Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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d) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.6. Son funciones del Regidor de Salud y Medio Ambiente del Municipio Escolar: a) Presidir la Comision de Salud y Medio Ambiente del Municipio Escolar y coordinar sus actividades. b) Promover campanas que favorezcan el orden, la salud, el ornato y el cuidado del medio ambiente en su Institucion Educativa. c) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.7. Son funciones del Regidor de Produccion y Servicios del Municipio Escolar: a) Presidir la Comision de Produccion y Servicios del Municipio Escolar, coordinando sus actividades economico productivas. b) Colaborar en las acciones de orientacion vocacional implementadas en la Institucion Educativa. c) Promover la organizacion de pequenos proyectos productivos y de servicios con apoyo de la Institucion Educativa. d) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.8. Son funciones del Regidor de Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente del Municipio Escolar: a) Presidir la Comision de los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescentes del Municipio Escolar y coordinar sus actividades. b) Participar en la MORDAZA por la Semana Nacional de los Derechos del Nino. c) Informar sobre sus actividades del Municipio Escolar. e) Difundir los derechos de los ninos, ninas y adolescentes de su Institucion Educativa. f) Asumir el cargo de Promotores Defensores en las Instituciones Educativas donde se han implementado Defensorias Escolares de Ninos y Adolescentes (DESNAS), de acuerdo a lo senalado en la Directiva N° 002-2006-VMGP-DITOE. 7.3. Del Concejo Escolar: 7.3.1. El Concejo Escolar esta constituido por los delegados de las aulas de la Institucion Educativa y la Directiva. Es la MORDAZA instancia de gobierno del Municipio Escolar y esta presidido por el MORDAZA o la Alcaldesa. 7.3.2. El Concejo Escolar se reunira de manera ordinaria cada 60 dias (fuera de las horas de clase); y de forma extraordinaria cuando se requiera, previa convocatoria del (la) Alcalde(sa), MORDAZA Alcalde(sa) o a solicitud de la mitad mas uno de los regidores. Sus acuerdos constaran en Libro de Actas. 7.3.3. El Concejo Escolar emitira las ordenanzas que considere pertinente. 7.3.4. El Concejo Escolar tiene como finalidad aprobar y participar en la ejecucion y evaluacion del Plan de Trabajo de la Directiva del Municipio Escolar. 7.3.5. A nivel de aula se elegira, por MORDAZA universal y secreto con la mitad mas uno, al delegado de aula. Este delegado se encargara de canalizar los intereses, motivaciones y necesidades especificas de quienes representa en el Concejo Escolar. 7.3.6. Las funciones de los delegados de aula son las siguientes: a) Representar al aula en las actividades realizadas por el Municipio Escolar. b) Conformar las Comisiones de Trabajo correspondiente a cada Regiduria. c) Promover en cada aula la participacion de los y las estudiantes. d) Organizar y realizar las actividades propias de cada aula en coordinacion con sus docentes. 7.3.7. En cada aula se puede formar una Directiva de acuerdo a las caracteristicas y objetivos de los estudiantes que la conforman. 7.4. De la participacion estudiantil: 7.4.1. Todos los estudiantes son integrantes del Municipio Escolar y tienen los siguientes derechos:

a) Elegir y ser elegidos representantes del Municipio Escolar. b) Elegir y ser elegido como delegado para formar parte del Consejo Escolar. c) Sufragar en las elecciones del Municipio Escolar. d) Plantear por escrito o verbalmente sugerencias, reclamos o pedidos al Municipio Escolar y/o delegados de aula. 7.4.2. Los estudiantes, en su condicion de integrantes del Municipio Escolar, tienen las siguientes responsabilidades: a) Cumplir con las Comisiones de Trabajo que se les encargue. b) Cumplir los Decretos y Ordenanzas MORDAZA por el Municipio Escolar. c) Aceptar las sanciones que imponga el Municipio Escolar, por incumplimiento de sus responsabilidades. 8. PLAN DE TRABAJO 8.1. Es el documento que contiene las actividades que se realizaran durante el tiempo de ejercicio de la lista ganadora. Su elaboracion se realiza teniendo en cuenta el esbozo inicial de las propuestas de trabajo presentadas por las listas participantes. 8.2. El Plan de Trabajo debera ser aprobado por el Concejo Escolar, asimismo participa en su ejecucion y evaluacion. 8.3. Aprobado el Plan, cada Regidor junto con las Comisiones de Trabajo respectivas desarrollaran las actividades correspondientes a sus funciones. 9. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 9.1. De la Responsabilidad Las Direcciones de las Instituciones Educativas son responsables de ejecutar y evaluar el desarrollo de los Municipios Escolares promoviendo la participacion democratica de los ninos, ninas y adolescentes en los niveles de Educacion Primaria y Secundaria. 9.2. De los procedimientos Los Directores de las Instituciones Educativas apoyaran el MORDAZA de Implementacion y gestion de los Municipios Escolares. Para ello: 9.2.1. Conformaran un equipo de trabajo, integrado por los tutores de aula, encargado de apoyar las acciones propias de la organizacion, implementacion y gestion de los Municipios Escolares; asi como a los candidatos en la elaboracion de sus propuestas. 9.2.2. Orientaran la designacion de un coordinador del equipo de trabajo para la organizacion e implementacion de los Municipios Escolares. 9.2.3. Otorgaran a los equipos de trabajo, las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones. 9.2.4. Incluiran en su Proyecto Educativo Institucional, actividades propias de Municipios Escolares, en el MORDAZA de la diversificacion curricular. 9.2.5. Los equipos de trabajo de cada Institucion Educativa estaran conformados por un minimo de tres y un MORDAZA de cinco tutores - o quienes MORDAZA sus veces- de ambos niveles. Estos deberan asesorar al Municipio Escolar en su gestion. Para ello se podra contar con la participacion del Comite de Tutoria, Convivencia y Disciplina Escolar en el Equipo de Trabajo como apoyo en la organizacion, implementacion y gestion de los Municipios Escolares. Este equipo debera elaborar un cronograma de trabajo anual en correspondencia con lo planificado en el Proyecto Educativo Institucional. Asi mismo, el CONEI brindara el apoyo necesario para el cumplimiento de las funciones del Municipio Escolar y el apoyo en las acciones previstas en el Plan de Trabajo de los estudiantes. 9.3. Etapa previa a la eleccion del Municipio Escolar: 9.3.1. Eleccion del Comite Electoral: Esta conformado por 4 miembros del ultimo grado del o los niveles respectivos que brinda la Institucion. Si existieran dos niveles, corresponde 2 por nivel.

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