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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2007 342331 procesado SHAY ONDRE VERO, por delito contra la salud pública – tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado Peruano (Exp. Nº 09-2007); Que, mediante el Informe Nº 042-2007/COE-TC del 16 de marzo de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957 el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y, conforme a la Convención de las Naciones Unidas contra el Trá fi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Convención de Viena de 1988) aprobado en el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 25352 del 22 de noviembre de 1991; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado SHAY ONDRE VERO, formulado por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas en agravio del Estado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Israel de conformidad con las normas legales internacionales y peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 42634-5 Designan representante del Sector Justicia ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2007-JUS Lima, 27 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, se crea el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer la política de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, el Artículo 3 del mencionado Decreto Supremo, establece que el Consejo estará integrado, entre otros, por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes serán nombrados por Resolución Ministerial del Sector que representan; Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2007- JUS, se designó al señor abogado Erasmo Alejandro Reyna Alcántara, en el cargo de Viceministro de Justicia; Que, es necesario designar al representante del Sector Justicia ante el referido Consejo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25993 – Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM - Crea el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras;SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor abogado Erasmo Alejandro Reyna Alcántara, en su calidad de Viceministro de Justicia, como Representante del Sector ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 42380-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y crean las Subsecretarías de Administración y de Comunidades Peruanas en el Exterior DECRETO SUPREMO N° 019-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que la Disposición Complementaria del Decreto Ley N° 26112, de 29 de diciembre de 1992, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que la creación, supresión o modi fi cación de los órganos a que se re fi ere el artículo 9° de dicho Decreto Ley, así como la descripción de las funciones respectivas, serán establecidas por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que el Decreto Supremo N° 006-99-RE de 12 de febrero de 1999 y sus modi fi catorias establecen la actual estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que el Decreto Supremo N° 059-2001-RE, de 4 de agosto de 2001, creó la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior como órgano de línea; Que el Decreto Supremo N° 074-2001-RE, de 25 de setiembre de 2001, creó la Subsecretaría de Administración como órgano de apoyo; Que mediante Decreto Supremo N° 001-2003-RE de 16 de enero de 2003 se dispuso elevar la categoría de la Subsecretaría de Administración a Secretaría de Administración y se establece la creación de la Secretaría de Política Exterior; Que el Decreto Supremo N° 046-2005-RE, de 31 de mayo de 2005, dispone, entre otras modificaciones, elevar asimismo la categoría de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior con la creación de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior; Que la Cancillería viene trabajando una consolidación integral de toda su legislación vinculada a la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que mientras culmina el referido proceso, es pertinente avanzar en la adecuación de parte de la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores a los requerimientos de la política exterior peruana y a sus necesidades funcionales como son la uniformización de sus niveles jerárquicos, la adecuada coordinación entre las distintas dependencias y la progresiva compatibilización de las mismas con las demás estructuras orgánicas de la administración pública; Que la existencia de Secretarías en la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores genera una distorsión funcional que va en contra de los principios señalados en el párrafo precedente; Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 118° inciso 8, de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley