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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340700 De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Plazo de adecuación para usuarios no ubicados en Zonas Sujetas a Régimen Especial Amplíese, de manera excepcional, el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, por treinta (30) días, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, para los usuarios de kerosene a nivel nacional que no se encuentran ubicados en Zonas Sujetas a Régimen Especial. Artículo 2º.- Plazo de adecuación para usuarios ubicados en Zonas Sujetas a Régimen Especial Amplíese el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados por sesenta (60) días, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, para los usuarios comerciantes minoristas de insumos químicos y productos fi scalizados, ubicados en las Zonas Sujetas a Régimen Especial. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros del Interior y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 31768-2 Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Canadá para participar en evento de la PDAC, sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2007-PCM Lima, 28 de febrero de 2007 Vista, la invitación de la Presidenta de la Asociación Canadiense de Exploradores y Desarrolladores - PDAC de fecha 6 de diciembre de 2006; CONSIDERANDO: Que, entre los días 4 y 7 de marzo de 2007, la Asociación Canadiense de Exploradores y Desarrolladores - PDAC celebrará su Convención Anual Internacional, Feria de Negocios y de Intercambio de Inversiones en la ciudad de Toronto, Canadá; Que, este evento reúne expositores e inversionistas de nivel mundial relacionados con la exploración y desarrollo minero, siendo actualmente el evento internacional más importante en su género; Que, el mencionado evento es de suma importancia para el sector minero ya que permite al Perú una vitrina para atraer inversiones, mostrar la importancia y compromiso del país con la actividad minera y a fi anzar vínculos comerciales con los participantes del evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Energía y Minas del 3 al 5 de marzo de 2007, el cual no irrogará gastos al Estado;Que, así mismo, es necesario encargar el Despacho del señor Ministro de Energía y Minas en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Arq. Juan Valdivia Romero, Ministro de Energía y Minas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 3 al 5 de marzo de 2007, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Energía y Minas al doctor Jorge Del Castillo Gálvez, Presidente del Consejo de Ministros, a partir del 3 de marzo de 2007, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 31770-2 AGRICULTURA Delegan diversas facultades y atribuciones al Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2007-AG Lima, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el inciso 4.2) del artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que la referida Ley le otorga, la que comprende, según el inciso 1) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de adquisiciones y contrataciones, de la Entidad a su cargo; Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 2º del Reglamento citado en el considerando anterior, mediante resolución, el Titular de la Entidad puede designar a los funcionarios y dependencias encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones del Estado, delegándoles los distintos niveles de decisión y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que por indicación expresa de la norma, sean indelegables; Que, asimismo de conformidad con el artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG, la O fi cina General de Administración es la encargada de administrar los recursos materiales, humanos y conducir la ejecución presupuestaria, con el fi n de apoyar oportuna y e fi cientemente al cumplimiento de los objetivos y metas de los sistemas que operan en la administración central del Ministerio de Agricultura,