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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2007 345026 2006, tomando en cuenta el Informe señalado en el considerando precedente, recomienda su tratamiento a través del Concejo Municipal; Que, el Jefe de la unidad de la Unidad de Asesoría Jurídica en ese entonces, mediante Informe Nº 290-2006-MDT/UAJ, de fecha 13 de febrero del año 2006, señala que procede lo solicitado sobre Saneamiento Físico-Legal, debiendo ser sometido al criterio del Concejo Municipal a efectos de que asuma el Acuerdo que corresponda; Que, el Gerente Municipal de ese entonces mediante Informe Nº 1575-2006-MDT-GM, de fecha 15 de diciembre de 2006, señala que debe procederse al Saneamiento Físico-Legal de Terreno, mediante Acuerdo de Concejo; Que, la Unidad de Asesoría mediante OPINIÓN LEGAL Nº 112-2007-MDT/UAJ, de fecha 21 de febrero de 2007, indica que de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 58º (INSCRIPCIÓN DE BIENES MUNICIPALES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD), que los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refi ere el presente capítulo, se inscriben en los registros públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente; Que, Gerencia Municipal mediante Informe Nº 096-2007- MDT-GM, de fecha 23 de febrero de 2007, señala que es procedente lo solicitado sobre el Saneamiento Físico-Legal; Que, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de abril del año 2007, Acordó por UNANIMIDAD aprobar el Dictamen Nº 011-2007-CATVYSC/MDT, de fecha 11 de marzo del año 2007, procedente de la Comisión de Acondicionamiento Territorial, Vivienda y Seguridad Colectiva, de la Municipalidad Distrital de Tambogrande; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y ejerciendo facultades conferidas por el artículo 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la Inscripción del Terreno ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sede Piura, a efectos de ejecutar el Saneamiento Físico-Legal del Terreno destinado a la Construcción de Comedor María Auxiliadora – ubicado en el Centro Poblado Juan Velasco Alvarado, cuyos datos técnicos son: Área = 921.82 m2 – Perímetro es 121.57 ml, teniendo las siguientes coordenadas UTM cuyo datum es PSAD 56: ESTE NORTE 566103 9467886566120 9467908566146 9467889566126 9467865 Artículo Segundo.- La Municipalidad asumirá los gastos por derecho de trámite ante el PETT, para lo cual autoriza a la Unidad de Administración, Unidad de Presupuesto y Departamento de Catastro, la ejecución del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en un diario de circulación local, el presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Dése cuenta a los interesados, Gobierno Regional de Piura, Registros Públicos y a las dependencias administrativas de la Municipalidad Distrital de Tambogrande, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívase. SEGUNDO RAMÓN MORENO PACHERRES Alcalde 58199-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA RICA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 030-2007-MDVR Villa Rica, 2 de mayo del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VILLA RICA VISTOS:El Informe N° 0014-MDVR/J-LOGISTICA-MRC, de fecha 10 de abril del 2007, y el Informe N° 0019-MDVR/J-LOGISTICA-MRC, de fecha 23 de abril del 2007, presentados por el Jefe de la O fi cina de Logística de la Municipalidad, Informe Nº 035-2007-ALE-TFPR-MDVR, de la O fi cina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, estando al Comunicado O fi cial Nº 013-2006-CG, la misma que prohíbe durante el último año de gestión realizar todo tipo de compromisos que devenguen en años posteriores, en virtud a lo estipulado en el Dec. Leg. Nº 955, razón por la cual la gestión anterior no ha llevado a cabo el proceso de selección para la adquisición del Programa del Vaso de Leche; Que, la Municipalidad ha retomado el proceso para la adquisición de insumos del Programa del Vaso de Leche con fecha 16 de febrero en virtud al Informe de la O fi cina de Logística Nº 002-MDVR/J-LOGISTICA-MRC; Que, la Municipalidad en la fecha 7 de marzo del año 2007 ha remitido el O fi cio Nº 129-2007-MDVR/A al Hospital de Oxapampa, solicitando apoyo con la nutricionista, del cual no se ha tenido respuesta alguna, con fecha 9 de abril del año 2007, el Hospital de Apoyo de Villa Rica nos remite el O fi cio Nº 061-2007-DE-H-“REP”- VR, en la cual nos comunica el informe de la rati fi cación de las raciones por un nutricionista de dicha dependencia, demora que ha impedido que la Municipalidad cumpla con el abastecimiento con insumos para el Programa del Vaso de Leche; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Logística de la Municipalidad, el Programa del Vaso de Leche no se cuenta con stock de insumos para atender el requerimiento de los bene fi ciarios durante los meses de marzo, abril y mayo del 2007, en razón de encontrarse en proceso la aprobación del expediente; Que, el Art. 21° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, concordante con el Art. 141° del Reglamento de la acotada ley aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que “se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete…”; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por voto mayoritario en sesión ordinaria de Concejo N° 008/2007 de fecha 26 de abril del 2007 y en uso de las facultades conferidas en los Arts. 9°, 20°, 39° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal: ACORDÓ:Artículo 1º.- EXONERAR del Proceso de Selección por situación de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la O fi cina de Logística la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche señalando los productos a adquirirse. Artículo 3º.- ORDENAR el inicio de las acciones correspondientes a los servidores que originaron este hecho. Artículo 4º.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, así como remitir a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado copia del Acuerdo y los informes técnico y legal que dieron origen a la presente norma municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN CARLOS LA TORRE MOSCOSO Alcalde 58155-1