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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2007 (17/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341731 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Quinta Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a cargo del doctor Mateo Grimaldo Castañeda Segovia y la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional, a cargo del doctor Tony Washington García Cano, en la Primera y Segunda Fiscalía Superior Especializada respectivamente, de la Fiscalía contra la Criminalidad Organizada, con competencia a nivel nacional. Artículo Segundo.- Convertir la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos contra la Seguridad Pública, a cargo del doctor Jorge Wayner Chávez Cotrina, la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Lima, a cargo del doctor Eduardo Octavio Castañeda Garay, la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Tingo María, a cargo del doctor Orestes Walter Milla López, la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial a cargo del doctor Juan Héctor De la Cruz Aguilar; en la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Fiscalía Provincial Especializada respectivamente, de la Fiscalía contra la Criminalidad Organizada, con competencia a nivel nacional. Artículo Tercero.- Las Fiscalías Superiores y Provinciales referidas en los artículos precedentes continuarán conociendo su actual carga procesal hasta su terminación. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto todas las Resoluciones que se opongan a la presente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Fiscalías Superiores Coordinadoras competentes, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 38258-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 254-2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Juan José Revilla Bedoya para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria N° 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Juan José Revilla Bedoya con matrícula N° N-3830 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 37296-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de agencia en el distrito de Cerro Colorado, provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS N° 273-2007 Lima, 7 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequpa (CMAC Arequipa) para que se le autorice la apertura de una agencia en el distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B” mediante Informe N° 054- 2007-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, la Circular N° CM-0334-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) la apertura de una agencia ubicada en avenida Aviación Km. 09, Vía Yura, Tienda N° 101, Sublote 4, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 37441-1