TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2007 342333 Radio y Televisión - CONCORTV es un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791 y 28278, y la Resolución Ministerial Nº 062- 2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Marisol Castañeda Menacho, como representante del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV ante el Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del anteproyecto de Ley de Radiodifusión Estatal, constituida mediante Resolución Ministerial Nº 062-2007-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 41705-1 Aprueban la Directiva “Disposiciones de Austeridad y Racionalidad en el Gasto y Uso de Bienes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2007” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2007-MTC/10 Lima, 23 de marzo del 2007CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el artículo X de su Título Preliminar dispone que las políticas de gasto público vinculadas a los fi nes del Estado deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica - fi nanciera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fi scal, siendo ejecutadas mediante una gestión de los fondos públicos, orientada a resultados con e fi ciencia, e fi cacia, economía y calidad; Que, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Resolución Directoral Nº 030-2006-EF-76.01 y la Resolución Directoral Nº 003-2007-EF/76.01 establecen las normas y mecanismos operativos del proceso presupuestario que deben cumplir las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, durante el Año Fiscal 2007; Que, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, establece medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria a aplicarse durante el Año Fiscal 2007, cuyo cumplimiento es responsabilidad del Titular de la Entidad, del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o el que haga sus veces, y del Jefe de la O fi cina de Administración o el que haga sus veces, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva “Disposiciones de Austeridad y Racionalidad en el Gasto y Uso de Bienes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2007”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la Directiva aprobada por el artículo precedente en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.Regístrese, comuníquese y publíquese, VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 41704-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Perené, departamento de Junín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 076-2007-MTC/03 Lima, 19 de marzo del 2007VISTO, el Expediente Nº 2003-018604 presentado por don GUZMÁN MARRUFO FERNÁNDEZ, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, en el distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; CONSIDERANDO:Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicha norma se detallan, asimismo debe acompañarse la documentación tendiente a veri fi car el cumplimiento del artículo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Perené al distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; Que, mediante Informe Nº 853-2006-MTC/17.01. ssr, ampliado con Informe Nº 0388-2007-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, señala que la solicitud presentada por don GUZMÁN MARRUFO FERNÁNDEZ cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; señalándose además que debe establecerse como obligación, a cargo del antes mencionado solicitante, la presentación del proyecto de comunicación dentro del período de instalación y prueba, documento que es requerido por la administración a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorización; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, la Primera Disposición