Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2007 (17/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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educativo, para que se MORDAZA efectivos los descuentos en la planilla del mes que corresponda. Articulo 5º.- Cumplimiento obligatorio por todos los niveles de Gobierno de las normas emanadas del Gobierno Nacional Las normas y disposiciones del Gobierno Regional no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas emanadas por el Gobierno Nacional, en concordancia con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Articulo 6º.- Control Gubernamental Corresponde a la Contraloria General de la Republica, a traves de los Organos de Control Institucional de las entidades comprendidas en el presente Decreto de Urgencia, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la verificacion del descuento efectivo en las planillas del personal por los dias no laborados, dentro de los cinco dias siguientes de finalizado el mes; asi como la determinacion de responsabilidades por la no aplicacion de los referidos descuentos y recomendaciones de las acciones a que hubiere lugar. Al vencimiento del indicado plazo, la Contraloria General de la Republica publicara en su pagina web los resultados de la mencionada verificacion. Articulo 7º.- Destino de los descuentos Los descuentos provenientes por la inasistencia de los trabajadores al centro de labores conforme a lo normado en el presente Decreto de Urgencia seran destinados al pago de los docentes alternos contratados por la entidad, quedando suspendida cualquier disposicion legal y reglamentaria que se oponga al presente articulo. Articulo 8º.- Participacion de las APAFA's Los padres de familia, individualmente o a traves de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones Educativas Publicas y, a nivel nacional y regional, podran solicitar a las instancias de gestion educativa descentralizadas del Sector Educacion, en ejercicio del derecho constitucional de participar en el MORDAZA educativo de sus hijos, la informacion del cumplimiento de la presente MORDAZA legal, y realizar las denuncias ante los organos competentes. Articulo 9º.- De la derogacion o suspension Derogase o dejase en suspenso, en su caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia o limiten su aplicacion. Articulo 10º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Educacion y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud Encargado del despacho del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
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PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Amplian plazo para transferencia de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada del Ministerio
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 007 -2007-PCM/SD

Lince, 4 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Informe Nº 018-2007-PCM/SD-ENC y Oficio Nº 340-2007-AG-DVM del Ministerio de Agricultura. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", el mismo que dispone las transferencias de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Funciones Sectoriales para el ano 2006; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", la transferencia de Maquinaria MORDAZA y Pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 058CND-P-2006 se aprobo la Directiva Nº 004-CND-P2006: "Normas para la ejecucion de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversion de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 100CND-P-2006, se aprobo las Normas Especificas para la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura dispuesta por el Decreto Supremo Nº 0762006-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM, se modifico el cuadro de distribucion aprobado mediante D.S. Nº 076-2006-PCM referido a la transferencia de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas, asi como los Plazos senalados en la Resolucion Presidencial Nº 100-2006-CND. Que, mediante Oficio Nº 340-2007-AG-DVM, se solicita la flexibilizacion del Plazo para concluir plenamente con el procedimiento de transferencia, el cual debe considerar los tramites necesarios que se siguen en ambos niveles de Gobierno. De conformidad con las disposiciones establecidas en las leyes Nº 27783, 27867 y 27972, y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM y las Resoluciones Presidenciales Nº 058-CND-P-2006 y Nº 100- CND-P2006. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar los Plazos por 140 dias para la transferencia de la Maquinaria MORDAZA y Pesada,

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