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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2007 345019 Aprueban Ordenanza sobre Participación Comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) de El Agustino ORDENANZA MUNICIPAL Nº 333-MDEA El Agustino, 7 de mayo de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. POR CUANTO: El Concejo Municipal de sesión Ordinaria de fecha 7 de mayo de 2007, estando a la propuesta del señor alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, según Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, de acuerdo a la Ley N° 27933 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2003-IN, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino es un órgano ejecutor, encargado de planear, organizar, ejecutar, coordinar y controlar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana, presidido por el alcalde distrital e integrado por el Comisario distrital de la Policía Nacional del Perú, el gobernador, representantes del Poder Judicial y del Ministerio Público, así como por los coordinadores generales de las Juntas Vecinales organizadas por la municipalidad y por las comisarías del distrito, entre otros; Que, constituye preocupación de los vecinos los robos en las calles y en las viviendas, el pandillaje, “mototaxis” usados para delinquir, las “barras bravas”, las fi estas sociales en la vía pública, locales sociales y discotecas que operan con alto consumo de alcohol, sin cumplir los requisitos mínimos de seguridad y el consumo de drogas; Que, la Municipalidad de El Agustino ha promulgado la Ordenanza N° 323-MDEA y su Reglamento, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2007-SEGE-06-MDEA, que norman la venta y consumo de bebidas alcohólicas, los requisitos, autorizaciones y sanciones a los infractores; Que, en cumplimiento de las normas existentes, la municipalidad ha cerrado locales de bailes y discotecas que atentaban contra la seguridad y tranquilidad del vecindario y se vienen impidiendo fi estas sociales inseguras y sin autorización municipal; asimismo, ha construido Módulos de Seguridad Ciudadana en los ingresos al distrito, se implementó el Serenazgo Distrital y el Serenazgo Especial por Calles, el patrullaje motorizado del Serenazgo, denominado “Plan Telarañita”, el patrullaje en bicicleta, la capacitación de nuestros serenos, entre otras medidas en bene fi cio de la comunidad agustiniana; Que, corresponde a la municipalidad distrital adoptar las acciones necesarias con el fi n de fortalecer y promover la participación de la comunidad en temas de Seguridad Ciudadana, para garantizar resultados positivos y su sostenibilidad hasta lograr un distrito seguro, con paz y mayor sensibilidad humana; Que, en la sesión ordinaria del 7 de mayo de 2007, el Concejo en pleno coincidió que la propuesta de Ordenanza de vista, constituye el medio propicio para hacer participar a la sociedad en el mecanismo concertado para abordar y combatir la inseguridad ciudadana en el distrito; Que, de conformidad con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente Ordenanza:SOBRE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN LOS COMITÉS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA (COVESC) DE EL AGUSTINO CAPÍTULO I OBJETO Y FINALIDAD Artículo 1°.- Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto promover la participación, integración, organización, capacitación de los vecinos en seguridad ciudadana construyendo redes de trabajo para lograr un barrio seguro. Artículo 2°.- Finalidad. Con la fi nalidad de buscar una participación plural y legítima de la comunidad, la Municipalidad de El Agustino promoverá la organización de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) y la Policía Nacional, la organización de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana (JJVVSC) procurando que dichas actividades sean integradas y que los coordinadores generales o distritales de ambas organizaciones formen parte del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino (CODISEC). CAPÍTULO II PROMOCIÓN DE LAS COVESC Artículo 3°.- Promoción de COVESC por Calles. La Municipalidad, a través de O fi cina de Participación Vecinal y la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, promoverá la constitución de COVESC por calles y a nivel de pueblo en coordinación con la Junta Directiva de cada Asentamiento Humano, Asociación, Cooperativa y toda organización vecinal existente. Artículo 4°.- Promoción de COVESC Zonales. La Municipalidad promoverá la organización de COVESC zonales (8): a. Cerros: “Carretera Central”, “07 de Octubre”, “Cerros Unidos” “1º de Mayo”; b. Plana: “Zona plana”, “Túpac Amaru”, “Ribera del Río” y “Las Praderas y aledaños”. Las Juntas Directivas de los COVESC tendrán vigencia dos (2) años, elegida en reunión de pobladores, las mismas que serán reconocidas y acreditadas por la municipalidad, previa presentación de la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 5°.- Formalización de O fi cio. Los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana que a la fecha de aprobación de la presente Ordenanza se encuentran en funcionamiento y hayan sido reconocidos por la municipalidad, serán formalizados de o fi cio como COVESC en tanto dure su periodo de vigencia. CAPÍTULO III OBJETIVO GENERAL, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COVESC Artículo 6º.- Objetivo General. El objetivo general de los Comités Vecinales de Seguridad, es contribuir a la disminución de los niveles de inseguridad, mediante el desarrollo de acciones preventivas contra la delincuencia, pandillaje, drogadicción y la violencia en general. Artículo 7°.- Funciones y Atribuciones del COVESC. Las funciones y atribuciones del COVESC son: a. Estudiar y analizar la problemática de su sector en los temas relacionados con seguridad. b. Comprometer a la población para participar activamente con sus autoridades locales, para solucionar los problemas de su comunidad en materia de seguridad ciudadana. c. Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad.