Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

9.3.2. El Comite Electoral debera elaborar un Reglamento Electoral en cada Institucion Educativa incluyendo aspectos como: requisitos para postular, normas de comportamiento durante la MORDAZA electoral, cronograma de actividades, impugnaciones y medidas que estime conveniente de acuerdo a la realidad institucional. 9.3.3. La Institucion Educativa debera facilitar un Padron de Electores al Comite Electoral, para los fines de control en el MORDAZA electoral. 9.3.4. El Comite Electoral se encargara de la Planificacion y Organizacion de las elecciones del Municipio Escolar hasta el Acto de Juramentacion. 9.4. Etapa de eleccion del Municipio Escolar 9.4.1. Convocatoria: La convocatoria la realizara el Comite Electoral con una anticipacion no mayor de cuarenta y cinco dias (45) ni menor de treinta dias (30) anteriores a la fecha de la eleccion. El MORDAZA electoral debe realizarse preferentemente entre agosto y octubre de cada ano. La vigencia de cada gestion municipal sera de un (1) ano a iniciarse desde el 1 de enero del siguiente ano. 9.4.2. Inscripcion de Listas: a) Luego de la convocatoria, se podran inscribir las listas de candidatos hasta quince (15) dias MORDAZA de la fecha de la eleccion. b) Se presentara como minimo dos (2) y como MORDAZA cuatro (4) listas. c) Las listas podran estar integradas por estudiantes de diferentes niveles, MORDAZA, turnos y sexo, debidamente identificados por numeros, letras y/o simbolos. d) Los estudiantes de 5° de Secundaria y/o 6° de Primaria que concluyen sus estudios en la institucion educativa y por lo tanto seran egresados, durante el mandato de la nueva directiva, no podran formar parte de las listas de candidatos. e) En las Instituciones Educativas que tienen alumnos y alumnas, las listas deben estar conformadas por no menos de un 50% de cada genero. f) Cada lista candidata al Municipio Escolar inscrita debera presentar previamente un Plan de Trabajo a realizar durante el ano, detallando los cargos a los que postulan cada uno de sus candidatos. g) El Comite Electoral revisa y aprueba la lista de candidatos al Municipio Escolar en funcion de los requisitos establecidos en el Reglamento. h) El Comite Electoral publicara y difundira las listas de candidatos hasta 7 dias MORDAZA de la eleccion. 9.4.3. MORDAZA Electoral: a) Se realizara desde la inscripcion de la MORDAZA lista hasta 2 dias MORDAZA de la eleccion. b) Los directivos de las Instituciones Educativas y el equipo de trabajo formado por los docentes tutores, crearan las condiciones y espacios necesarios con igualdad de oportunidades, para que los candidatos puedan presentar sus propuestas de trabajo a sus companeros. c) Se promovera el respeto mutuo, de manera que la MORDAZA electoral sea un debate de ideas y programas, en el que predomine el respeto reciproco a la dignidad de los candidatos. d) Durante la MORDAZA electoral: se debe promover debates, foros, conferencias, visitas a las aulas, encuestas, de manera que todos los candidatos tengan la posibilidad de presentar su plan de trabajo. Esta MORDAZA durara desde la inscripcion de la MORDAZA lista hasta dos (2) dias MORDAZA del sufragio y se efectuara fuera de las horas de clase. e) La prensa escolar participara difundiendo informacion sobre el MORDAZA escolar. Ademas, brindara a los candidatos la posibilidad de presentar su plan de trabajo. 9.4.4. Eleccion de los Municipios: a) El Comite Electoral sorteara a los Miembros de Mesa ­ preferentemente del ultimo grado del o los niveles Educativos que brinde la Institucion Educativa, conformada por tres (3) integrantes titulares y dos (2) suplentes entre los estudiantes que no toman parte de ninguna de las

listas, siete (7) dias MORDAZA de la eleccion. La relacion de Miembros de Mesa seleccionados se publicara con tres (3) dias de anticipacion. b) La eleccion del Municipio Escolar comprende los siguientes pasos: 1. Votacion en forma democratica, universal y secreta. 2. Escrutinio. 3. Proclamacion de la lista ganadora. 4. Juramentacion de los ganadores en ceremonia publica c) Los Miembros de Mesa tendran la responsabilidad de las elecciones, el computo final de votos, llenado de actas de sufragio por mesa de votacion y la proclamacion de resultados en un plazo de 24 horas. Estara apoyado ademas por los representantes de las Instituciones Educativas, por la Unidad de Gestion Local respectiva y otros organismos publicos y privados. 9.4.5. Proclamacion de la lista ganadora a) Concluida las elecciones, el Comite Electoral elaborara el acta final de resultados de la eleccion y proclamara la lista ganadora a nivel de la Institucion Educativa, en coordinacion con los directivos y docentes asesores de la misma. b) Se publicara en lugar visible de la Institucion Educativa los resultados finales de la eleccion. c) El Director de la Institucion Educativa enviara a la Unidad de Gestion Educativa Local respectiva, el informe con los resultados de la votacion (dentro de las 48 horas de realizada la votacion). 9.4.6. Juramentacion de los Municipios Escolares: a) Una vez proclamados los resultados, el Comite Electoral realizara la juramentacion de cada uno de los integrantes elegidos para el Municipio Escolar. b) Se requerira el apoyo de los directivos de la Institucion Educativa para que organicen y ejecuten la ceremonia de juramentacion. c) Las autoridades escolares electas iniciaran sus actividades a partir del primer dia util del siguiente ano. 10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Los casos no previstos en la presente Directiva, seran resueltos por las Direcciones Regionales de Educacion, Direccion Regional de MORDAZA Metropolitana, Unidades de Gestion Educativa Local, y las Direcciones de Instituciones Educativas de Primaria y Secundaria del MORDAZA, de acuerdo a las exigencias propias de su realidad respetando la jerarquia administrativa correspondiente. SEGUNDA.- Al termino de las actividades anuales de los Municipios Escolares, las Unidades de Gestion Educativa Local remitiran un informe a la Instancia Regional correspondiente, asimismo, las Direcciones Regionales enviaran un informe consolidado a la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular. TERCERA.- Las Direcciones Regionales y Unidades de Gestion Educativa Local dispondran las coordinaciones necesarias para contar con el apoyo de los organismos representativos del MORDAZA Nacional de Elecciones y la Oficina Nacional de Procesos Electorales a fin de contar con su apoyo en todo lo referente al funcionamiento de los Municipios Escolares dentro de lo contenido en los Convenios de Cooperacion Interinstitucional vigentes. 11. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Las Instituciones Educativas que en el mes de noviembre del 2006 no hayan realizado el MORDAZA de eleccion de su Municipio Escolar, deberan efectuarlo, excepcionalmente adecuando los plazos, en el mes de junio y MORDAZA del presente ano. Esta Directiva del Municipio escolar, recientemente elegida, entrara en funciones el Primero de Agosto y tendra vigencia hasta Diciembre del 2008. En este MORDAZA participaran, como candidatos, los estudiantes hasta MORDAZA Grado de Educacion Secundaria, igualmente los de MORDAZA de Primaria de las instituciones educativas que tienen solo este nivel. SEGUNDA.- Los Municipios Escolares que ya existen en las Instituciones Educativas se renovaran en este ano 2007.

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