TEXTO PAGINA: 76
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2007 349082 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 156/ML se establece un bene fi cio tributario para los contribuyentes del distrito de Lurín, cuyo vencimiento de acuerdo a su artículo segundo es el 30 de junio del 2007. Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 156/ML faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lurín para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe la prórroga del vencimiento de la Ordenanza con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal. Que, es política de la administración tributaria otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en ese sentido es conveniente otorgar una ampliación del plazo establecido en la Ordenanza Nº 156/ML. De conformidad con el inciso 6) del artículo 20º y el artículo 42º, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento del bene fi cio tributario establecido en la Ordenanza Nº 156/ML hasta el 31 de julio del 2007. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y la Subgerencia de Informática, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 83487-1 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2007-ALC/ML Lurín, 3 de julio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN CONSIDERANDO: Que, este 28 de julio del año en curso se celebra el 186º aniversario de la proclamación de la Independencia Nacional del Perú. Que, es deber de los gobiernos locales el impulsar una cultura cívica de respeto y veneración por los símbolos patrios. Que, es política de esta gestión municipal incentivar la participación cívica de la comunidad lurinense a los actos conmemorativos por nuestra Independencia Nacional, resaltando los valores nacionales. Que, se ha programado una serie de actividades con la participación de los vecinos de Lurín, requiriéndoles el cumplimiento del deber cívico de embanderamiento general de viviendas y locales de instituciones públicas y privadas. Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general en todas las viviendas y locales de instituciones públicas y privadas del distrito de Lurín, del 16 al 31 de julio del presente año, con motivo de conmemorarse el Centésimo Octogésimo Sexto Aniversario de la Independencia Nacional del Perú. Artículo Segundo.- Establecer que las banderas y pabellones nacionales a izar, deben estar en buen estado de conservación, como muestra de respeto a los símbolos patrios. Artículo Tercero.- Invocar a los vecinos y propietarios de locales comerciales, procedan al pintado de las fachadas de sus inmuebles, así como al arreglo de vitrinas y escaparates alusivos a la fecha, como una muestra de civismo y respeto a la fi esta de la Independencia Nacional. Artículo Cuarto.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto, a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad de Lurín. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 83491-1 Designan funcionario responsable de la actualización y elaboración del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 085-2007-ALC/ML Lurín, 9 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN CONSIDERANDO: Que, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido, derecho que es consagrado en el numeral 5) del Art. 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en concordancia a lo establecido por nuestra carta magna, se promulga la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública N° 27806, norma que regula este derecho fundamental de acceso a la información, cautelando y promoviendo la transparencia de los actos de toda entidad de la Administración Pública, entre ellos los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2003-PCM se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de lo dispuesto se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el mismo que es publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 7 de agosto del presente año; Que, los Artículos 3° incisos b), c) y 4° del citado Reglamento, disponen la obligatoriedad de designar a los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia; Que, habiéndose designado mediante Resolución de Alcaldía N° 045 -2007-ALC/ML de fecha 16 de enero del 2007, al Secretario General como funcionario responsable de entregar la información que requiriera la ciudadanía en general ante esta Entidad, en este mismo sentido es necesario designar al funcionario responsable de elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 081-2007- ML/AL de fecha 3 de abril del 2007, se designó al Sr. Roberto Pedro Aldea Malasquez, como Subgerente de la Subgerencia de Informática Telecomunicaciones y Estadística, de la Municipalidad de Lurín. Estando a la normatividad antes glosada y a lo dispuesto por el Art. 20°, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Sr. Roberto Pedro Aldea Malasquez, Subgerente de Informática Telecomunicaciones y Estadística como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Lurín. Artículo Segundo.- Disponer que las Gerencias, Subgerencias y las demás áreas que componen el organigrama estructural de la Municipalidad, proporcionen al funcionario designado en el artículo precedente toda la información que éste solicitare, bajo responsabilidad, a fi n de que cumpla con la función encomendada.