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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de julio de 2007 348296 Aeronáuticas del Perú; y, demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General; y podrá ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los Estados Unidos de América, no otorgue a las líneas aéreas peruanas derechos aerocomerciales recíprocos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRIGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 76111-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor del Gobierno Regional San Martín, destinada a la adquisición, transporte e instalación de módulos de vivienda de emergencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2007-VIVIENDA Lima, 27 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27792, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene como competencia formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional, aplicables en materia de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento; asimismo, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, tiene como función general diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento; Que, con Decreto de Urgencia Nº 003-2007, se establecieron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera que permitan fi nanciar y ejecutar actividades y proyectos de atención de desastres y mitigación del impacto del período de lluvias 2007 en los departamentos de Junín, Huanuco, San Martín y Ucayali; Que, mediante el Memorandum Nº 005-2007- VIVIENDA-ODN, la O fi cina de Defensa Nacional - ODN del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informa la situación crítica a consecuencia de las lluvias en los Departamentos de Huanuco y San Martín declaradas como damni fi cadas por el INDECI y los Gobiernos Locales; Que, mediante la Carta Nº 033-2007-GRSM/GGR, el Gobierno Regional San Martín, solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la transferencia de los recursos para poder iniciar el proceso de adquisición de módulos de vivienda utilizando material de la zona, así como mano de obra; Que, mediante el Informe Nº 079-2007/VIVIENDA- OGAJ, la O fi cina General de Asesoria Jurídica, considera procedente la transferencia fi nanciera solicitada por el Gobierno Regional de San Martín; Que, mediante Informe Nº 001-2007-VIVIENDA- VMVU-DNV/FFG/MRZ, la Dirección Nacional de Vivienda considera conveniente la utilización de módulos de vivienda de emergencia de quincha, con un precio referencial de hasta por un monto de S/. 3 950,00 (TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES). La cantidad a adquirirse es de 424 (CUATROCIENTOS VEINTICUATRO) por un valor total ascendente hasta por la suma de S/. 1 674 800,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES);Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, modi fi cado por la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2007”, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades de Vivienda; Con la visación del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, de la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y la O fi cina General de Asesoria Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”; y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/. 1 674 800,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Gobierno Regional de San Martín, destinados exclusivamente para la adquisición, transporte e instalación de 424 módulos de vivienda de emergencia para los pobladores del Departamento de San Martín que hayan sido víctimas del período de lluvias 2007. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al Presupuesto Aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 002 “Vivienda y Urbanismo”, en la Actividad 1.015157 “Apoyo a Emergencias y Urgencias”, Componente 3.000196 “Atención de Emergencias y Urgencias”, Meta 00002 “Transferencia Financiera a Favor del Gobierno Regional de San Martín en el Marco del D.U. Nº 003-2007 para Atender 424 Damni fi cados con Módulos de Vivienda”, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y al Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente Transferencia Financiera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co para la adquisición de los módulos de vivienda de emergencia entre el Gobierno Regional de San Martín y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Vivienda y el Jefe de la Unidad Ejecutora 002 “Vivienda y Urbanismo”, son responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 79190-1 Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPA SAN MARTÍN S.A. para la ejecución de proyecto de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2007-VIVIENDA Lima, 2 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del