Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2007 (27/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350155

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada la transferencia de autorizacion otorgada a la empresa ALLIANCE S.A.C., mediante la Resolucion Viceministerial Nº 092-2001MTC/15.03, para prestar el servicio de radiodifusion por television en UHF en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C. asi como del permiso, licencia y autorizacion para la utilizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 0922001-MTC/15.03, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 88793-2

VIVIENDA
Aprueban adjudicaciones en venta directa de terrenos ubicados en la Provincia Constitucional del Callao y en el departamento de MORDAZA a favor de empresas
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2007-VIVIENDA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 Visto, el Expediente Nº 053-2004/SBN-JAD, por el cual la Empresa Neptunia S.A. solicita la adjudicacion en venta directa del predio de 2 820,00 m² ubicado en la interseccion de la MORDAZA 2 y la Av. MORDAZA Meiggs, distrito y Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del predio de 2 820,00 m² ubicado en la interseccion de la MORDAZA 2 y la Av. MORDAZA Meiggs, distrito y Provincia Constitucional del Callao; inscrito en la Partida Electronica Nº 70263036 del Registro de Predios de la oficina Registral Callao de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 1752 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro del Callao; Que, la Empresa Neptunia S.A., mediante escrito recibido por la Superintendencia de Bienes Nacionales, con fecha 24 de MORDAZA de 2004, solicita la adjudicacion en venta directa del predio descrito en el parrafo precedente, toda vez que el mismo es colindante a un predio de su propiedad y que ha construido en el un cerco perimetrico, lo cual se adecua a lo dispuesto por el inciso c) del articulo 34º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, el citado Articulo 34º del Reglamento acotado, establece que la venta directa de un terreno de dominio privado del Estado se aprobara mediante Resolucion Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 2721-2004-VIVIENDA-9321, de fecha 29 de noviembre de 2004, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, remite el informe tecnico del terreno MORDAZA referido, cuyo valor comercial es de US$ 70 500,00 (Setenta mil quinientos y 00/100 dolares americanos); Que, el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 1312001-EF, establece que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado, en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio y maximizando su rentabilidad, por lo que, se solicito al Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru que efectue una tasacion comercial del predio;

Que, el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru mediante tasacion comercial de fecha 30 de diciembre de 2005, senala que el valor comercial del terreno materia de venta es de US$ 127 183,00 (Ciento veintisiete mil ciento ochenta y tres y 00/100 dolares americanos); Que, en merito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifica el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y a lo senalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad", aprobada por Resolucion Nº 018-2007/SBN de fecha 12 de MORDAZA de 2007 y su modificatoria, se publico en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de MORDAZA de 2007, el aviso que publicita el valor de tasacion del predio, con la finalidad que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de 10 dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibio oferta alguna; Que, la Empresa solicitante mediante dos comunicaciones recibidas por esta Superintendencia los dias 15 de MORDAZA y 17 de MORDAZA de 2006, manifesto su conformidad respecto del valor comercial de la referida tasacion efectuada por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru; Que, conforme al MORDAZA legal vigente, la Superintendencia de Bienes Nacionales opina favorablemente por la adjudicacion en venta directa, mediante Informe Tecnico Legal Nº 0107-2007/SBN-GOJAD, de fecha 5 de junio de 2007; Que, el presente predio constituyo aporte reglamentario, por lo que mediante Resolucion Nº 003-2005/SBNGO-JAD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 9 de febrero de 2005, se dispuso su desafectacion administrativa a fin de que sea incorporado al dominio privado del Estado, de conformidad a lo establecido en el articulo 15º del acotado Reglamento; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de la Empresa Neptunia S.A., del predio de 2 820,00 m² ubicado en la interseccion de la MORDAZA 2 y la Av. MORDAZA Meiggs, distrito y Provincia Constitucional del Callao; inscrito en la Partida Electronica Nº 70263036 del Registro de Predios de la Oficina Registral Callao de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 1752 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro del Callao. Articulo 2º.- El valor comercial del inmueble cuya venta se aprueba es de US$ 127 183,00 (Ciento veintisiete mil ciento ochenta y tres y 00/100 dolares americanos), conforme a la valorizacion efectuada por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru, el mismo que sera cancelado al contado. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia de Bienes Nacionales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia de Bienes Nacionales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia a favor de la Empresa Neptunia S.A. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira la transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 89744-5

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