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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2007 (14/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349071 la renuncia, se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de confi anza; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modi fi cada por la Ley Nº 26510, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, lo establecido en la Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Ley Nº 27594, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir del día 3 de julio del 2007, la designación de la Señora NEDDA IGNACIA FRANCO HUAMBACHANO, en el cargo de con fi anza de Directora General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas de la Biblioteca Nacional del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO NEIRA SAMANEZ Director NacionalBiblioteca Nacional del Perú 83563-1 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aprueban Directiva que regula “Procedimiento para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad” RESOLUCIÓN Nº 032-2007/SBN La Molina, 11 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN es un organismo público descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en mérito de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA, encargado del registro, control y administración del patrimonio estatal; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, se aprobó el Estatuto de la SBN, el mismo que establece de manera expresa que la SBN tiene entre sus funciones, dictar directivas aplicables para la administración, adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal; Que, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, el cual señala, entre otras, que son funciones y atribuciones del Superintendente de Bienes Nacionales establecer la política institucional y los lineamientos de gestión; asimismo, aprobar normas, documentos de gestión y procedimientos administrativos necesarios para el funcionamiento de la SBN; Que, efectuado el análisis respectivo resulta necesario modi fi car la regulación del arrendamiento predial, teniendo como objetivo llegar a tener mayor e fi ciencia en el procedimiento, asimismo incorporar mecanismos que permitan salvaguardar los intereses del Estado; Que, teniendo en cuenta la Primera Disposición Complementaria del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, faculta a la SBN a dictar normas procedimentales complementarias para la aplicación del citado Reglamento; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Operaciones, la Gerencia Legal, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y la Resolución Nº 315-2001/ SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2007/SBN, la cual regula el “Procedimiento para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad”, la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Déjese sin efecto, la Resolución Nº 024- 2004/SBN, que aprobó la Directiva Nº 006-2004/SBN. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO MITSUMASU FUJIMOTO Superintendente de Bienes Nacionales DIRECTIVA Nº 006-2007/SBN PROCEDIMIENTO PARA EL ARRENDAMIENTO DE PREDIOS DEL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO DE LIBRE DISPONIBILIDAD I. FINALIDAD Regular los procedimientos, atribuciones y responsabilidades de los órganos de las entidades públicas en el arrendamiento de predios de dominio privado del Estado. II. OBJETIVOS 1. Hacer más e fi ciente el procedimiento de arrenda- miento de los inmuebles de libre disponibilidad del Estado. 2. Implementar mecanismos que permitan salvaguardar los intereses del Estado. 3. Mejorar el control de la información relacionada a los arrendamientos a ser remitida al Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP a cargo de la Superintendencia de Bienes Nacionales. III. BASE LEGAL • Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi fi cada por el artículo 5° del Decreto Ley Nº 25738, Ley de creación de la SBN. • Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprobó el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales. • Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, mediante el cual se adscribió a la SBN al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. • El literal e) del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, que aprobó el Estatuto de la SBN, en el que se señala como una de las funciones de ésta, la de aprobar las Directivas aplicables para la administración, adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN. • Decreto Supremo Nº 154-2001-EF que aprueba del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y sus modi fi catorias, en especial los artículos 64º y 72º que regulan el procedimiento para el arrendamiento de predios de propiedad del Estado de libre disponibilidad. • La Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que faculta a la SBN para dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicación del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. • Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, dispone que los actos de administración, adquisición y disposición de propiedad estatal, serán aprobados mediante Resolución de la SBN, salvo en lo referente a las ventas directas de predios de propiedad estatal que deben aprobarse por Resolución Suprema, con informe favorable de la SBN.