todos los Distritos Huánuco Todos los Distritos Leoncio Prado Todos los Distritos Marañón Todos los Distritos Puerto Inca Todos los DistritosPachitea Todos los Distritos San Martín Todas las Todos los Distritos Provincias Ucayali Atalaya Todos los Distritos Coronel Portillo Todos los Distritos Padre Abad Todos los Distritos Purus Todos los Distritos Loreto Alto Amazonas Todos los Distritos Puno Carabaya Todos los Distritos Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 27476-4 Autorizan viaje de ex servidor PNP a Cuba para recibir tratamiento médico quirúrgico especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0019-2007-IN/PNP Lima, 14 de febrero de 2007 VISTO, el O fi cio Nº 293-06-DIRSAN-PNP-DIREJADM- DTE de 11OCT2006, relacionado a la Autorización de Viaje al Extranjero del SOT2 AE PNP (R) Héctor Reynaldo MORENO KITMANG, para recibir Tratamiento Médico Quirúrgico Especializado en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA- CUBA. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 2128-2003-DIRGEN/ DIRREHUM de 1DIC2003, el SOT2 AE PNP (R) Héctor Reynaldo MORENO KITMANG, pasó de la Situación de Actividad a la de Retiro por Incapacidad Psicofísica, para