Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2007 (11/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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materia tributaria y por otro lado coadyuvar a alcanzar las metas institucionales; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las liberaciones correspondientes, aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONDONESE, el 80% de los reajustes e interes moratorio del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines hasta el periodo 2006 y conforme el siguiente detalle: a) Se acogen al presente beneficio a todos los contribuyentes que adeuden y cancelen tributos acumulados en las cuentas corrientes en la via ordinaria o Convenio de Fraccionamiento del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines hasta el periodo 2006. b) Las deudas tributarias que se encuentren en cobranza coactiva y contra las que se hayan interpuesto medidas cautelares, se acogeran al beneficio establecido en esta Ordenanza, a la cancelacion de la deuda tributaria correspondiente a cada ejercicio. De ser el caso, la medida cautelar se mantendra hasta la cancelacion total de la deuda materia de cobranza coactiva. Resulta aplicable ademas, la exoneracion del pago de las costas procesales que hubiere generado. c) El pago al contado de cualquier deuda, en aplicacion de esta Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. Articulo Segundo.- EXONERAR, por el periodo que describe el articulo procedente, las Multas Administrativas del Impuesto Predial, de acuerdo a lo siguiente: a) Exonerar el 100% del pago de las Multas Tributarias a los contribuyentes, que voluntariamente cumplan con la actualizacion de valores de predios, mediante declaracion jurada. b) Exonerar el 90% de las Multas Tributarias generadas en los procedimientos de fiscalizacion del Impuesto Predial incluidas en las Resoluciones de Determinacion y Multa, a aquellos contribuyentes que cumplan con la actualizacion de valores de predios, mediante Declaracion Jurada. c) El beneficio se circunscribe a las sanciones establecidas en los numerales 1, 2 y 4 del articulo 7 del Regimen General de Infracciones y Sanciones Tributarias, aprobada por Ordenanza Nº 127-C/MC. d) Las Multas Tributarias vinculadas al Impuesto Predial que se encuentren en cobranza coactiva y contra las que se hayan interpuesto medidas cautelares, se acogeran a este beneficio, a la cancelacion de la deuda tributaria correspondiente a cada ejercicio determinado. En tal caso, la medida cautelar se mantendra hasta la cancelacion total de la deuda materia de cobranza coactiva. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza tendra un plazo de vigencia hasta el 30 de junio del 2007 a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, al Senor MORDAZA, para que, de considerarse necesario, mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la correcta aplicacion de esta Ordenanza. Articulo Quinto.- La Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Administracion Tributaria y la Unidad de Comunicacion Municipal, en lo que corresponda, seran responsables de su cumplimiento. Articulo Sexto.- DISPENSAR, del tramite de lectura y aprobacion del Acta para que la Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 58818-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Ordenanza para el funcionamiento de los Comites de Desarrollo Ecologico del distrito de El MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 331-MDEA El MORDAZA, 20 de marzo de 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. POR CUANTO: El Concejo Municipal de sesion extraordinaria de fecha 20 de marzo de 2007, estando a la propuesta de la Comision de Medio Ambiente y Ecologia; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, segun Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley de Municipalidades Nº 27972. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueve la adecuada prestacion de Servicios Locales y el Desarrollo Integral, sostenido y armonico de su circunscripcion. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.1 del inciso 3 de Articulo 73º de la Ley Nº 27972, sobre la proteccion y conservacion del medio ambiente; constituye funcion de las municipalidades distritales formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas, planes regionales, sectoriales y nacionales. Que, de conformidad con los numerales 3.3 del inciso 3 y el numeral 5.1 inciso 5 del articulo 73º, es materia de competencia municipal, bajo responsabilidad la Ordenanza Municipal para el Funcionamiento de los Comites de Desarrollo Ecologico (CODECO) el Concejo por MAYORIA aprobo la siguiente Ordenanza: PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE DESARROLLO ECOLOGICO DEL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo 1º.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer MORDAZA de concertacion entre los vecinos y la municipalidad para la proteccion y conservacion del medio ambiente, con la finalidad de brindarle a la colectividad mejores condiciones de MORDAZA, salud, ornato y recreacion. Articulo 2º.- Impulsar la participacion vecinal a traves de los Comites de Desarrollo Ecologico (CODECOS) a nivel distrital, zonal, pueblo y por calles; quienes apoyaran con la municipalidad la conservacion y vigilancia de las areas verdes, de los parques, jardines, bermas y recreacion . Articulo 3º.- Organizacion Del CODECO por Calles. El CODECO por Calles estara integrado por 4 miembros elegidos por los vecinos en asamblea de sus calles, en los siguientes cargos como minimo: a) Presidente. b) Secretario de Actas. c) Secretario de Economia. d) Fiscal.

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