TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de julio de 2007 348773 del Perú, Institución que mantendrá el control del orden interno. Artículo 2º.- Estado de Derecho. Durante la intervención de las Fuerzas Armadas, no existirá en modo alguno restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales contemplados en la Constitución, las leyes y en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 3º.- De la Directiva. El Ministro de Defensa aprobará y emitirá la Directiva especí fi ca, formulada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. El Comandante a cargo de las operaciones coordinará con la Autoridad Política y Policial las tareas asignadas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Artículo 4º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 82347-1 AGRICULTURA Dan por concluida designación de Asesor Técnico de la Jefatura del INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00172-2007-INIA Lima, 18 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 00152-2006- INIEA, del 21 de agosto del 2006, se designó a don Amaro Zavaleta García, como Asesor Técnico de la Jefatura del entonces Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA; Que, el cargo de Asesor Técnico de la Jefatura de este Instituto Nacional, se encuentra considerado como “cargo de con fi anza” a que se re fi eren los artículos 43º y 44º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal de este Instituto Nacional por mandato de la Décima Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; Que, don Amaro Zavaleta García, ha puesto a disposición el cargo de Asesor Técnico de la Jefatura, cargo considerado “de con fi anza”; Que, la Jefatura de este Instituto Nacional ha decidido dar por concluida la designación de don Amaro Zavaleta García, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución; De conformidad con el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 30 de junio de 2007, la designación de don Amaro Zavaleta García, como Asesor Técnico de la Jefatura del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, dándole las gracias por los importantes servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL M. REYNOSO TANTALEAN JefeInstituto Nacional de Investigación Agraria 82127-1 DEFENSA Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA DECRETO SUPREMO Nº 013-2007-DE/ Lima, 9 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 11 de abril de 2001, se regula, entre otras, las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollados en las entidades, estableciendo las normas para la elaboración, contenido, aprobación y difusión, así como el plazo para la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, es necesario aprobar el nuevo TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, estableciendo, entre otros, los procedimientos administrativos que permitan garantizar una mejor orientación y servicio al público usuario; Que, en mérito de lo expuesto y a lo precep- tuado por el numeral 38.2 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta pertinente gestionar la aprobación de un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la CONIDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, que como anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005- DE/SG de fecha 13 de febrero de 2005. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa