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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2007 (25/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345892 democrática, que inicien a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de sus deberes y derechos ciudadanos. 2.2 Institucionalizar un modelo organizativo de participación democrática escolar que promueva experiencias educativas de los estudiantes. 2.3 Involucrar a la comunidad educativa integrada por los directivos, docentes, personal administrativo, padres de familia y el alumnado en general, en el desarrollo de actividades orientadas al bienestar del estudiante, a su participación activa y a la promoción y defensa de sus derechos, así como la asunción y cumplimiento de sus responsabilidades. 3 BASE LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley N° 28044, Ley General de Educación.- Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley N° 26510. - Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, modi fi cada por la Ley N° 28582. - Ley N° 27337, Código de los Niños y los Adolescentes. - Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.- Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa. - Ley Nº 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio Público Esencial. - Decreto Supremo N° 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular. - Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. - Decreto Supremo N° 009-2005-ED, Reglamento de Gestión del Sistema Educativo. - Decreto Supremo N° 008-2006-ED que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Públicas. 4 ALCANCES- Dirección Nacional de Educación Básica Regular - Dirección de Educación Primaria- Dirección de Educación Secundaria- Dirección Nacional de Educación Especial- Dirección Nacional de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural. - Dirección de Tutoría y Orientación Educativa.- Direcciones Regionales de Educación.- Dirección Regional de Lima Metropolitana.- Unidades de Gestión Educativa Local.- Direcciones de Instituciones Educativas. 5 METAS Cobertura Nacional 6 DISPOSICIONES GENERALES6.1 El Ministerio de Educación a través de la Dirección Nacional de Educación Básica Regular, normará, coordinará y orientará la implementación de las acciones educativas referidas a los Municipios Escolares. 6.2 Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, propiciarán, plani fi carán, supervisarán y evaluarán las actividades y acciones sobre la organización e implementación de los Municipios Escolares, en sus ámbitos de ejecución, en coordinación con la sociedad civil. Asimismo son responsables de la capacitación de los Alcaldes y Regidores Escolares. 7 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES:7.1. Del Municipio Escolar:7.1.1. El Municipio Escolar es el organismo que representa a la generalidad de estudiantes de la Institución Educativa, elegido en forma democrática – por voto universal y secreto- y tiene como fi nalidad promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus deberes y derechos. 7.1.2. El Municipio Escolar está formado por dos organismos: La Directiva y el Concejo Escolar.7.1.3. Cada Municipio Escolar elaborará su Reglamento Interno, el cual será aprobado por el Concejo Escolar en concordancia con las presentes Normas. 7.2. De la Directiva del Municipio Escolar7.2.1. La Directiva del Municipio Escolar está constituida por los siguientes cargos: a) Alcalde(sa). b) Teniente Alcalde(sa).c) Regidor(a) de Educación, Cultura y Deporte.d) Regidor(a) de Salud y Medio Ambiente.e) Regidor(a) de Producción y Servicios.f) Regidor(a) de Derechos del Niño, Niña y Adolescente. 7.2.2. Las funciones de la Directiva del Municipio Escolar son: a) Elaborar un Plan de Trabajo en coordinación con las Comisiones de Trabajo. b) Emitir opinión y propuestas para mejorar el nivel de la calidad de la Institución Educativa. c) Coordinar con la Dirección de la Institución Educativa, docentes y Asociación de Padres de Familia para la ejecución de sus actividades académicas, deportivas y culturales. d) Promover la convivencia y disciplina escolar democrática en la Institución Educativa. e) Vigilar el cumplimiento del Plan de Trabajo del Municipio Escolar. f) Coordinar actividades conjuntas con otros Municipios Escolares de la misma jurisdicción local, distrital, provincial y /o regional. 7.2.3. Son funciones del (la) Alcalde(sa) del Municipio Escolar: a) Representar a la Institución Educativa, en actividades internas o externas referidas a actividades propias del Municipio Escolar. Requiere de la autorización de la Dirección de la Institución Educativa para participar de las invitaciones a dichas actividades. b) Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar. c) Convocar y dirigir las Asambleas del Municipio Escolar, con carácter informativo, cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad más uno de los integrantes del Concejo Escolar. Se requiere la autorización del Director de la Institución Educativa. No debe haber pérdida de clases. d) Promulgar ordenanzas del Municipio Escolar.e) Dictar Decretos. f) Organizar un Directorio de Instituciones Locales que puedan apoyar las actividades del Municipio Escolar. g) Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de trabajo. h) Informar de los acuerdos tomados al Director de la Institución Educativa. i) Rendir cuentas de su gestión por lo menos dos veces durante su mandato. j) Dar un Informe al término de su mandato con copia al Director de la Institución Educativa. 7.2.4. Son funciones de (la) Teniente Alcalde(sa):a) Reemplazar al (la) Alcalde(sa) en caso de ausencia. b) Revisar y aprobar los informes de trabajo de las Comisiones de Trabajo. 7.2.5. Son funciones del Regidor de Educación, Cultura y Deporte del Municipio Escolar: a) Presidir la Comisión de Educación, Cultura y Deporte del Municipio Escolar de la Institución Educativa y coordinar sus actividades. b) Promover la formación de talleres referentes a las diversas áreas del desarrollo curricular del grado, en coordinación con sus docentes y el Director de la Institución Educativa. c) Editar y difundir el Boletín Informativo o el Periódico Mural del Municipio Escolar .