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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2007 (14/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349065 las Administraciones Tributarias y Aduaneras, fi nanciado con los recursos del Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE, por el período del 25.May.2005 al 23.Set.2008; CONSIDERANDO: Que, el 23.Mar.2004 la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, celebraron el Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE para fi nanciar el “Proyecto de Integración y Modernización de las Administraciones Tributarias y Aduaneras”, siendo objetivo del Proyecto otorgar un apoyo inicial a la SUNAT del Perú, para conducir el complejo proceso de fusión de las administraciones de impuestos internos y aduanas iniciado el año 2002 y, mediante el fortalecimiento de su gestión administrativa y la modernización de sus procesos de operativos, procurar sentar las bases para el desarrollo de una administración tributaria integrada con el fi n de contribuir a incrementar de manera sostenida la recaudación tributaria y facilitar las operaciones de comercio exterior; en el numeral 3 de la Introducción de las Estipulaciones Especiales del Contrato, se establece que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del fi nanciamiento del Banco serán llevados a cabo por la SUNAT; Que, la SUNAT solicitó autorización para la conducción directa del proceso de selección para designar una sociedad auditora que realice la auditoría a los estados fi nancieros del Proyecto de Integración y Modernización de las Administraciones Tributarias y Aduaneras, fi nanciado con los recursos del Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE, por el período del 25.May.2005 al 23.Set.2008, remitiendo para ello las Bases, la No Objeción del BID a las Bases y a la Lista Corta; Que, asimismo, remitió la Declaración Jurada de Compromiso de Proporcionar Información, la Constancia y los Compromisos de Disponibilidad Presupuestal y los documentos que contemplan el procedimiento especí fi co para designar a los auditores independientes de acuerdo al Banco; Que, el artículo 6º literal d) del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007- CG señala que tratándose de préstamos y/o donaciones efectuados por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta por todo el período delfi nanciamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; Que, de acuerdo con la cláusula 5.02 de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE en concordancia con el artículo 7.03 de las Normas Generales del mismo, se establece la obligación de presentar los estados fi nancieros del Proyecto debidamente dictaminados por una fi rma de contadores públicos independiente aceptable al Banco y que la fi rma auditora será contratada por el Organismo Ejecutor por un período mínimo de tres años, con lo que se establece la exigencia de extender la auditoría por el período de fi nanciamiento, siendo aplicable el artículo 6º literal d) del citado Reglamento; Que, el artículo 51º del actual Reglamento señala que cuando las disposiciones de un Convenio y/o las normas del organismo internacional establecen un procedimiento especí fi co para la designación de una sociedad, la Contraloría General de la República autoriza a la Entidad el proceso de selección correspondiente; sin perjuicio de la aplicación del presente Reglamento en lo que resulte pertinente; Que, el Banco ha con fi rmado que el procedimiento especí fi co para la designación de una sociedad de auditoría se encuentra contemplado en el AF – 200 “Documento de Licitación de Auditorías Externas fi nanciadas por el BID”, estableciéndose que cumple con las condiciones para su aplicación, ajustándose la solicitud de la SUNAT a lo dispuesto en el artículo 51º del actual Reglamento; Que, el Contrato de Préstamo en su cláusula 3.04 de las Estipulaciones Especiales del citado Contrato establece que el monto total de los recursos del fi nanciamiento no podrá desembolsarse en un plazo menor de tres (3) años contado a partir de la vigencia del Contrato y que el plazo para fi nalizar los desembolsos de los recursos delfi nanciamiento será de cuarenta y dos (42) meses, contado a partir de la vigencia del contrato; Que, al respecto, cabe indicar de acuerdo con lo informado por SUNAT y el Banco, que el primer desembolso de los recursos del fi nanciamiento se efectuó el 25.May.2005; asimismo, el BID con Hoja de Transmisión de Fax Nº 1338/2007 de 28.Mar.2007, autorizó la ampliación del plazo para fi nalizar los desembolsos de los recursos del fi nanciamiento, siendo la nueva fecha del vencimiento el 23.Set.2008; Que, el BID a través de la Hoja de Transmisión de Fax Nº 247/2007 de 19.Ene.2007 otorgó su No Objeción a las Bases y a la Lista Corta de fi rmas para la designación de la sociedad de auditoría que realice la auditoría a los estados fi nancieros del Proyecto de Integración y Modernización de las Administraciones Tributarias y Aduaneras fi nanciado con el Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE; habiéndose confi rmado que el alcance de la auditoría es por el período del 25.May.2005 al 23.Set.2008; Que, mediante el documento del Visto, se ha determinado que, el presente caso se encuentra dentro de los alcances de los artículos 6º literal d), 51º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG, por lo que se recomienda autorizar a la Entidad la conducción del proceso de selección para que designe una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría a los estados fi nancieros del Proyecto de Integración y Modernización de las Administraciones Tributarias y Aduaneras fi nanciado con los recursos del Contrato de Préstamo Nº 1482/ OC-PE, por el período del 25.May.2005 al 23.Set.2008; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º l) de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y los artículos 6º literal d), 51º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, la conducción del proceso de selección de acuerdo a las normas emitidas por el Banco Interamericano de Desarrollo, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE, para que designe una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría a los estados fi nancieros del Proyecto de Integración y Modernización de las Administraciones Tributarias y Aduaneras fi nanciado con los recursos del Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE, por período del 25.May.2005 al 23.Set.2008. Artículo Segundo.- La sociedad de auditoría designada deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Califi cadas para la Designación y Contratación de Auditorías en las Entidades sujetas a Control de la Contraloría General y ser contratada dentro de las formalidades establecidas por el Banco Interamericano de Desarrollo, el Contrato de Préstamo Nº 1482/OC-PE, el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por R.C. Nº 063-2007-CG en lo que resulte aplicable, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demás normas que sean pertinentes. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría y al Departamento de Auditoría Financiera, unidad orgánica dependiente de la Gerencia del Sector Económico, la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 83516-1 Autorizan ampliación de período de auditoría al Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud a fin de realizar auditoría a los estados financieros del Programa de Desarrollo del Sector Salud - Seguro Materno Infantil (Primera Fase) RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 231-2007-CG Lima, 9 de julio de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 036-2007-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la ampliación del período de la auditoría a la sociedad de