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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345893 d) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.6. Son funciones del Regidor de Salud y Medio Ambiente del Municipio Escolar: a) Presidir la Comisión de Salud y Medio Ambiente del Municipio Escolar y coordinar sus actividades. b) Promover campañas que favorezcan el orden, la salud, el ornato y el cuidado del medio ambiente en su Institución Educativa. c) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.7. Son funciones del Regidor de Producción y Servicios del Municipio Escolar: a) Presidir la Comisión de Producción y Servicios del Municipio Escolar, coordinando sus actividades económico productivas. b) Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la Institución Educativa. c) Promover la organización de pequeños proyectos productivos y de servicios con apoyo de la Institución Educativa. d) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. 7.2.8. Son funciones del Regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Escolar: a) Presidir la Comisión de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Escolar y coordinar sus actividades. b) Participar en la Campaña por la Semana Nacional de los Derechos del Niño. c) Informar sobre sus actividades del Municipio Escolar. e) Difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes de su Institución Educativa. f) Asumir el cargo de Promotores Defensores en las Instituciones Educativas donde se han implementado Defensorías Escolares de Niños y Adolescentes (DESNAS), de acuerdo a lo señalado en la Directiva N° 002-2006-VMGP-DITOE. 7.3. Del Concejo Escolar: 7.3.1. El Concejo Escolar está constituido por los delegados de las aulas de la Institución Educativa y la Directiva. Es la máxima instancia de gobierno del Municipio Escolar y está presidido por el Alcalde o la Alcaldesa. 7.3.2. El Concejo Escolar se reunirá de manera ordinaria cada 60 días (fuera de las horas de clase); y de forma extraordinaria cuando se requiera, previa convocatoria del (la) Alcalde(sa), Teniente Alcalde(sa) o a solicitud de la mitad más uno de los regidores. Sus acuerdos constarán en Libro de Actas. 7.3.3. El Concejo Escolar emitirá las ordenanzas que considere pertinente. 7.3.4. El Concejo Escolar tiene como fi nalidad aprobar y participar en la ejecución y evaluación del Plan de Trabajo de la Directiva del Municipio Escolar. 7.3.5. A nivel de aula se elegirá, por voto universal y secreto con la mitad más uno, al delegado de aula. Este delegado se encargará de canalizar los intereses, motivaciones y necesidades especí fi cas de quienes representa en el Concejo Escolar. 7.3.6. Las funciones de los delegados de aula son las siguientes: a) Representar al aula en las actividades realizadas por el Municipio Escolar. b) Conformar las Comisiones de Trabajo correspondiente a cada Regiduría. c) Promover en cada aula la participación de los y las estudiantes. d) Organizar y realizar las actividades propias de cada aula en coordinación con sus docentes. 7.3.7. En cada aula se puede formar una Directiva de acuerdo a las características y objetivos de los estudiantes que la conforman. 7.4. De la participación estudiantil:7.4.1. Todos los estudiantes son integrantes del Municipio Escolar y tienen los siguientes derechos:a) Elegir y ser elegidos representantes del Municipio Escolar. b) Elegir y ser elegido como delegado para formar parte del Consejo Escolar. c) Sufragar en las elecciones del Municipio Escolar.d) Plantear por escrito o verbalmente sugerencias, reclamos o pedidos al Municipio Escolar y/o delegados de aula. 7.4.2. Los estudiantes, en su condición de integrantes del Municipio Escolar, tienen las siguientes responsabilidades: a) Cumplir con las Comisiones de Trabajo que se les encargue. b) Cumplir los Decretos y Ordenanzas dadas por el Municipio Escolar. c) Aceptar las sanciones que imponga el Municipio Escolar, por incumplimiento de sus responsabilidades. 8. PLAN DE TRABAJO 8.1. Es el documento que contiene las actividades que se realizarán durante el tiempo de ejercicio de la lista ganadora. Su elaboración se realiza teniendo en cuenta el esbozo inicial de las propuestas de trabajo presentadas por las listas participantes. 8.2. El Plan de Trabajo deberá ser aprobado por el Concejo Escolar, asimismo participa en su ejecución y evaluación. 8.3. Aprobado el Plan, cada Regidor junto con las Comisiones de Trabajo respectivas desarrollarán las actividades correspondientes a sus funciones. 9. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS9.1. De la Responsabilidad Las Direcciones de las Instituciones Educativas son responsables de ejecutar y evaluar el desarrollo de los Municipios Escolares promoviendo la participación democrática de los niños, niñas y adolescentes en los niveles de Educación Primaria y Secundaria. 9.2. De los procedimientos Los Directores de las Instituciones Educativas apoyarán el proceso de Implementación y gestión de los Municipios Escolares. Para ello: 9.2.1. Conformarán un equipo de trabajo, integrado por los tutores de aula, encargado de apoyar las acciones propias de la organización, implementación y gestión de los Municipios Escolares; así como a los candidatos en la elaboración de sus propuestas. 9.2.2. Orientarán la designación de un coordinador del equipo de trabajo para la organización e implementación de los Municipios Escolares. 9.2.3. Otorgarán a los equipos de trabajo, las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones. 9.2.4. Incluirán en su Proyecto Educativo Institucional, actividades propias de Municipios Escolares, en el marco de la diversi fi cación curricular. 9.2.5. Los equipos de trabajo de cada Institución Educativa estarán conformados por un mínimo de tres y un máximo de cinco tutores - o quienes hagan sus veces- de ambos niveles. Estos deberán asesorar al Municipio Escolar en su gestión. Para ello se podrá contar con la participación del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar en el Equipo de Trabajo como apoyo en la organización, implementación y gestión de los Municipios Escolares. Este equipo deberá elaborar un cronograma de trabajo anual en correspondencia con lo plani fi cado en el Proyecto Educativo Institucional. Así mismo, el CONEI brindará el apoyo necesario para el cumplimiento de las funciones del Municipio Escolar y el apoyo en las acciones previstas en el Plan de Trabajo de los estudiantes. 9.3. Etapa previa a la elección del Municipio Escolar: 9.3.1. Elección del Comité Electoral: Está conformado por 4 miembros del último grado del o los niveles respectivos que brinda la Institución. Si existieran dos niveles, corresponde 2 por nivel.