Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2007 (10/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2007

Las direcciones de linea estan integradas por profesionales de alta especializacion en la materia. Articulo 46º.- Objetivos de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion Son objetivos de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion: a) Contribuir al mejoramiento de la calidad de las instituciones de la educacion superior no universitaria, mediante el desarrollo de procesos de evaluacion y acreditacion. b) Garantizar el establecimiento de mecanismos de control y evaluacion de la calidad de los procesos pedagogicos y de gestion. c) Fomentar una cultura evaluativa en las instituciones de educacion superior no universitaria. Articulo 47º.- Funciones de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion Son funciones de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del CONEACES: a) Proponer los estandares y criterios de evaluacion y acreditacion de las instituciones de educacion superior no universitaria. b) Sugerir al Directorio los requisitos para el funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion. c) Coordinar las relaciones entre el CONEACES y las entidades evaluadoras. d) Emitir opinion tecnica para autorizar el funcionamiento de entidades evaluadoras en el ambito del CONEACES. e) Capacitar y proponer al directorio del CONEACES la certificacion de los especialistas de las entidades evaluadoras. f) Supervisar y evaluar las actividades de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion y proponer sanciones en caso de infraccion. Articulo 48º.- Objetivos de la Direccion de Evaluacion y Certificacion Son objetivos de la Direccion de Evaluacion y Certificacion: a) Contribuir a desarrollar la calidad de los procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales de los egresados de la educacion superior no universitaria. b) Promover el desarrollo de procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales y profesionales. c) Fomentar una cultura evaluativa entre los miembros de las instituciones de educacion superior no universitaria. Articulo 49º.- Funciones de la Direccion de Evaluacion y Certificacion Son funciones de la Direccion de Evaluacion y Certificacion del CONEACES: a) Aprobar los estandares, criterios y procedimientos de evaluacion, para la certificacion de competencias laborales. b) Sugerir los requisitos para el funcionamiento de las entidades certificadoras de la educacion superior no universitaria. c) Propiciar el desarrollo de las capacidades de los profesionales especializados en evaluacion de competencias laborales. d) Propiciar el intercambio y sistematizacion de experiencias entre las entidades certificadoras. e) Supervisar las actividades de las entidades certificadoras y proponer sanciones en caso de infraccion. f) Garantizar la calidad de los procesos de evaluacion y certificacion de competencias y el respeto a la confidencialidad de los resultados. Articulo 50º.- Organo Consultivo El organo consultivo esta constituido por un Consejo Consultivo, integrado por profesionales de reconocido prestigio y especializacion en materias vinculadas a las funciones del CONEACES. El numero de miembros del Consejo Consultivo es ilimitado y su designacion es de caracter honorifico y sera efectuada por el Directorio del CONEACES.

Articulo 51º.- Objetivos del Consejo Consultivo El Consejo Consultivo tiene como objetivos: a) Asesorar al Directorio. b) Asesorar a los organos de linea sobre temas de evaluacion, acreditacion y certificacion de las instituciones de educacion superior no universitaria. Articulo 52º.- Funciones del Consejo Consultivo Son funciones del Consejo Consultivo: a) Recoger y aportar conocimientos para el control y mejoramiento de la evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa desarrolladas por los organos de linea del CONEACES. b) Proponer recomendaciones para garantizar los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad en la educacion superior no universitaria. c) Emitir opinion en todos los asuntos que le MORDAZA solicitados por el CONEACES. Articulo 53º.- Comisiones Tecnicas El CONEACES conforma comisiones tecnicas a solicitud de las direcciones, convocando a especialistas y expertos, de acuerdo a las necesidades, para la elaboracion de productos o prestacion de servicios especificos. Articulo 54º.- Organizacion de las Comisiones Tecnicas La organizacion de las comisiones tecnicas esta relacionada con el producto o prestacion de servicios solicitados, teniendo en cuenta la experiencia de los sectores y actores de la educacion superior no universitaria. Articulo 55º.- Funciones de las Comisiones Tecnicas Son funciones de las comisiones tecnicas del CONEACES: a) Elaborar productos o prestar servicios relativos a los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad de la educacion superior no universitaria. b) Estudiar y analizar los insumos, procesos y resultados concernientes a la evaluacion de la calidad educativa de la educacion superior no universitaria. CAPITULO III DE LA ORGANIZACION DEL CONSEJO DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA - CONEAU Articulo 56º.- Organo de Direccion: Directorio El Organo de Direccion del CONEAU esta conformado por un Directorio de caracter interdisciplinario, de acuerdo al articulo 32º de la Ley Nº 28740. El Directorio elige entre sus miembros al Presidente por un periodo de tres anos. Los miembros del Directorio perciben dietas y se reunen en forma ordinaria, por lo menos, dos veces al mes. Articulo 57º.- Objetivos Son objetivos del Directorio del CONEAU: a) Promover el desarrollo de procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad de la educacion superior universitaria. b) Contribuir a alcanzar niveles optimos de calidad en los procesos, servicios y resultados de la educacion superior universitaria. c) Garantizar la calidad del servicio educativo universitario. Articulo 58º.- Funciones Son funciones del Directorio del CONEAU: a) Aprobar las normas que regulan la autorizacion y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditacion, y de las entidades certificadoras. b) Definir los estandares e indicadores de evaluacion para el MORDAZA de acreditacion de las instituciones y programas de educacion superior universitaria. c) Aprobar los estandares y criterios de certificacion de competencias profesionales, elaborados en concordancia

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