Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349075

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen conformidad de resolucion emitida por la Municipalidad Distrital de Lurin que aprueba proyecto de habilitacion MORDAZA de lote unico para uso industrial
RESOLUCION Nº 172-2007-MML-GDU-SPHU MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codificado Nº 80059-2004, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Lurin, solicita la Ratificacion de la Resolucion Jefatural Nº 006-2004-UDFT-AG.ZA/ML de fecha 22 de marzo de 2004, promovida por la empresa INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A.; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Jefatural Nº 006-2004UDFT-AG.ZA/ML de fecha 22 de marzo de 2004 (fs. 156 al 159) la Municipalidad Distrital de Lurin, resuelve aprobar en Vias de Regularizacion de conformidad con el Plano asignado con el Nº 002-2004-UDFT-AG.KM.40-ZONA A/ ML, el Proyecto de Habilitacion MORDAZA como Lote Unico para Uso Industrial, cuya zonificacion es de Industria Liviana "I-2", del terreno de 15,328.82 m2, constituido por el Lote acumulado 1 de la Manzana E con frente a la MORDAZA Nº 2, Primera Seccion de la Parcelacion Semi - MORDAZA "Las Praderas de Lurin", ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima; Que, el terreno materia del presente tramite de Habilitacion MORDAZA se encuentra inscrito a favor de la Empresa INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A. en la Partida Nº 11580494 de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, del Registro de Predios (fs. 02); Que, mediante los Informes Nº 006-2005-MML-GDUSPHU-DCO de fecha 27 de octubre de 2005 (fs. 180 al 182) y su Ampliatorio Nº 012-2005-MML-GDU-SPHUDCO de fecha 30 de noviembre de 2005 (fs. 187 y 188), emitidos por la Division de Control de Obras de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se determina que la presente Habilitacion MORDAZA cumple los Planes Urbanos respecto a Zonificacion y Vias, mas no respecto a los Aportes Reglamentarios establecidos en la Ordenanza Nº 292, por cuanto no ha cancelado los deficit para Parques Zonales, Renovacion MORDAZA y Otros Fines a los que se encuentra afecto el terreno materia del presente tramite, derechos que previamente deberan ser cancelados para proceder a su ratificacion, por lo que se concluye que no debe Ratificarse la citada resolucion; Que, a traves de los Informes Nº 024-2005-MML-GDUSPHU-AL del 7 de noviembre de 2005, (fs. 183 y 184), y Nº 067-2005-MML-GDU-SPHU-AL del 13 de diciembre de 2005 (fs. 192), emitido por el Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se senala que de acuerdo a la evaluacion tecnica efectuada, la presente habilitacion incumple con los Planes Urbanos respecto a los Aportes Reglamentarios, correspondiendo a esta Corporacion a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA resolver la No Ratificacion de la Resolucion Jefatural Nº 006-2004-UDFTAG.ZA/ML de fecha 22 de marzo de 2004, con arreglo a las facultades dispuestas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, Ordenanza Nº 776, Ordenanza Nº 812 y Resolucion de Alcaldia Nº 2546; Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 07-2006MML-GDU de fecha 7 de febrero de 2006, (fs. 193 y 194), la Gerencia de Desarrollo MORDAZA resuelve No Ratificar la Resolucion Jefatural Nº 006-2004-UDFT-AG.ZA/ML de fecha 22 de marzo de 2004, emitida por la Municipalidad Distrital de Lurin, por cuanto tecnicamente se verifico el

