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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357282 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806. Ofi cina DesconcentradaFuncionario Responsable Arequipa Jorge Cabrera Maldonado Ayacucho Héctor Vega Fajardo Cusco Vielka Chariarse Valencia Huancayo Angela Bastidas Román Ica Katia Sarmiento Flores Iquitos Robert Rodríguez Mori Piura Carlos Mora Cortijo Trujillo Lucy Arroyo Sánchez Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nºs. 016-2004-SUNASS-PCD y 008-2005-SUNASS-PCD. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 129950-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Declaran de interés regional la adopción de acciones orientadas a la modernización de la gestión pública del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 102-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 17 de octubre del 2007POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA ADOPCIÓN DE ACCIONES ORIENTADAS A LA MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Que, mediante Oficio N° 618-2007/GOB.REG.- HVCA/PR, de fecha 14 de octubre del año 2007, el Presidente Regional de Huancavelica remite el Proyecto de Ordenanza Regional, solicitando se autorice la adopción de las acciones necesarias orientadas a la modernización de la gestión pública el Gobierno Regional de Huancavelica; asimismo mediante Oficio N° 150-2007/GOB.REG.-HVCA/CR-BNM, el Consejero Regional de la provincia de Acobamba, remite el Proyecto de Ordenanza Regional que declara en reorganización y reestructuración administrativa y presupuestal al Gobierno Regional de Huancavelica, que por tratarse del mismo fin perseguido se acumula en un solo incidente, el mismo que tiene por objeto la reestructuración administrativa y de recursos humanos a nivel de Pliego del Gobierno Regional de Huancavelica, reestructuración del Sistema de Planificación y Modernización informática; Que, conforme dispone el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal y que tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; Que, el numeral 9.2 del Artículo 9° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización, establece que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el Artículo 1° de la ley N° 27658 – Ley Marco de la Modernización del Estado, establece que el Estado Peruano ha sido declarado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y obtener mejores niveles de efi ciencia y construir un Estado democrático y al servicio de la ciudadanía; Que, la Vigésima Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 29035 – Ley que Autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, autoriza a los Gobiernos Regionales hasta el 31 de diciembre del año 2007, a realizar previo acuerdo de su máximo órgano normativo y fi scalizador, las acciones de modernización de la gestión pública orientada a incrementar sus niveles de efi ciencia, mejorar la atención a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos públicos; Que, para tal efecto la precitada norma, precisa que los Gobiernos Subnacionales podrán disponer la reorganización, reestructuración, fusión y disolución de sus entidades, empresas y organismos públicos en tanto se dupliquen funciones o se provean similares servicios a los brindados, integrándose competencias y funciones afi nes; Que, dentro del citado contexto normativo resulta necesaria la modernización de los órganos regionales, así como de los procesos, instrumentos de gestión, así como la modifi cación de la estructura orgánica, que permita lograr la implantación de una gestión pública moderna y efi ciente con capacidad para responder a las demandas de desarrollo regional; Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional la adopción de acciones necesarias orientadas a la modernización de la gestión pública del Pliego Gobierno Regional de Huancavelica, que comprenda la ejecución de los siguientes procesos: reestructuración orgánica, reorganización administrativa y de recursos humanos, reestructuración del sistema de planifi cación y modernización informática. Artículo Segudo.- AUTORÍCESE al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica a ejecutar las acciones pertinentes para implementar en atención al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, el Proyecto Integral de Desarrollo Institucional que comprenden los componentes a que se refi ere el precitado artículo, a cuyo efecto deberá conformarse la Comisión Técnica encargada de formular el citado Proyecto. Artículo Tercero.- OTORGAR un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, para la presentación ante el Consejo Regional del perfil del Proyecto Integral de Desarrollo Institucional, que comprenda el proceso de modernización de la gestión pública del Gobierno Regional de Huancavelica. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.