Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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por la Oficina de Administracion del Ministerio de Defensa, asi como en el Informe Economico Nº 008-2007 VAAE/ B/01/PPTO de fecha 22 de enero de 2007, se requiere contratar directamente el servicio de Telefonia Fija del MINDEF por un plazo que no debera exceder de tres (3) meses o hasta la suscripcion del contrato con el postor que resulte ganador del MORDAZA de seleccion correspondiente, lo que ocurra primero, por un monto de hasta S/. 45 000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles), a traves de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Economico Nº 008-2007 VAAE/ B/01/PPTO, de fecha 22 de enero de 2007, el Jefe de Presupuesto de la Oficina de Administracion del Ministerio de Defensa precisa que la referida contratacion cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 008-2007/ VAAE/B, de fecha 22 de enero de 2007, se incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2007 de la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 026: Ministerio de Defensa, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0552007 DE/SG, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de Telefonia Fija; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; y de acuerdo con la Ley Nº 27860- Ley del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-DE/SG. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de Telefonia Fija del Ministerio de Defensa, en merito a las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2°.- Exonerar al Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que corresponde a la Contratacion del Servicio de Telefonia Fija mencionado en el articulo anterior, hasta por el periodo de tres (3) meses, o hasta la suscripcion del contrato derivado del MORDAZA de seleccion correspondiente; lo que ocurra primero, hasta por un monto de S/. 45 000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo 3°.- Autorizar a la Direccion Tecnica de Administracion a efectuar los tramites administrativos correspondientes a fin de contratar los servicios en mencion, mediante acciones inmediatas conforme al articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 5°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 43337-1

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 102-92-PCM de fecha 21 de febrero de 1992, se ratifico el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI (ahora Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION), conforme al cual se incluyo a la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., en el MORDAZA de promocion de la inversion a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, por Resolucion Suprema Nº 482-93-PCM de fecha 22 de octubre de 1993, se ratificaron los Acuerdos de la COPRI conforme a los cuales se definio como modalidad a ser empleada en el MORDAZA de promocion de la inversion privada en CENTROMIN PERU S.A., la prevista en el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, y se aprobo el respectivo Plan de Promocion, el cual fue modificado mediante Resolucion Suprema Nº 016-96-PCM de fecha 18 de enero de 1996; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 018-97-PCM de fecha 23 de enero de 1997 y Resolucion Suprema Nº 246-2001-EF de fecha 16 de MORDAZA de 2001, se amplio el Plan de Promocion de CENTROMIN PERU S.A., y se incluyo como modalidades a emplearse en el MORDAZA de promocion de la inversion privada de dicha empresa, las senaladas en los literales b) y c) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, respectivamente; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, ha aprobado la modificacion de la modalidad para llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada en CENTROMIN PERU S.A., disponiendo que esta sea la prevista en el literal d) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, conforme a la parte final del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION a que se refiere el acapite anterior debe ser ratificado por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 4º y 5º del Decreto Legislativo Nº 674; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificase el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, conforme al cual se modifica la modalidad para llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, en CENTROMIN PERU S.A., a la mencionada en el literal d) del articulo 2º del referido Decreto Legislativo. Articulo 2º.- Designar a la Junta Liquidadora que continuara con el MORDAZA de promocion de la inversion privada en CENTROMIN PERU S.A., la cual estara constituida por los miembros que fueron nombrados mediante Resolucion Suprema Nº 430-2001-EF modificada por Resoluciones Supremas Nºs. 499-2001-EF, 268-2002EF, 012-2004-EF, 021-2004-EF y 007-2006-EF. Articulo 3º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 43754-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican acuerdo de PROINVERSION que modifica la modalidad para llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada en CENTROMIN PERU S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2007-EF MORDAZA, 29 de marzo de 2007

Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de febrero de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 157-2007-EF/15 MORDAZA, 28 de marzo de 2007

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