incumplimiento de los Planes Urbanos respecto a los Aportes Reglamentarios; Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2006 a traves del Expediente Nº 31684-2006, el representante de la empresa INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A., interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Gerencia Nº 07-2006-MML-GDU de fecha 7 de febrero de 2006, fundamentando que MORDAZA de la emision de la resolucion impugnada, mediante documento de fecha 19 de enero de 2006, cumplio con acreditar los pagos por el concepto de aporte para Otros Fines segun MORDAZA de la Liquidacion de Pago de fecha 20 de MORDAZA de 2005, asimismo mediante MORDAZA de Cancelacion de Aporte por Renovacion MORDAZA de fecha 17 de diciembre de 2005, la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A., (EMILIMA S.A.) confirmo dicho pago y finalmente con el Recibo de Ingresos Nº 0048029 de fecha 17 de enero de 2006 emitido por la Oficina de Tesoreria del Servicio de Parques el Aporte para Parques Zonales; Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 0582007-MML-GDU de fecha 27 de MORDAZA de 2007, (fs. 204 al 206) la Gerencia de Desarrollo MORDAZA resuelve declarar improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto, por cuanto la resolucion impugnada ha sido emitida de conformidad con las facultades delegadas por la Resolucion de Alcaldia Nº 2546-05 de fecha 17 de octubre de 2005, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA para la emision de resoluciones en los procedimientos de Ratificacion de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales, por tanto en MORDAZA instancia y cuya decision agotan la via administrativa de conformidad a lo dispuesto en el ultimo parrafo del Art. 16º del Decreto de Alcaldia Nº 079 de fecha 30 de setiembre de 2005; Que, asimismo la citada resolucion, resuelve Dejar sin Efecto la Resolucion de Gerencia Nº 07-2006-MMLGDU de fecha 7 de febrero de 2006, toda vez que de los actuados se tiene que el procedimiento de aprobacion de habilitacion MORDAZA iniciado por la empresa INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A. cumple con los requisitos establecidos en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y la Ordenanza Nº 292 sobre aportes reglamentarios por cuanto MORDAZA de la emision de la resolucion impugnada, mediante Documento Simple Nº 6110-2006 de fecha 19 de enero de 2006, acredito el pago por el deficit de los aportes reglamentarios a los que esta obligado por Ley, por lo que de conformidad con el Art. 16º del Decreto de Alcaldia Nº 079, la Municipalidad Provincial debera pronunciarse respecto al cumplimiento de los Planes Urbanos vigentes, en lo que respecta a la zonificacion, vias metropolitanas y aportes reglamentarios; Que, con fecha 28 de MORDAZA del 2007, la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, mediante Informe Nº 174-2007-MML-GDUSPHU-AL, (fs. 209 al 211) manifiesta que si bien la administrada ha cumplido con redimir en dinero los aportes reglamentarios correspondiente para Parques Zonales, Renovacion MORDAZA y Otros Fines a los que se encuentra afecto, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 292MML, cumpliendo de tal forma los planes urbanos respecto a ese extremo; sin embargo al haberse establecido en el Articulo MORDAZA de la Resolucion materia de ratificacion, la obligacion de redimir en dinero los aportes reglamentarios, y siendo que a la fecha estos ya se encuentran cancelados a valor comercial conforme se acredita de los recibos de pago por el concepto de aporte para Otros Fines segun MORDAZA de la Liquidacion de Pago de fecha 20 de MORDAZA de 2005, asimismo mediante MORDAZA de Cancelacion de Aporte por Renovacion MORDAZA de fecha 17 de diciembre de 2005, emitida por la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A., (EMILIMA S.A.) confirmando dicho pago y finalmente con el Recibo de Ingresos Nº 0048029 de fecha 17 de enero de 2006 emitido por la Oficina de Tesoreria del Servicio de Parques respecto al Aporte para Parques Zonales, se opina porque el pronunciamiento de esta subgerencia versara en Establecer La Conformidad de la Resolucion recurrida, solo respecto a los Articulos Primero, Tercero y Cuarto; Que, asimismo el citado informe precisa, que en cumplimiento a lo senalado en el articulo tercero de la Resolucion de Gerencia Nº 058-2007-MML-GDU de fecha 27 de MORDAZA del 2007 y, de acuerdo a la evaluacion efectuada la presente habilitacion cumple con los Planes Urbanos respecto a la zonificacion, vias y aportes

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