Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2007 (19/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2007

constitucionales al debido MORDAZA, de peticion y de acceso a la tutela jurisdiccional y, por tanto, las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse..."; en consecuencia, no se puede exigirse a los recurrentes el pago de derecho administrativo por concepto de recurso impugnativo, como requisito previo de admision y/o ingreso de su documentacion, siendo necesario, que por Acuerdo de Concejo, se determine ello, a fin de poder expedir el correspondiente Decreto de Alcaldia. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su articulo 38 inciso 38.5, que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento, de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional, de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972; SE DECRETA: DECLARAR LA INEXIGIBILIDAD DEL DERECHO DE PAGO POR CONCEPTO DE RECURSOS IMPUGNATIVOS ESTABLECIDO EN EL MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la Inexigibilidad del derecho de pago por concepto de Recursos de Impugnacion, que se encuentra establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por el Tribunal Constitucional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 85206-2

Reducen costo administrativo para autorizar la instalacion de modulos para el expendio de diarios, revistas y loterias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2007-MDV Ventanilla, 9 de MORDAZA del 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de MORDAZA del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 126-2007/MDV-GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica, solicita la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en cuanto al Procedimiento que regula la Instalacion de Modulos para el expendio de diarios, revistas y loterias, sugiriendo la disminucion del costo administrativo para autorizar la instalacion de dichos modulos. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2006/MDVCDV de fecha 27 de setiembre del 2006, se regula la Instalacion de Modulos para el expendio de diarios, revistas y loterias en la via publica del distrito de Ventanilla. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0012007/MDV de fecha 12 de enero del 2007, se aprobo

el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, estableciendose las competencias funcionales de las unidades organicas, asi como se establecio un ordenamiento de las unidades organicas para mejor desempeno de funciones. Que, es propuesta de la Subgerencia de Promocion Empresarial, dependiente, ahora de la Gerencia de Servicios Sociales, se proceda a la reduccion de costo administrativo para la obtencion de autorizacion de instalacion de modulos para el expendio de diarios, revistas y loterias en la via publica de nuestro distrito; lo que es corroborado con la opinion que efectua la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, al indicar que no pueden dividirse los procedimientos ni establecerse cobros por etapas, por lo que sugiere que se reduzca el costo de S/. 93. 16 nuevos soles a S/. 69.70 nuevos soles, siendo los porcentajes a cobras por derecho de tramite 1.87% de la UIT y por derecho de fotochek 0.15% de la UIT. Que, la disminucion del costo administrativo, tal como se establece en el parrafo precedente, redundara en beneficio de los expendedores, cumpliendose con las funciones de la Subgerencia de Promocion Empresarial, las cuales son promover el desarrollo economico local y la generacion de empleo, con incidencia en la micro y pequena empresa, asi como proponer los proyectos normativos y tributarios orientados a crear un clima favorable para la inversion local. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, son atribuciones del Concejo Municipal Distrital, segun lo dispuesto en el articulo 9º inciso 9 de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. Que, la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su articulo 38º inciso 38.5, que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento, de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional, de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, SE DECRETA: REDUCIR EL COSTO ADMINISTRATIVO PARA AUTORIZAR LA INSTALACION DE MODULOS PARA EL EXPENDIO DE DIARIOS, REVISTAS Y LOTERIAS Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion del Procedimiento Administrativo para Autorizar la Instalacion de Modulos en la via publica para expendio de diarios, revistas y loterias, establecido mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2006/MDV-CDV de fecha 27 de setiembre del 2006; en el extremo que reduce el costo administrativo de S/. 93.16 nuevos soles a S/. 69.70 nuevos soles, siendo los porcentajes a cobrar por derecho de tramite 1.87% de la UIT y por derecho de fotochek 0.15% de la UIT. Articulo Segundo.- PRECISAR que los tramites de autorizacion a que se refiere el articulo primero, deberan solicitarse a la Gerencia de Servicios Sociales, toda vez que la Subgerencia de Promocion Empresarial, depende organicamente de dicha area. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 85206-3

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