Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2007 (10/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348781

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2007-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara dichas funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Reglamento de Organizacion y Funciones del PROINVERSION, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2006-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA Lemor Bezdin como Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 82347-5

Modifican Convenio de Fideicomiso celebrado con el Banco de la Nacion aprobado mediante R.M. Nº 145-99EF/10
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-2007-EF/10 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 034-99 se creo el "Programa de Consolidacion Patrimonial", destinado al fortalecimiento patrimonial de las empresas de operaciones multiples del Sistema Financiero Nacional, mediante la suscripcion temporal de acciones, las mismas que debian ser colocadas o redimidas, revirtiendo los recursos obtenidos al Fondo y, de ser el caso, al Tesoro Publico; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto por el acotado Decreto de Urgencia, el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion suscribieron un Convenio de Fideicomiso, que fue aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 145-99-EF/10 y cuyos articulos 7.12 y 7.14 establecieron como obligacion del citado banco, en calidad de Fiduciario, mantener los recursos liquidos del Fondo Fiduciario, en cuentas separadas de sus cuentas; y a devolver al Fideicomitente al termino del Fideicomiso, los bienes que conforman el Patrimonio Fideicometido; Que, el plazo de acogimiento al referido Programa de Consolidacion Patrimonial vencio el 31 de diciembre de 1999; sin embargo, a la fecha existen recursos liquidos en el referido Patrimonio Fideicometido, cuyo traslado a la Cuenta Principal de la Direccion Nacional del Tesoro Publico solo podra efectuarse al termino del mismo; Que, se ha considerado conveniente modificar el citado Convenio de Fideicomiso a efectos de autorizar al Banco de la Nacion, en su calidad de fiduciario, a transferir al

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