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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2007 (13/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2007 349001 10. Los niveles de pobreza. 11 Bene ficio para el sector de jóvenes. Artículo 16°.- D EL R ESUMEN EJECUTIVO El equipo Técnico prepara un Resumen Ejecutivo del proceso que contendrá los acuerdos que se lograron, el mismo que será elevado al Concejo Municipal para ser aprobado en Sesión de Concejo. En dicha sesión de Concejo se aprobarán los Acuerdos del proceso del presupuesto participativo 2008, debiéndose publicar. TÍTULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Se convoca a las Organizaciones Sociales, Agentes Económicos, Instituciones Publicas y Privadas y Población en general del distrito de Puente Piedra, a participar del proceso del Presupuesto Participativo 2008, para su inscripción en el Registro de Agentes Participantes del presupuesto Participativo 2008 que obra en la Subgerencia de Participación Vecinal Ciudadana y Agencias Municipales de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Se utilizará los medios de comunicación masiva para la convocatoria de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo. Segunda.- Se aprueba el Reglamento para la Elección del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2008 del distrito de Puente Piedra, anexo 01. Tercero.- Se aprueba el Cronograma General del Presupuesto Participativo 2008, anexo 02. Cuarto.- La Municipalidad de Puente Piedra destinará el personal técnico y recursos propios necesarios para el proceso del Presupuesto Participativo comprometiendo la participación de instituciones, empresas y ONGs que se integren a la ejecución de las actividades previstas para cumplir con el proceso del presupuesto participativo. Quinto.- El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía dictará las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde ANEXO 02 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CRONOGRAMA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 1.- TALLERES DE DIFUSIÓN, CAPACITACIÓN Y PRE INSCRIPCIÓN 1,1 ZONALES Y FUNCIONALES LOCAL FECHA Laderas de Chillón I.E. Kumamoto 01/08/07 Valle de la Ensenada I.E Perú Suiza 03/08/07 Rosa Luz y alrededores I.E Rosa Luz 06/08/07 Santa Rosa Casa de la Juventud 08/08/07 Lomas de Zapallal I.E. Pitágoras 10/08/07 Jerusalén Local Comunal 13/08/07 Gallinazo y Alrededores I.E. Gustavo Mohme Llona 15/08/07 Asocc. De la Rivera del Chillón I.E. Los Sauces 17/08/07 Cercado de Puente Piedra Auditorio Municipal 20/08/07 2 TALLERES DE ELABORACIÓN 2.1Rendición de cuentas por el Alcalde y los miembros del Comité de Vigilancia de los acuerdos tomados para el ejercicio 2007 y distribución del FONCOMUN para el 2008 09/09/07 2.2Plan de Desarrollo Concertado y Elección de Comité vigilancia 16/09/07 2.3Identi ficación de Criterios de Priorización de Proyectos y De finición 23/09/07 2.4Informe del Equipo Técnico sobre Priorización final de Proyectos y Formalización de Acuerdos y Compromisos del Proceso. 30/09/07 83070-1MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de comunicación de radio troncalizado digital ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2007/MDSMP San Martín de Porres, 27 de junio del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nºs. 337 y 362-2007-UL/GAF/MDSMP, de la Unidad de Logística, Informe Nº 228-2007-GAF/MDSMP de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 484-2007-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº 128-2007-UP-GPP/MDSMP, de la Unidad de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 144º del Reglamento de la precitada norma, establece que son Bienes o Servicios que no admiten sustitutos a los requeridos por el área usuaria, cuando existe un solo proveedor en el mercado nacional, considerándose que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante Informe Nº 337-2007-UL-GAF/ MDSMP, la Unidad de Logística solicita iniciar el trámite correspondiente para contratar el SERVICIO DE COMUNICACIÓN POR RADIO TRONCALIZADO DIGITAL, vía exoneración por tratarse de un servicio único atendido por la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., luego de realizar las indagaciones del mercado actual; Que, mediante O ficio Nº 342-2007-MTC/17 la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa que la única empresa que presta el servicio troncalizado con tecnología digital es NEXTEL DEL PERÚ S.A; Que, mediante Informe Nº 128-2007-UP-GPP/MDSMP, la Unidad de Presupuesto, re fiere la existencia de un saldo presupuestal de S/. 158,113.18, importe que cubre en su totalidad el requerimiento efectuado por la Unidad de Logística; asimismo la Gerencia de Asuntos Jurídicos emite opinión favorable con Informe Nº 484-2007-GAJ/MDSMP declarando que habiéndose corroborado que la Empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A. es la única proveedora que brinda el Servicio de Radio Troncalizado con tecnología digital, la contratación del citado servicio se encontraría dentro de los alcances de la normatividad citada, pues se trata de un servicio que es prestado por proveedor único, resultando procedente la exoneración del Proceso de Selección; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso e) del Artículo 19º y el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; luego