Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

del convenio de fraccionamiento, cuando la deuda se encuentre en cobranza ordinaria o coactiva, debiendo el contribuyente pagar el monto insoluto. b. Hasta 12 cuotas hacia adelante.- Los contribuyentes podran fraccionar el monto total de la deuda incluido los reajustes e intereses generados hasta la fecha del convenio de fraccionamiento e inclusive se le aplicara un interes del 80% mensual de la tasa de interes moratorio (1.5%). c. De los contribuyentes que tengan convenios de fraccionamiento.- Los contribuyentes que tengan convenios de fraccionamiento a la vigencia de la presente Ordenanza podran solicitar la quiebra del mismo, siempre y cuando efectuen la cancelacion de las cuotas pendientes de pagos, en este caso los pagos efectuados seran considerados como a cuenta de la deuda. Los Beneficios Tributarios establecidos en la presente Ordenanza no da derecho a la devolucion para aquellos contribuyentes que hayan cancelado sus obligaciones tributarias sustanciales por los respectivos anos, MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- De la perdida de fraccionamiento El incumplimiento de dos (2) cuotas seguidas o alternadas conforme a lo establecido en los puntos a. y b. del Articulo precedente, automaticamente da lugar a la emision de l olucion Gerencial de perdida del beneficio y a la posterior ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad por la totalidad de la deuda pendiente de pago actualizada con el cien por ciento (100%) de la Tasa de Interes Moratorio (TIM), desde la fecha de suscripcion del convenio de fraccionamiento. Articulo Sexto.- De la Modalidad Para acogerse a las facilidades otorgadas en la presente Ordenanza en cuanto al pago de sus obligaciones sustanciales, el contribuyente debera acercarse a las ventanillas de MORDAZA de la Municipalidad, independientemente del estado de cobranza o tramite administrativo en que se encuentre la deuda, siempre y cuando cumpla con las formalidades establecidas en el articulo siguiente. Articulo Septimo.- De las Formalidades Los contribuyentes que deseen acogerse a las facilidades otorgadas en la presente Ordenanza, procederan conforme lo establecido en los siguientes casos: 1. Si el contribuyente cuenta con algun procedimiento tributario o administrativo en la Municipalidad Distrital de Carabayllo, su acogimiento al beneficio implica el desistimiento de las reclamaciones tributarias que se encuentren presentadas ante la Administracion Tributaria Municipal. 2. La no MORDAZA del desistimiento formal en los casos anteriormente mencionados, dejara sin efecto los beneficios obtenidos por la aplicacion de la presente Ordenanza, considerando los pagos efectuados como a cuenta, en el caso de fraccionamiento de oficio se resolvera el convenio y los pagos realizados se imputaran conforme al Articulo 31º del TUO del Codigo Tributario contandose los plazos hasta la fecha en que se ejecute. CAPITULO III DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Los contribuyentes cuyos predios se encuentren ubicados en el Centro Poblado Buena Vista, MORDAZA Alto, Huatoy, San MORDAZA, Olfa, Huarangal, Osoynih, Arenilla, San MORDAZA de MORDAZA, Cassinelli, MORDAZA MORDAZA "El paraiso", San MORDAZA, La MORDAZA, El MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Huacoy, Asociacion de Pobladores de MORDAZA (ex Centro Poblado Chocas), Vivienda Los Libertadores y las Piedritas se encuentran exonerados al pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo por el ejercicio 2007.

Segunda.- Aquellos contribuyentes en cuyos casos sus predios hayan destinado una parte a actividades comerciales y/o servicios y que no excedan de 30 metros cuadrados, pagaran sus Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo por el total del predio con el uso de MORDAZA habitacion. Tercera.- Disponer que los entidades educativas de los niveles publicos y privados a que se refiere la Ordenanza Nº 085-A/MDC y sus modificatorias Ordenanza Nº 092A/MDC, Ordenanza Nº 093-A/MDC, Ordenanza Nº 087A/MDC y su modificatoria Ordenanza Nº 095-A/MDC, que determinaron los montos aplicables de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Barrido de Calles, Parques y Jardines Publicos de los anos 2002 al 2006 y de Serenazgo 2006, en la cual se esta considerando como usos especiales, cuando le deberia corresponder el Uso de Servicios Generales. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Subgerencia de Logistica, Subgerencia de Informatica y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Quinta.- Dejese sin efecto toda disposicion que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza, facultandose al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 88655-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El MORDAZA
ORDENANZA Nº 342 - MDEA El MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en sesion extraordinaria de la fecha 24 de MORDAZA del 2007. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, a merito del inciso 12) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde al concejo municipal como atribucion, aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal. Que, el Concejo Distrital de El MORDAZA requiere de un reglamento que precise su regimen interior acorde a la normatividad correspondiente, donde se defina su organizacion y funcionamiento, establezca los derechos y deberes de sus miembros; asi como el desarrollo de las sesiones de concejo y de las comisiones, y de hacerlo mas agil y expeditivo en sus decisiones. Estando a lo expuesto en sesion ordinaria del Concejo Municipal de la fecha; y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 5) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo lo siguiente:

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