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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357265 Artículo 2º.- Designar a la médico cirujano Olga Elisa FRISANCHO GIL, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de la Salud II Lima Sur. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 129886-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona jurídica para prestar servicio de radiodifusión educativa por televisión en la localidad de Talara RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 862-2007-MTC/03 Lima, 6 de noviembre de 2007VISTA, la Solicitud registro N° 2000-01403002 presentada por la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISION “BET-EL”, sobre otorgamiento de autorización por diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión educativa por Televisión en UHF, en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Viceministerial N° 144-99- MTC/15.03 del 21 de abril de 1999, se otorgó a la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISIÓN “BET-EL”, autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodifusión educativa por Televisión en UHF, en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. Dicha resolución fue publicada con fecha 1 de mayo de 1999; Que, mediante la Solicitud registro N° 2000-01403002, la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISION “BET-EL”, solicitó la inspección técnica de la estación autorizada, a fi n de que se le otorgue la autorización por diez (10) años; Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, el artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, señala que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba, dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual será verifi cado por el órgano competente del Ministerio; Que, el artículo 185º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y demás disposiciones aplicables al servicio de radiodifusión; Que, con Informe N° 2088-2001-MTC/15.19.03.3 del 17 de diciembre de 2001 de la Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas e Informe N° 3879-2005-MTC/18.01.2 del 12 de setiembre de 2005 de la Subdirección de Control Provincias – Dirección de Monitoreo e Inspección de Telecomunicaciones, se da cuenta de las inspecciones técnicas realizadas a la estación radiodifusora autorizada a la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISION “BET-EL”, concluyendo que se encuentra técnicamente apta para operar el servicio de radiodifusión; Que, según el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de TV-UHF, para las localidades correspondientes al departamento de Piura, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 172-2004-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Talara se incluye al distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, ubicación consignada en la Resolución Viceministerial Nº 144-99-MTC/15.03; Que, con Informe Nº 0079-2007-MTC/28. se considera que dado que la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISION “BET-EL”, obtuvo informes favorables de las inspecciones técnicas realizadas a su estación de radiodifusión, es procedente otorgarle la autorización, por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial N° 144-99-MTC/15.03; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN CRISTIANA DE RADIO Y TELEVISION “BET-EL”, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión educativa por Televisión en UHF, en la localidad de Talara, departamento de Piura. Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refi ere el artículo precedente comprende el período de instalación y prueba otorgado en la Resolución Viceministerial N° 144-99-MTC/15.03, por lo tanto, concluirá el 2 de mayo de 2009. Artículo 3º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación. Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 129929-1 Otorgan autorización a Laser Producciones E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Abancay RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 863-2007-MTC/03 Lima, 6 de noviembre de 2007VISTO, el Escrito Registro Nº 972971 presentado por la empresa LASER PRODUCCIONES E.I.R.L., mediante el cual, solicita inspección técnica a fi n de que se le otorgue autorización por diez años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac;