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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de julio de 2007 350401 Vistos: los O fi cios Nº 563 y 1107-2007-EF/68.01 del 23.MAR y 05.JUN.2007, el O fi cio Nº 2519-2007- INDECI/4.0 del 12.JUN.2007, el Memorandum Nº 222-2007-INDECI/14.0 del 16.JUL.2007, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30’000,000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2007, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-cientí fi co competente; así como rehabilitar la infraestructura pública recuperando los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia del desastre y aquella necesaria para atender a la población y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, asimismo la mencionada Disposición exceptúa de la declaración de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un procedimiento simpli fi cado para determinar la elegibilidad, como requisito previo a la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres - CMPAD, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual – DGPM del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 008-2007- EF/15 se aprobó la Directiva Nº 001-2007-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se re fi ere la Quinta Disposición Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, Ley Nº 28929”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que los recursos a que se re fi ere la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28929, podrán fi nanciar Proyectos de Inversión Pública (PIPs) de Emergencia, así como actividades, que tengan por fi nalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población afectada por un desastre de gran magnitud y rehabilitar la infraestructura pública dañada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 176-2007- EF/15 se aprobó la Directiva Nº 003-2007-EF/68.01 “Procedimiento Simpli fi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”; Que, mediante el O fi cio Nº 563-2007-EF/68.01, la DGPM informa que el Gobierno Regional de San Martín ha remitido fi chas técnicas de proyectos de emergencias, correspondientes a los Sectores de Salud, Vivienda, Energía y Minas y Transporte, de las cuales considera conveniente proponer 43 proyectos de emergencia, por un monto total ascendente a S/. 2’ 972 999.00, a fi n que se presenten a la CMPAD; Que, en Segunda Sesión de fecha 29.MAY.2007, la CMPAD aprobó el fi nanciamiento de las fi chas técnicas propuestas por el Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente a 43 proyectos de emergencia solicitados por el Gobierno Regional de San Martín; Que, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28929, mediante Decreto Supremo Nº 095-2007-EF se autoriza una operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’ 972, 999.00) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, mediante O fi cio N° 1107-2007-EF/68.01 de fecha 05.JUN.2007, la DGPM declaró la elegibilidad de los indicados proyectos de emergencia; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario O fi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de San Martín, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 095-2007-EF, hasta por el monto de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’ 972, 999.00), para la ejecución de los proyectos señalados en el Anexo 01 adjunto a la presente Resolución; Con la visación de las O fi cinas de Asesoría Jurídica, Plani fi cación y Presupuesto y Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28929 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Directiva Nº 001-2007-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se re fi ere la Quinta Disposición Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, Ley Nº 28929”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 008-2007-EF/15 y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modi fi cado por Decretos Supremos Nºs 005-2003- PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de San Martín, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 095-2007-EF, hasta por un monto de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’ 972, 999.00), para la ejecución de los proyectos señalados en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La O fi cina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de San Martín para el control, seguimiento y monitoreo de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de San Martín, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil