Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2007 (11/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2007

Del CODECO por Pueblo. El CODECO por Pueblo estara integrado por los mismos que se senalan en el articulo anterior. El cargo de Presidente lo asumira de oficio el Secretario de Ecologia de la Junta Directiva Central del pueblo donde exista (salvo que la asamblea de pueblo decida por otro vecino); el resto de los cargos directivos seran elegidos en asamblea general de pueblo. Del CODECO Zonal. El CODECO Zonal estara integrada por todos los presidentes de CODECO de los pueblos, quienes elegiran en una reunion zonal los siguientes cargos: a) Coordinador Zonal. b) Subcoordinador Zonal. c) Secretario de Actas Zonal. d) Secretario de Economia Zonal. Del CODECO Distrital. El CODECO Distrital estara integrada por los ocho coordinadores zonales, quienes en una reunion elegiran los siguientes cargos distritales: a) Coordinador General o Distrital. b) Subcoordinador Distrital. c) Secretario de Actas Distrital. d) Secretario de Economia Distrital. Los cargos de los Comites de Desarrollo Ecologico son ejercidos en forma voluntaria y sin remuneracion alguna y tendran una duracion de un ano. Solo en el caso del CODECO Distrital participara un representante de la Municipalidad. Articulo 4º.- Organos encargados. La Unidad de Participacion Vecinal en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Ecologico, Ornato y Medio Ambiente, se encargara de la promocion, registro, reconocimiento y acreditacion con su respectivo carne de los CODECOS. Articulo 5º.- Del Reconocimiento. El reconocimiento de los CODECOS se efectuara en un termino MORDAZA de 5 dias utiles, presentando para ello los siguientes documentos: e) Solicitud de Reconocimiento. f) Acta de elecciones vecinales. g) Relacion de los integrantes. Articulo 6º.- Objetivo General de los CODECOS. El objetivo general de los Comites de Desarrollo Ecologico, es contribuir a una mejor calidad de MORDAZA disminuyendo los niveles de contaminacion, mediante el desarrollo de acciones de conservacion y mantenimiento de las areas verdes. Articulo 7º.- De las Funciones de los CODECO. Son funciones del CODECO, en coordinacion con la municipalidad distrital: a. Fomentar la cultura y educacion ambiental para el mantenimiento y conservacion de las areas verdes. b. Velar por la conservacion de los parques y areas recreativas en general (parque infantil y losa deportiva). c. Promover campanas de forestacion y reforestacion e impulsar la creacion de areas verdes en su zona. d. Promover la participacion organizada de los vecinos en las faenas comunales de limpieza, arborizacion y ornato de su localidad. e. Combatir los impactos negativos de la contaminacion del medio ambiente en todas sus zonas. f. Estudiar y analizar la problematica de su sector en los temas relacionados con ecologia y medio ambiente. a. Comprometer a la poblacion para participar activamente con sus autoridades locales, para solucionar los problemas de su comunidad en materia de ecologia y medio ambiente. g. Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de ecologia y medio ambiente. h. Promover campanas, programas y la cultura en ecologia y medio ambiente.

i. Participar en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Ecologico de la Municipalidad, en campanas de arborizacion y areas verdes. j. Promover, en coordinacion con la municipalidad, la implementacion de Brigadas Ecologica. k. Con apoyo de la municipalidad sensibilizar a la poblacion en el desarrollo de una cultura ecologica para el bienestar del medio ambiente: teatro, cine, forum, murales en MORDAZA, etc. Articulo 8º.- De las Comisiones Especializadas. Los CODECOS, con la finalidad de poder abordar la problematica ambiental presentada en cada sector podra nombrar las siguientes comisiones descentralizadas: a. Educacion Ambiental. b. Areas Verdes. c. Aire y Agua. d. Aseo Urbano. Articulo 9º.- Comision Especializada de Educacion Ambiental. Esta Comision tendra la tarea de fomentar la capacitacion ambiental de los vecinos, promotores ecologicos y la sensibilizacion en las entidades publicas y privadas en la defensa del medio ambiental. Articulo 10º.- Comision Especializada de Areas Verdes. Esta Comision apoyara para que su jurisdiccion se encuentre debidamente arborizada y sembrada, asi como preocuparse del mantenimiento de los parques y areas verdes. Articulo 11º.- Comision Especializada de Aire y Agua. La Comision Especializada de Aire y Agua tendra la tarea de promover el control del MORDAZA automotor contaminante, evitar la quema de basura y el funcionamiento de fabricas, industrias, textilerias, que producen contaminacion, emanaciones de gases, fluidos y otros; promover la vigilancia de la calidad del agua, asi como la promocion del agua y desague donde no existan. Articulo 12º.- Comision Especializada de Aseo Urbano. Esta Comision coordinara con la municipalidad el monitoreo y control del servicio de limpieza publica en su sector, las papeletas civicas a los vecinos que arrojen basura en la via publica e informara a la Policia Municipal para la imposicion de las papeletas correspondientes; promover la participacion de los vecinos en las campanas de limpieza y aseo MORDAZA, promover la segregacion de productos no perecibles y susceptibles de ser industrializados. Articulo 13º.- Relacion de infracciones. La Gerencia de Desarrollo Ecologico, establecera una relacion de infracciones, en concordancia con el Codigo del Medio Ambiente, RAS y MORDAZA, para los que destruyan las areas verdes, cesped de los parques, jardines, bermas, cercos, plantas y talen arboles sin autorizacion de la Municipalidad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones complementarias para el debido cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Dejese sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 59021-1

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