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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2007 (31/05/2007)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346195 en el Convenio Específico para el financiamiento del proyecto de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FERNANDO LORES y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda,Construcción y SaneamientoANEXO A PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FERNANDO LORES, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA MONTO APROBADO S/. PPTO. PIM 2007TRANS. FINANC 32316 MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE TAMSHIYACU - DISTRITO FERNANDO LORES, PROVINCIA DE MAYNAS - LORETOINDIRECTA 3,036,508.00 3,036,508.00 TOTAL 3,036,508.00 3,036,508.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FERNANDO LORES, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO COD SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/. TRANS. FINANC. S/.MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 MES 07 MES 08 32316 MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE TAMSHIYACU - DISTRITO FERNANDO LORES, PROVINCIA DE MAYNAS - LORETOINDIRECTA 683,214.30 75,912.70 1,214,603.20 151,825.40 227,738.10 303,650.80 227,738.10 151,825.40 3,036,508.00 TOTAL 683,214.30 75,912.70 1,214,603.20 151,825.40 227,738.10 303,650.80 227,738.10 151,825.40 3,036,508.00 Administración Directa : El primer desembolso se iniciará con la fecha de Resolución de aprobación del Expediente Técnico Administración Indirecta : El primer desembolso se iniciara con la fecha de suscripción del contrato de obra. 66725-1 Aprueban Proyectos Techo Propio a los que se aplicará facilidades crediticias dispuestas en el Art. 4º del D.S. Nº 011-2007-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2007-VIVIENDA Lima, 29 de mayo de 2007 VISTO: El Informe Nº 089-2007-VIVIENDA/VMVU-DNV; y,CONSIDERANDO:Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2007- VIVIENDA estableció que el Directorio del BANMAT podrá aprobar líneas de crédito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el Bono Familiar Habitacional - BFH, que adquieran las viviendas de interés social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, así como otros que excepcionalmente apruebe el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial, ello con el fin de facilitar el acceso al financiamiento complementario al Bono Familiar Habitacional y del Ahorro de los Grupos Familiares que deseen adquirir dichas viviendas de interés social; Que, mediante Informe de visto la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo ha determinado que existen Proyectos de Vivienda Techo Propio dirigidos a la población de escasos recursos en los cuales las Instituciones Financieras Intermediarias Privadas no tienen interés en intervenir otorgando a los Grupos Familiares el financiamiento complementario necesario para que puedan adquirir viviendas de interés social, aun cuando éstos cuentan con capacidad crediticia; Que, en tal sentido y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2007-VIVIENDA concordante con la política del Sector de promover el acceso de la población a la propiedad privada destinada a vivienda, resulta pertinente aprobar los Proyectos de vivienda de interés social identi fi cados como excepcionales mediante Informe de Visto, a fi n que los Grupos Familiares puedan acceder a las facilidades crediticias dispuestas en el citado artículo; De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de Proyectos Techo Propio a los que les será aplicable las facilidades crediticias dispuestas en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 011- 2007-VIVIENDA Apruébese los siguientes Proyectos Techo Propio en los cuales los Grupos Familiares podrán acceder a las facilidades crediticias dispuestas en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2007-VIVIENDA: CÓDIGO PROYECTO UBICACIÓN 002 Conjunto Residencial Campoy San Juan de Lurigancho- Lima 014 El Doral de Torre Blanca Carabayllo - Lima 015 Condominio Residencial Las GarzasChiclayo - Lambayeque 030 Conjunto Habitacional La Estancia de LurínLurín - Lima 046 Rastros de San Francisco Cercado de Lima 095 Multifamiliar Residencial Grau La Victoria - Lima 102 Alameda de Trujillo II Trujillo- La Libertad 109 Quinta San Martín Ilave- Puno Artículo 2º.- Facilidades de Información El Banco de Materiales S.A.C. para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución podrá solicitar información de los Proyectos de Vivienda Techo Propio al Fondo MIVIVIENDA S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 66725-2