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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de julio de 2007 348785 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 003 - 2007-EF/75.01 A LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO La Dirección Nacional del Endeudamiento Público exhorta a las entidades y organismos del Sector Público, a cumplir con su obligación de informar al Ministerio de Economía y Finanzas, con fi nes de registro estadístico, sobre las concertaciones, los desembolsos y el servicio de deuda de las operaciones de endeudamiento que acuerden sin garantía del Gobierno Nacional, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento, Ley Nº 28563 y sus modi fi catorias. Para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la información debe ser registrada en el Módulo de Deuda del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-SP), conforme al artículo 52º de la Ley 28563. En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobierno Locales que no cuenten con el referido Módulo, así como las empresas públicas no fi nancieras y fi nancieras y otras entidades y organismos públicos, la información debe ser remitida trimestralmente, a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, de acuerdo a los artículos 40º, 42º, 43º y 53º y la Quinta Disposición Transitoria de la mencionada Ley. Adicionalmente, se exhorta a las entidades y organismos del Sector Público que tengan préstamos de corto plazo cuyos términos de repago hayan sido materia de renovaciones a plazos que, individual o acumuladamente, excedan de un año, a informar trimestralmente a la Dirección Nacional del Endeudamiento sobre tales operaciones, de conformidad con la Quita Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 28928. Se invoca a los funcionarios responsables de la presentación de la información antes mencionada, a remitir la data correspondiente al segundo trimestre de 2007, dentro de los quince (15) días al cierre del trimestre, según el formato que se adjunta 1, a la siguiente dirección: Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP) Ministerio de Economía y Finanzas Jr. Junín 319 – Lima 1 Fax 415 4264 Para cualquier información adicional, comunicarse a los teléfonos Nº 311-5940, 311-5939 ó al correo electrónico dsg_dnep@mef.gob.pe Lima, 9 de julio de 2007. BETTY SOTELO BAZÁN Directora General Dirección Nacional del Endeudamiento Público 1/ El formato puede ser descargado de la página web del MEF (parte central) www.mef.gob.pe en la sección “COMUNICADOS”. DIRECCIÓN NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO INFORMACION TRIMESTRAL DE LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO SIN GARANTIA DEL GOBIERNO NACIONAL Entidad: Dirección: Nº Teléfono: Distrito: Nº fax : Provincia: Correo Electrónico: Departamento: Persona con quien contactar: (1) EJECUCION CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO TRIMESTRE 2007 PAGOS DEL SERVICIO DE DEUDA ACREEDOR Finalidad Moneda Original (2)FECHA CONTRATOMONTO CONCERTADOFECHA DE CANCELACIÓN DEL PRÉSTAMOMONTO DESEMBOL- SADO TOTALSALDO POR DESEM- BOLSARMONTO DESEM- BOLSADO EN EL TRIMESTRESALDO ADEUDADO AL 31 DE MARZO DE 2007MES DE PAGO PRINCIPAL INTERES PORTES/ COMISIONESMORAS Y OTROS INTERESES (3)SALDO ADEUDADO AL 30 DE JUNIO DE 2007OBSERVA- CIONES (4) 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Abril 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Mayo 0.00 0.00 0.00 0.00 Junio 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Abril 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Mayo 0.00 0.00 0.00 0.00 Junio 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Abril 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Mayo 0.00 0.00 0.00 0.00 Junio 0.00 0.00 0.00 0.00 NOTA: En el caso de las Líneas de Crédito, de fi nidas como la cantidad de recursos que un acreedor pone a disposicion del prestatario (Deudor), sólo se registra como Monto Co ncertado las asignaciones o utilizaciones (Desembolsos) con cargo a dicha Línea.(1) La información debe presentarse por cada préstamo, desagregando los pagos efectuados por el servicio de deuda en forma mensual . (2) Informar en la moneda en que fue concertado el préstamo. (3) Compensatorios/moratorios y otros gastos. (4) Indicar en que situación se encuentra el préstamo, éstas pueden ser: Prepagado = cuando se ha cancelado el préstamo por adelantado. Vencido = cuando el préstamo se encuentra en atraso, y no se ha amortizado según cronograma. Refi nanciado = cuando se ha hecho un re fi nanciamiento, teniendo por lo tanto un nuevo cronograma. Cancelado = cuando se ha cancelado el préstamos en su totalidad, según el cronograma. VAC = Préstamos con valor VAC. Elaborado por VºBº del Jefe