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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (23/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340414 Que, el artículo 14º de la citada Ley de Tributación Municipal establece la obligación que los contribuyentes están obligados a presentar la Declaración Jurada al Valor del Patrimonio Predial en forma Anual, o cuando efectúen cualquier transferencia del dominio o cuando el predio sufra modi fi caciones en sus características, o cuando lo determine la administración tributaria; Que, la emisión mecanizada se encuentra contemplada en la Disposición Cuarta de las Disposiciones Finales del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF en la que dice a texto lo siguiente “Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT, vigente al primero de enero de cada ejercicio, en cuyo caso la valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas”; Que, según el Decreto Supremo Nº 213-2006-EF publicado en el Diario O fi cial El Peruano del 28 de diciembre del 2006, ha aprobado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2007 el monto de S/. 3,450 (Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta 00/100 Nuevos Soles); Estando con la conformidad del INFORME Nº 134-2007- SGAT-GAT-MDLP de la Subgerencia de Administración Tributaria, el MEMORANDUM Nº 049-2007-GAT/MDLP de la Gerencia de Administración Tributaria, el INFORME Nº 025-2007-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoria Jurídica y el INFORME Nº 016-2007-GM/MDLP de la Gerencia Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los (as) Regidores (as) JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNANDEZ, JAVIER REYNALDO SANCHEZ MEDINA, MARIA ALEJANDRINA LARENAS CORNEJO, OSCAR ENRIQUE ULLOA CHIROQUE, LUIS ALBERTO SALINAS PEREZ, JUANA ELIZABETH DIAZ SANCHEZ DE CABALLERO, LUIS ENRIQUE ESTERRIPA SOTOMAYOR, ANA TORRES VDA. DE MORALES, MAXIMO ALBERTO CONCHA AREVALO, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Monto Mínimo de Pago Anual del Impuesto al Valor del Patrimonio Predial el equivalente de 0.6% de la UIT vigente para el año 2007 S/. 20.70 (Veinte y 70/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- Aprobar el vencimiento para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2007: - Pago al contado: Miércoles 28 de febrero del 2007 - Pago fraccionado: Primer Trimestre : Miércoles 28 de febrero del 2007 Segundo Trimestre : Jueves 31 de mayo del 2007Tercer Trimestre : Viernes 31 de agosto del 2007Cuarto Trimestre : Viernes 30 de noviembre del 2007 Artículo Tercero.- Mantener el % de la U.I.T. aprobado por Ordenanza Nº 002-2006-MDLP por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago, incluida su distribución a domicilio, correspondiente al Impuesto Predial, de 0.4% vigente en el ejercicio. En el año 2007 será de S/. 13.80 (Trece y 80/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- Mantener en S/. 1.00 Nuevo Sol el monto por recibo mensual que deberán abonar los contribuyentes de los arbitrios municipales, por concepto de emisión mecanizada, determinación, liquidación y distribución, por las tres tasas de arbitrios municipales (limpieza pública, parques y jardines y serenazgo del año 2007). Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Estadística e Informática la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 29445-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL JORGE BASADRE GROHMANN RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 012-2007-A/MPJB En la edición del 11 de febrero de 2007 se publicó la Resolución de Alcaldía Nº 012-2007-A/MPJB debajo del titular “Municipalidad Distrital Jorge Basadre”, el cual se procede a recti fi car ya que su correcta denominación es Municipalidad Provincial Jorge Basadre Grohmann. 28868-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA Declaran en emergencia a la Munici- palidad Distrital de Pativilca en materia administrativa y financiera ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-CM/MDP VISTO:En Sesión de Concejo del 3 de enero del 2007, el Informe Nº 001-2007-GM/MDP, elevado al concejo por el Gerente Municipal sobre el proceso de transferencia; CONSIDERANDO:Que, el 2 de enero del presente año, se instaló el Nuevo Concejo de la Municipalidad Distrital de Pativilca, juramentando al cargo el Alcalde y los señores Regidores; con arreglo a ley; Que, conforme al informe de la comisión de transferencia, ésta se realizó en forma parcial por la poca colaboración del ex Alcalde, hallando el acervo documentario totalmente desordenado e incompleto, situación que no ha permitido establecer el aparato administrativo en la medida que esta entidad no ha contado con todos los documentos de Gestión, que toda institución debe contar, por este motivo el pleno del Concejo Municipal declaró en emergencia en materia administrativa y fi nanciera por el plazo de noventa días a esta entidad edil, conforme a lo dispuesto en la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972; Por las condiciones expuestas precedentemente y de conformidad con lo prescrito por Inc. 6) del Art. 20º, 43º de la referida Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal acordó lo siguiente; ACUERDA: Artículo 1º.- Declarar en emergencia en materia administrativa y fi nanciera la Municipalidad Distrital de Pativilca, por un período de noventa días, con el objeto de hacer reformas, cambios y reorganizaciones necesarias para optimizar los recursos fi nancieros y estructura de la Municipalidad Distrital de Pativilca. Dejando a salvo los derechos laborales que hayan sido adquiridos legalmente. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno Municipal, en Pativilca, a los tres días de enero del año dos mil siete. Regístrese, publíquese, cúmplase.CARLOS E. PADUA POPAYÁN Alcalde 28423-1