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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2007 350057 Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y de conformidad a lo dispuesto mediante Decreto Legislativo N° 276 y Artículo 77º del Decreto Supremo N° 005-90-PCM; RESUELVE: Artículo Primero: CESAR al señor WILLIAM JORGE MORENO ARCE en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Cooperación Internacional y Formulación de Proyectos de la Municipalidad Distrital de Independencia, cargo en el que fue designado mediante Resolución de Alcaldía N° 036-2007-MDI de fecha 15 de enero de 2007, quedando sin efecto a partir de la fecha la resolución precitada, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración de Recursos y Unidad de Personal el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo Tercero: INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario WILLIAM JORGE MORENO ARCE, ex jefe de la Unidad de Cooperación Internacional y Formulación de Proyectos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Cuarto: NOTIFÍQUESE al procesado en forma personal dentro del término de Ley para que en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la noti fi cación presente su descargo, en caso de no poder efectuarse la noti fi cación personal, se deberá proceder a su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios instruya el proceso correspondiente emitiendo el Informe Final conteniendo las recomendaciones correspondientes dentro del término de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 88947-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican la Ordenanza Nº 104-MSI, que aprobó el Plan Regulador de la Publicidad Exterior y de la Inversión Privada en el distrito ORDENANZA Nº 207-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de julio del año 2007, los Dictámenes Nº 036-2007-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Nº 032-2007-ADM-FIN- AL/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas y Asuntos Laborales y Nº 005-2007-CDDU/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 104-MSI se aprobó el Plan Regulador de la Publicidad Exterior y de la Inversión Privada en el distrito de San Isidro, la cual tiene por objetivo principal dictar disposiciones técnicas y administrativas que norman la colocación de anuncios publicitarios, con lafi nalidad de preservar la seguridad de las personas, la vía pública, los predios urbanos, el orden, el ornato y la estética de la comunidad;Que, el inciso a) del numeral 1 del artículo 22º, el artículo 27º y el artículo 29º de la Ordenanza Nº 104-MSI establecen las disposiciones técnicas y normativas referidas a los paneles monumentales del distrito de San Isidro; Que, el artículo 20º de la Ordenanza Nº 182-MSI – Ordenanza Marco que crea el Sistema Integral de Gestión Local Ambiental (SIGLA) del distrito de San Isidro, señala como lineamiento de la política de gestión ambiental, el evitar la contaminación visual de avisos publicitarios; Que, con la fi nalidad de proteger el ambiente urbano y mejorar el ornato del distrito, es conveniente modi fi car el contenido de parte de la Ordenanza Nº 104-MSI, en tanto culmine la elaboración de un nueva Ordenanza que sustituya la Ordenanza Nº 104-MSI y sus modi fi catorias; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación por acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 104-MSI Artículo Primero.- Deróguese el Inciso a) del numeral 1 del artículo 22º de la Ordenanza Nº 104-MSI, así como el ítem 3.70 del Índice de Publicidad Permitida del distrito de San Isidro; Artículo Segundo.- Modifíquese los Artículos 27º y 29º de la Ordenanza Nº 104-MSI, conforme al siguiente detalle: Artículo 27º.- Los Elementos de Publicidad Exterior ubicados en azoteas o aires de las edi fi caciones Queda terminantemente prohibido en el distrito de San Isidro la instalación de elementos de publicidad, cualquiera sea su tipo, en azoteas o aires de las edi fi caciones ubicadas en zonas residenciales y/o comerciales del distrito; bajo apercibimiento de la imposición de las sanciones administrativas a que hubiere lugar. Artículo 29º.- Paneles Monumentales Queda prohibida la instalación de paneles monumentales en el distrito de San Isidro, bajo apercibimiento de la imposición de las sanciones administrativas a que hubiere lugar. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, quedando derogada toda norma que se oponga o contradiga la presente Ordenanza; Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como de la Ordenanza Nº 104-MSI a las Gerencias de Autorizaciones y Control Urbano de esta Corporación Edil. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los once días del mes de julio del año dos mil siete. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 88176-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Beneficio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Regularización de Edificaciones ORDENANZA Nº 118 San Juan de Lurigancho, 20 de julio de 2007