TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de julio de 2007 349168 los instrumentos de pesaje discontinuo automático instalados en establecimientos industriales pesqueros, con el fi n de asegurar el adecuado pesaje de los recursos hidrobiológicos, favoreciendo la consolidación de niveles de con fi anza entre industriales, armadores y pescadores; Que, en el marco de dicha política, mediante Resolución Ministerial Nº 358-2004-PRODUCE, se dictaron medidas complementarias sobre los requisitos técnicos de instalación de instrumentos de pesaje discontinuo automático de recursos hidrobiológicos, y se constituyó una Comisión Especial encargada de evaluar y monitorear la adecuada implementación de los requisitos técnicos y metrológicos de los instrumentos de pesaje discontinuo automático en los establecimientos industriales pesqueros, así como proponer medidas para optimizar el funcionamiento y control de dichos instrumentos de pesaje; Que la citada Comisión Especial, ha propuesto como medida para optimizar el funcionamiento y control de dichos instrumentos de pesaje, el desarrollo e instalación de un dispositivo electrónico de control para las balanzas gravimétricas; dándose un plazo prudencial para que las empresas interesadas desarrollen sus prototipos y se convoque, en una primera etapa, a un proceso de precali fi cación técnica de los mismos y, posteriormente, a un proceso de cali fi cación de las empresas como proveedoras del dispositivo para el control de las balanzas electrónicas, quedando a libre elección de los establecimientos industriales pesqueros la empresa proveedora; recomendando, asimismo, que se establezca la obligatoriedad de la instalación de dichos dispositivos en los citados establecimientos; Con el visado del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y en uso de las atribuciones conferidas en el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Especi fi caciones Técnicas para el desarrollo de un prototipo de Dispositivo Electrónico de Contraste y Veri fi cación del Peso de los Recursos Hidrobiológicos en las Tolvas - DECTOLVAS, en los establecimientos industriales pesqueros, el cual en anexo, forma parte de la presente resolución, y que serán publicadas en el portal institucional del Ministerio de la Producción, www.produce.gob.pe Artículo 2º.- La evaluación del prototipo al que se refi ere el artículo anterior, será realizada por la Comisión Especial constituida mediante Resolución Ministerial Nº 358-2004-PRODUCE, conforme al siguiente cronograma: Actividades Fechas Inscripción y Entrega de las especi fi caciones técnicas (*) Del 16 al 20 de julio de 2007 Solicitud dirigida a la Comisión Especial y carta de presentación de la empresaDel 23 al 27 de julio de 2007 Plazo para el desarrollo y presentación del prototipo del DECTOLVAS, con la fi cha técnica correspondiente.Del 1 de agosto al 12 de octubre de 2007 Evaluación del prototipo - Pruebas: Estática, Dinámica, Registro y Contrastación de información. Del 15 de octubre 14 de diciembre de 2007 Otorgamiento de la precali fi cación técnica por parte la Comisión EspecialEl 21 de diciembre de 2007 (*) En la O fi cina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la Producción Artículo 3º.- Las empresas, cuyos prototipos aprueben la evaluación señalada en el artículo anterior, obtendrán de la Comisión Especial, la precali fi cación técnica del Dispositivo Electrónico de Contraste y Verifi cación del Peso de los Recursos Hidrobiológicos en las Tolvas - DECTOLVAS, de los establecimientos industriales pesqueros. Artículo 4º.- Para participar en el procedimiento de evaluación señalado en el artículo 2º de la presente resolución, las empresas interesadas deberán presentar una solicitud dirigida a la Comisión Especial, acompañando una carta de presentación de la empresa. Artículo 5º.- Las empresas cuyos prototipos resulten precali fi cados, pasarán posteriormente a un proceso de califi cación, cuyas Bases serán aprobadas mediante resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROTOTIPO DE DISPOSITIVO ELECTRÓNICO DE CONTRASTE Y VERIFICACIÓN DEL PESO DE LOS RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS EN TOLVAS (DECTOLVAS) 1. El DECTOLVAS es un equipo compacto que toma las señales directamente de las celdas de carga de la tolva y permite registrar, almacenar, contrastar y veri fi car los datos de pesaje de los instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos de las plantas de harina y aceite de pescado 2. La señal de la celda de carga debe ser digitalizada, de protocolo cerrado, sólo leible por el DECTOLVAS, a fi n de garantizar la inviolabilidad de la recepción de datos y permitir el paso de la señal hacia el instrumento de pesaje discontinuo automático de la planta. 3. Debe usar tecnología basada en microprocesador, mayor o igual de 24 bits. 4. Debe ser puesto en marcha desde Software en Códigos Ejecutables y en ambiente aplicativo visual o superior autorizado en PC, con el propósito de garantizar que el software sea inmodi fi cable, sin copia, ni intrusión de agentes externos al proveedor de los equipos, permitiendo sólo actualizaciones rápidas mediante PC. 5. Debe considerar el uso de Memoria Interna, que permita asegurar el registro y almacenamiento de datos, tales como: a. Número de batch (cada pesada que se realiza después del cierre de la tolva), peso unitario y acumulado de cada batch, hora y minuto de cada batch, peso total de la descarga de cada embarcación, hora de inicio y de término de la descarga; con capacidad de registro para un período de hasta 30 días continuados de descarga. b. Ingreso de la clave de acceso del inspector, registro del nombre y matrícula de la embarcación pesquera. 6. El DECTOLVAS, deberá permitir obtener la información de la descarga de cada embarcación y realizar la veri fi cación y contraste inmediata con la información del reporte de pesaje que emita el instrumento de pesaje totalizador discontinuo automático de la planta de harina y aceite de pescado. 7. Debe considerar como mínimo cuatro (4) puertos seriales, a fi n de permitir la conexión de: a. Una Impresora Local. b. Computadora portátil c. Conexión futura mediante Protocolo de Control de Transmisión/ Protocolo de Internet (TCP/IP) a Servidor Único. d. Uso de Teclado, mediante PS 2. 8. Debe considerar cuatro (4) indicadores luminosos de falla para cada una de las celdas de carga, por celda desconectada.