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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340710 Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar a través de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modi fi cado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 006-2006-ED, 083-2004-PCM y 084- 2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública por causal de Situación de Desabastecimiento Inminente, y autorícese a contratar el “Servicio de transporte de libros, cuadernos de trabajo y guías para docentes de educación primaria para las Regiones de: La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes” a través de acciones inmediatas, hasta por la suma de S/. 132, 600.40 (Ciento Treinta y Dos Mil Seiscientos y 40/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Educación, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultáneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que hubiera lugar. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 5º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y a través del SEACE dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 31642-1 Dictan disposiciones relativas a la Campaña por el Respeto y la Puntua-lidad a que se refiere la R.M. Nº 0084-2007-ED RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0007-2007-ED Lima, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como principio de la educación “la ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana”; Que, el deber ciudadano se mani fi esta a través de valores, actitudes y hábitos saludables que aseguran el bien común, siendo uno de estos hábitos la puntualidad, la que a su vez re fl eja un respeto a la persona;Que, asimismo la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido el Decreto Supremo Nº 094-2006-PCM, declarando el año 2007 como el “Año del Deber Ciudadano” considerando que para impulsar el desarrollo, la justicia y la solidaridad es preciso fortalecer la Cultura del Deber Ciudadano; Que en ese contexto el Ministerio de Educación, en el marco de sus atribuciones, ha expedido la Resolución Ministerial Nº 0084-2007-ED, que aprueba la Directiva que norma el desarrollo de la Campaña Nacional por el Respeto y la Puntualidad “Respetarnos, compromiso de todos”, orientada a la promoción del respeto a la puntualidad como norma básica de convivencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modi fi cado por Ley Nº 26510, y Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Las Instituciones Educativas Públicas y Privadas a nivel nacional, en cumplimiento de la R.M. Nº 0084-2007-ED, realizarán el jueves 1 de marzo a las 12 m., la ceremonia de inicio de la Campaña por el Respeto y la Puntualidad “Respetarnos, compromiso de todos”, con la participación de profesores, estudiantes, personal administrativo y padres de familia. Artículo 2º.- En las Instituciones de Educación Básica, los días lunes durante la formación escolar, se dará lectura al texto de la Proclama incluida en el anexo Nº 02, de la Directiva de la presente Campaña. Artículo 3º.- Los Directores de las Instituciones Educativas públicas y privadas son responsables de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes. Artículo 4º.- Los Directores de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local, velarán por el cumplimiento a lo dispuesto en la R.M. Nº 0084-2007-ED y la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica 31642-2 ENERGIA Y MINAS Autorizan a empresa minera a realizar actividades dentro de los cincuenta kilómetros de zona de frontera DECRETO SUPREMO Nº 010-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 71º de la Constitución Política del Perú, establece que dentro de los cincuenta (50) kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir o poseer, por título alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en bene fi cio del Estado, el derecho así adquirido y que se exceptúa el caso de necesidad pública, expresamente declarada por Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a Ley; Que, MOLINETES (BVI) LTD., empresa constituida bajo las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, ha solicitado autorización para adquirir un (1) derecho minero ubicado en la zona de frontera con Ecuador del departamento de Piura; Que, el numeral V del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, dispone que