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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2007 (14/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349081 del 2004, dispositivo que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal en la Administración Pública. Que, con informe Nº 136-2007-GPP/ML el Gerente de Plani fi cación Presupuesto y Racionalización, encuentra conforme el Cuadro para la Asignación de Personal por cuanto se trata de un instrumento de gestión elaborado de acuerdo a la lógica de los procesos que se desarrollan en la Municipalidad que permitirán se oriente a la promoción de Desarrollo Económico y Social, y a la prestación de servicios públicos municipales; Que, mediante Informe Nº 0700-2007-GAJ/ML la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el cuadro para la Asignación de personal - CAP, presentado se encuentra conforme para su aprobación por el Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 32) de la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Consejo por mayoría y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL- CAP DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Lurín, que se encuentra detallado en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 104/ML del 8 de abril del 2005, así como cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Subgerencia de Personal. Artiículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 83486-1 Crean el “Programa de Salud y Familia”, los “Programas Alimentarios”, el “Programa de Promoción al Deporte”, el “Programa Promoción del Turismo” y sus respectivos Manuales de Operaciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2007-ALC/ML Lurín, 8 de junio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO:El Informe Nº 134-2007-GPP/ML de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Nº 663-2007- OAJ/ML de la O fi cina Asesoría Jurídica: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el Artículo 2 del Título Preliminar, indica que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con la fi nalidad de mejorar los procesos para las entidades de la administración pública se deben dictar normas complementarias para la mejora de la e fi ciencia y e fi cacia de la gestión pública.Que, conforme el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF para las entidades de la administración pública. Y que en su artículo 4º establece como de fi nición de los PROGRAMAS a estructuras funcionales para atender un problema o una situación crítica o implementar una política pública especí fi ca en el ámbito de su competencia; y en su artículo 36º especí fi ca que dichos Programas deben contar con un Manual de Operaciones para determinar sus funciones especí fi cas. Que, de acuerdo a lo señalado en el Art. 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que la nueva estructura orgánica de la Municipalidad debe contemplar la incorporación de Programas en coherencia con los objetivos y los requerimientos para atender nuevas funciones especí fi cas. Que, existe la necesidad de crear el Programa de Salud y Familia que permita sentar bases para la transferencia de los servicios de la salud en el marco del proceso de la descentralización, así como el fortalecimiento de la familia conforme al Plan Nacional de Apoyo a la Familia. Que, asimismo existe la necesidad de crear los Programas Alimentarios para brindar una mejor atención y el acceso a la alimentación a la población en situación de pobreza en el Programa del Vaso de Leche y el Programa de Comedores Populares. Que, del mismo modo, es necesario crear el Programa de Promoción al Deporte, con los fi nes de buscar la integración de la población, la solidaridad, la competitividad a través de torneos y competencias vecinales y escolares en sus diferentes niveles y disciplinas. Que, también crear el Programa del Turismo con el objetivo de promover los potenciales turísticos del distrito así como vocación económica que contribuya a la mejora de la calidad de vida de su población. Que, en referencia a Normas Municipales según el artículo 39º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, de fi ne que el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante Decretos de Alcaldía. En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades DECRETA:Artículo Primero.- CREAR el “Programa de Salud y Familia”, los “Programas Alimentarios”, el “Programa de Promoción al Deporte”, el “Programa Promoción del Turismo” y sus respectivos Manuales de Operaciones. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 83489-1 Prorrogan plazo de vencimiento de beneficio tributario establecido mediante Ordenanza Nº 156/ML DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2007-ALC/ML Lurín, 27 de junio del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO: El Informe Nº 069-2007-GR-GM/ML de la Gerencia de Rentas.