Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2007 (28/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo la precitada Disposicion Final dispone la evaluacion de plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria Publicas a nivel nacional, con la finalidad de mejorar el servicio educativo en dichas instituciones; Que, el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto ha formulado los "Lineamientos para el MORDAZA de Evaluacion de Plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria Publicas", por lo que resulta necesaria su aprobacion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, las Leyes Nºs. 28044 y 28927, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los "Lineamientos para el MORDAZA de Evaluacion de Plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria Publicas", que forman parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

"LINEAMIENTOS PARA EL MORDAZA DE EVALUACION DE PLAZAS ESTRICTAMENTE NECESARIAS EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA PUBLICA " I.- FINALIDAD Establecer Normas y Procedimientos para evaluar las plazas estrictamente necesarias, en las Instituciones de Educacion Superior no Universitarias Publicas a nivel nacional, buscando mejorar la calidad y equidad de los servicios educativos en dichas instituciones, de conformidad a lo dispuesto en la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007. II.- OBJETIVOS 2.1- Determinar criterios y pautas para el MORDAZA de evaluacion de las plazas estrictamente necesarias para la atencion del servicio educativo en las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria Publicas, teniendo en cuenta la realidad geografica, socio-economica y demografica, asi como las condiciones de infraestructura y equipamiento educativo. 2.2- Garantizar, la optima distribucion y asignacion de plazas presupuestadas en funcion a la real necesidad del servicio educativo en Educacion Superior no Universitaria. 2.3- Contribuir a la formulacion del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) 2007 de las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria Publicas, con criterios tecnicos que posibiliten que dichas Instituciones cuenten con las plazas estrictamente necesarias para brindar un servicio educativo de calidad. III.- ALCANCE 3.1- Ministerio de Educacion ­ MED. 3.2- Direccion Regional de Educacion - DRE. 3.3- Institucion Educativa de Educacion Superior no Universitaria Publica: - Instituto Superior Pedagogico Publico - ISP. - Escuela Superior de Formacion Artistica Publica ­ ESFA. - Instituto Superior Publico que forma en carreras docentes - Instituto Superior Tecnologico Publico - IST. IV.- BASE LEGAL 4.1- Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510. 4.2- Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. 4.3- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

4.4- Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. 4.5- Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs 27902 y 28926. 4.6- Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. 4.7- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.8- Ley Nº 28425, Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos. 4.9- Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007. 4.10- Ley Nº 28131, Ley del Artista, Interprete y Ejecutante. 4.11- Decreto Supremo Nº 058-2004-PCM, Reglamento de la Ley del Artista, Interprete y Ejecutante. 4.12- Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo. 4.13Decreto Supremo Nº 014-2002-ED, Reglamento de Creacion, Autorizacion y Revalidacion de Funcionamiento de Instituciones de Educacion Superior No Universitaria de Formacion Tecnologica, modificada por el Decreto Supremo Nº 023-2006-ED. 4.14- Decreto Supremo Nº 024-2006-ED, Amplia hasta el 31 de diciembre del ano 2001 la suspension dispuesta por el Decreto Supremo Nº 005-2004-ED, referida a la creacion y autorizacion de funcionamiento de Institutos Superiores Pedagogicos, Escuelas Superiores de Formacion Docente e Institutos Superiores, Publicos y Privados, que forman docentes a nivel nacional. 4.15- Decreto Supremo Nº 39-85-ED, Reglamento Especial para los Docentes de Educacion Superior. 4.16- Decreto Supremo Nº 005-94-ED, Reglamento General de Institutos y Escuelas Superiores Publicos y Privados. 4.17- Decreto Supremo Nº 023-2001-ED-Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Publicos y Privados, modificado por los Decretos Supremos Nºs 0072003-ED y 006-2007-ED. V.- DISPOSICIONES GENERALES. 5.1 El MORDAZA de evaluacion de plazas tiene el caracter de obligatorio de acuerdo con lo dispuesto por la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007; y, estara bajo la conduccion, supervision y monitoreo del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, del Ministerio de Educacion. Dicho MORDAZA, permitira equilibrar la oferta y demanda educativa con criterio de flexibilidad en funcion a la realidad socioeconomica, geografica y de infraestructura asi como formular el Presupuesto Analitico de Personal para el ano 2007, con las plazas necesarias para la atencion del servicio educativo en las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria Publica, que en adelante se denominaran solo "Instituciones Educativas". 5.2 Este MORDAZA se desarrollara en las diferentes instancias de gestion educativa descentralizada para lo cual se conformaran comisiones en cada una de ellas con responsabilidades diversas. 5.3 El Ministerio de Educacion, a traves del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, consolida, evalua los requerimientos de plazas, y apoya la gestion del Gobierno Regional ante el Ministerio de Economia y Finanzas para su financiamiento, de acuerdo a la disponibilidad de la MORDAZA fiscal. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS. 6.1 De las Comisiones de Evaluacion de Plazas El MORDAZA de evaluacion de plazas estara a cargo de la respectiva Comision de Evaluacion de Plazas Estrictamente Necesarias en las Instituciones Educativas que en adelante se denominara CEPEN, asi como la Comision de Evaluacion de Plazas de la Direccion Regional de Educacion que en adelante se denominara CEPENDRE. 6.1.1 De la Comision de Evaluacion de Plazas en la Institucion Educativa. a- La CEPEN de las Instituciones Educativas estara integrada por:

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