Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (23/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340402 de la suspensión de la recepción de solicitudes para el otorgamiento de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios, y Certi fi cados de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso y de Licencia Municipal de Funcionamiento, en Zonas destinadas a Uso Residencial según Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobado con la Ordenanza Nº 950-MML, así como de la suspensión del otorgamiento de los Certi fi cados mencionados, en los trámites en giro cuyos Certi fi cados no hayan sido otorgados antes de la vigencia de la Ordenanza Nº 192-MSI, y hasta la aprobación de las modi fi caciones a que se refería el Artículo Primero de dicha Ordenanza; Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 194-MSI, encargó a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, la formulación de los estudios que sustenten las modi fi caciones a que se refi ere el Artículo Primero de dicha Ordenanza, las cuales han sido concluidas, haciendo innecesario mantener la suspensión mencionada en el considerando precedente; En uso de las Facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE DA POR CONCLUIDA LA SUSPENSIÓN DECRETADA POR LA ORDENANZA Nº 194-MSI Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la suspensión de la recepción de solicitudes para el otorgamiento de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios, y Certi fi cados de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso y de Licencia Municipal de Funcionamiento, en Zonas destinadas a Uso Residencial según el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobado por la Ordenanza Nº 950-MML, así como la suspensión del otorgamiento de los Certi fi cados mencionados en los trámites en giro cuyos certi fi cados no hayan sido otorgados antes de la vigencia de la Ordenanza Nº 192-MSI. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano. Artículo Tercero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 194-MSI, publicada el 31 de enero de 2007. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumplaDado a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil siete. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 30009-1 Aprueban Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para la aplicación de la Ordenanza N° 950-MML en el distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2007-ALC/MSI San Isidro, 22 de febrero de 2007EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO:VISTO el Informe Nº 023–2007–20-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano en conjunto con la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planes Urbanos Distritales y Actualización de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, corresponde a las Municipalidades Distritales formular y aprobar su Plan Urbano y normativa especí fi ca; Que, igualmente establece que el mencionado Plan Urbano Distrital debe considerar fundamentalmente, entre otros, los siguientes aspectos: Retiros, Alturas y Áreas Libres de las edi fi caciones, de conformidad con los patrones de construcción existentes, sus tendencias y los Planos de Zoni fi cación Distrital que aprueba la Municipalidad Metropolitana; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 950-MML, aprobó el “Reajuste Integral de Zonificación de Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del distrito de Magdalena del Mar, que son parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana” dentro de la cual aprobó las “Normas Generales de Zonificación de los Usos del Suelo”, estableciendo en su Artículo 6º que la Municipalidad Distrital de San Isidro, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía los Parámetros Urbanísticos y edificatorios complementarios a la zonificación correspondiente; Que, mediante Ordenanza Nº 194-MSI, publicada el 31 de enero de 2007, se encargó a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, la formulación de los estudios que sustenten la reglamentación especí fi ca referida al Plano de Alturas Máximas y la Compatibilidad de Usos de Suelo en zonas residenciales, regulados en la Ordenanza Nº 950 y sus anexos correspondientes; Que, en este contexto la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano mediante Informe conjunto Nº 023 – 2007 – 20 - GDU/MSI, elevan para su aprobación, la propuesta de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios para su aplicación en la jurisdicción del distrito de San Isidro en concordancia con las Normas Generales de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobadas con la Ordenanza Nº 950-MML, en cumplimiento del encargo a que se re fi ere el considerando anterior; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 282-2007-10-GAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º, Numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar los Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios para una correcta aplicación de la Ordenanza Nº 950-MML dentro de la jurisdicción del distrito de San Isidro, en sustitución de los aprobados con el Decreto de Alcaldía Nº 012-2006-ALC-MSI. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplaseANTONIO MEIER CRESCI Alcalde