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Lima, viernes 20 de julio de 2007 349543 Proyecto (1) Incremento Tarifario (*) Ampliación de cobertura de Agua Potable (90%), Alcantarillado (85%) y Micromedición (77%) 23,7% agua 32,8% alcantarillado (*) Se asume que tales proyectos entran en operación al año 5 del quinquenio regulatorio. La infraestructura a desarrollar deberá ser conforme a lo establecido en el Estudio Tarifario: a. Incremento de 3.524 conexiones de agua. b. Incremento de 3.758 conexiones de alcantarillado.c. Instalación de 3.888 medidores.d. Construcción de galería fi ltrante de 200 lps. e. Instalación de 6,5 km de líneas de conducción de agua cruda - tuberías de 8” f. Instalación de 150 m de líneas de conducción de agua cruda - tuberías de 16” g. Instalación de 1.750 metros de líneas de conducción de agua tratada, del reservorio a la planta de tratamiento. h. Construcción de reservorio de 1.500 m3.i. Instalación de 25 km de redes de distribución y 25 km. de colectores. D. Metas de Gestión METAS DE GESTIÓN DE LA EMAPA HUARAL S.A. PARA EL SIGUIENTE QUINQUENIO A NIVEL EPS Metas de Gestión Unidad de MedidaAño 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Agua Potable /1# - 101 313 314 314 314 Incremento Anual del Número de Conexiones Domiciliarias de Alcantarillado /1# - 116 287 288 288 289 Micromedición % 38% 41% 47% 52% 58% 64% Agua No Facturada % 52% 48% 44% 41% 39% 37%Continuidad Hora/día 21 21 21 21 21 21Presión mínima m.c.a - - - 10 10 10Presión máxima m.c.a - 50 50 50 50 50Relación de Trabajo % 102% 90% 83% 70% 68% 67%Conexiones activas de Agua Potable % 87% 89% 90% 92% 93% 95% Actualización de Catastro Agua Potable y Alcantarillado% - - 100% 100% 100% 100% (1) Re fi ere a nuevas conexiones de agua potable y de alcantarillado. ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARÁ EMAPA HUARAL PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO A.- Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado A.1.- Localidad de Huaral 1.- CARGO FIJOCargo Fijo (S/. /Mes) 2,00El cargo fi jo se reajusta por efecto de la in fl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,544 0,598 0,717 0,717 0,717 Doméstico0 a 10 0,544 0,598 0,717 0,717 0,717 10 a 25 0,647 0,712 0,853 0,853 0,853 25 a más 1,428 1,571 1,883 1,883 1,883NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 1,452 1,597 1,915 1,915 1,915 30 a más 2,387 2,626 3,148 3,148 3,148 Industrial 0 a más 1,693 1,862 2,233 2,233 2,233 Estatal 0 a más 1,305 1,436 1,721 1,721 1,721 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 16,0%, 10,0% y 19,9% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORÍARANGOS Tarifa (S/./m3) m3/mes Año 1 (1) Año 2(1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,147 0,162 0,203 0,203 0,203 Doméstico0 a 10 0,147 0,162 0,203 0,203 0,203 10 a 25 0,175 0,193 0,242 0,242 0,242 25 a más 0,387 0,426 0,536 0,536 0,536 NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 0,393 0,432 0,544 0,544 0,544 30 a más 0,647 0,712 0,895 0,895 0,895 Industrial 0 a más 0,459 0,505 0,635 0,635 0,635 Estatal 0 a más 0,354 0,389 0,490 0,490 0,490 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 16,0%, 10,0% y 25,8% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 20 25 30 100 50 B.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS , o por la norma que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoría se re fi eren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al límite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el límite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la norma que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicará sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignación de consumo aplicable.PROYECTOEl Peruano