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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2007 350061 ITEM Descripción CantidadUnidad de MedidaPrecio UnitarioPrecio Total S/. 01Leche Evaporada Entera1’001,736Tarro de 410 grs.1.84 1,843,194.24 02Hojuela de Quinua enriquecida con cereales, vitaminas y minerales136,418 Kilogramo 4.40 600,239.20 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente declarada, de conformidad a lo establecido por el Artículo 47º, en concordancia con el Artículo 21º del DS Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del Acuerdo y del Informe Técnico y del Informe Legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 88743-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 000091-2007/MDSJM Mediante O fi cio Nº 231-2007-MDSJM-SG la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 000091-2007/MDSJM, publicado en la edición del 21 de julio de 2007. DICE:Artículo 1º.- APROBAR... ITEM DESCRIPCION UND CANT. CANT. Valor x TOTAL Diario Ton. Prom. Mét. x 45 días 01 Servicio de Alquiler de Camión TM 111 5,000 S/. 24.50 S/. 122.500 Madrina incluido Planta de Transf. Para el Traslado de residuos sólidos. DEBE DECIR: Artículo 1º.- APROBAR... ITEM DESCRIPCION UND CANT. CANT. Valor x TOTAL Diario Ton. Prom. Mét. x 45 días 01 Servicio de Alquiler de 01 Camión TM 111 5,000 S/. 24.50 S/. 122.500 Madrina para el Traslado de residuos sólidos. 88255-1MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Autorizan subdivisión de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 238-2007-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 13 de julio del 2007VISTO, los Expedientes Nº 42773 del 28 de agosto 2006 , Nº 13224 del 8 de marzo del 2007, Nº 15984 del 23 de marzo del 2007, Nº 18047 del 3 de abril del 2007, Nº 31866 del 25 de junio del 2007, presentado por don Crisantino Vega Vergara y don Guillermo Máximo Chapi León, con en representación de la Asociación Pro-vivienda de los Trabajadores del Establo Condevilla Señor, solicitan la Sub-división de lote de terreno sin cambio de uso ubicado en la Asociación Pro - Vivienda de los Trabajadores del Establo de Condevilla Señor Programa el Manantial con código de Predio Nº PO1269087 del distrito de San Martín de Porres. CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad de San Martín de Porres, conforme lo indica la Constitución, es un órgano de gobierno local que goza de plena autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo II del Titulo Preliminar indica que igualmente que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, la autoridad que la Constitución del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el administrado ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite de sub-división de lote y abonado los derechos administrativos establecidos en el TUPA, aprobado con Ordenanza Nº 114-MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20-03-2005 Que, según los Informes Nº 379-2007-CCGT-DHUC- GDU e Informe Nº 368-2007-CGG-DHUC-GDU-MDSMP, de la División de Habilitaciones Urbanas y Catastro por los cuales informan haber efectuado la inspección ocular y verifi cado que la Sub.-División propuesta se encuentra de acuerdo a los Planos Presentados en la documentación del expediente donde el lote de terreno s/n signado en el Plano de Lotizacion aprobado por COFOPRI como Área Reservada 5, de la Manzana C, de la Asociación Pro vivienda de los Trabajadores del Establo Condevilla Señor Programa el Maniantal, cuenta con el área de 730.50 m2, de propiedad de la Asociación citada, conforme se acredita en el código de Predio Nº PO1269087-SUNARP, el mismo que se ha Sub- dividido en Sub-lote Área de Reserva 5 con un área de 570.32 m2, sub-lote Área de Reserva 5-A, con un área de 160.18 m2. Estando, a lo informado por la División de Habilitaciones Urbanas y Catastro y en uso de las facultades establecidas en el art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la Sub-División de lote sin cambio de Uso constituido por el lote de terreno denominado Área Reservada 05 con un área de 730.50 m2, de la Asociación Pro vivienda de los Trabajadores del Establo Condevilla Señor Programa el Maniantal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; de acuerdo al siguiente detalle: