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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2007 (25/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345908 Concusión y Omisión de Deberes Funcionales, previstos y penados en los artículos 382° y 377° del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el artículo 22° inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 64368-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 176-2007-CG Lima, 23 de mayo de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendación N° 015-2007-CG/ GDPC de 18.MAY.2007 y la Hoja de Evaluación Nº 125-2007-CG/GDPC de 18.MAY.2007, resultante del análisis a la documentación presentada mediante O fi cio Nº 098- 2007-ALC/MSI de 09.MAY.2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio de vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Isidro, solicitó a este Organismo Contralor la veri fi cación de una documentación relacionada con una noti fi cación supuestamente suscrita y visada por funcionarios de la Contraloría General, así como aspectos correspondientes a la actividad empresarial de compañías vinculadas con el servicio de limpieza de la ciudad de Lima; Que, al evaluarse la solicitud presentada, se aprecia dentro los documentos alcanzados la existencia de una copia fotostática de un documento falso, denominado “Noti fi cación”, el mismo que consigna de manera fraudulenta, el logotipo y nombre de este Organismo Superior de Control, el cual es supuestamente suscrito y visado por funcionarios de la Contraloría General; Que, en el citado documento fraudulento, se comunica una supuesta posición institucional adoptada en torno a la investigación realizada al proceso de Concesión del Servicio Integral de Limpieza Pública, Parques y Jardines llevado a cabo por la Municipalidad Distrital de San Isidro – Lima, evidenciándose la falsi fi cación de sellos, rúbricas y fi rmas de funcionarios de este Organismo Superior de Control; Que, la acción rápida realizada por la Contraloría General de la República a la concesión antes mencionada, se encuentra a la fecha en el Ministerio Público, quien continúa dicha investigación en el marco de sus competencias, por lo que la información relacionada a las acciones de control realizadas por los órganos del Sistema Nacional de Control, se encuentra protegida por el principio de reserva, que impide que la misma sea divulgada o comunicada a órganos o personas distintos a los que son competentes para el deslinde de responsabilidades; Que, los hechos precedentemente expuestos, evidencian la existencia y circulación de un documento fraudulento denominado “Noti fi cación”, que consigna de manera engañosa, el logotipo y nombre de este Organismo Superior de Control, así como visaciones de supuestos funcionarios de la Contraloría General; en ese sentido, se establece indicios razonables de la comisión del delito de Falsi fi cación de documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal, por parte de personas que deberán ser identi fi cadas en las investigaciones correspondientes, razón por lo cual es necesario que los aspectos antes mencionados sean derivados a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n de iniciar e impulsar las acciones legales necesarias ante las instancias pertinentes para salvaguardar la imagen institucional de este Organismo Superior de Control; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación de este Organismo Superior de Control, inicie e impulse las acciones legales correspondientes ante las instancias pertinentes por los hechos expuestos en los documentos de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 64368-4 Revocan designación de sociedad de auditoría para examinar estados financieros, información presupuestal, aspectos operativos y gestión de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, periodo 2006 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 175-2007-CG Lima, 23 de mayo de 2007 Visto; la Hoja de Recomendación N° 028-2007-CG/SOA, de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la revocatoria de la designación de la Sociedad de Auditoría Aguilar Roncal Fernández & Asociados Sociedad Civil efectuada en el Concurso Público de Méritos Nº 05-2006-CG y; CONSIDERANDO: Que, con la R.C. Nº 440-2006-CG de 29.Dic.2006, publicada el 11.ENE.2007, correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 05-2006-CG y precisada con R. C. Nº 008-2007-CG de 18.Ene.2007, publicada el 20.ENE.2007, se designó a la Sociedad de Auditoría Aguilar Roncal Fernández & Asociados Sociedad Civil para realizar la auditoría a los estados fi nancieros, examen especial a la información presupuestal y aspectos operativos de la Municipalidad Pueblo Libre, período 2006; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por R.C. Nº 063-2007-CG publicado el 24.Feb.2007, establece su aplicación inmediata a excepción de los procesos de selección que a la fecha se encuentran en trámite, a los cuales les será de aplicación sus disposiciones a partir de la designación;