Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles. Asimismo, en dicha oportunidad, se encargo al Gerente General de la sociedad, la definicion y precision de las caracteristicas especificas de la participacion de la sociedad en la operacion; Que, en sesiones del 31 de agosto de 2006 y 31 de MORDAZA de 2007, el Directorio de Banco Continental aprobo la participacion de la sociedad como originador y servidor general en el MORDAZA de titulizacion MORDAZA descrito, encargando al Gerente General, la definicion y precision de las caracteristicas especificas de la operacion; Que, Banco Continental y Continental Sociedad Titulizadora S.A. suscribieron el denominado "Contrato MORDAZA para la Constitucion de Fideicomisos de Titulizacion Hipotecaria" por medio del cual Banco Continental se obligo a transferir en dominio fiduciario las cuentas por cobrar correspondientes a cada emision al patrimonio fideicometido a favor de Continental Sociedad Titulizadora S.A., con el objeto de respaldar directa y exclusivamente a una determinada emision de instrumentos a ser realizada por el fiduciario a partir del programa de instrumentos de titulizacion denominado "Primer Programa de Instrumentos de Titulizacion Hipotecaria del Banco Continental"; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 308º y 309º de la Ley de MORDAZA de Valores, el denominado "Contrato MORDAZA para la Constitucion de Fideicomisos de Titulizacion Hipotecaria" fue elevado a escritura publica el 13 de octubre de 2007 ante Notario Publico de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Loli, el cual se encuentra inscrito en el asiento D00016 de la Partida Electronica N° 11084241 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la SUNARP; Que, mediante escrito del 18 de MORDAZA, complementado el 10 de MORDAZA, 22 de agosto, 26 de octubre y 6 de noviembre de 2007, Continental Sociedad Titulizadora S.A. solicito la aprobacion del tramite anticipado asi como la inscripcion del programa de instrumentos de titulizacion denominado "Primer Programa de Instrumentos de Titulizacion Hipotecaria del Banco Continental" hasta por un monto MORDAZA de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, y el registro del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, Continental Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, y en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, asi como en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV; Que, el articulo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobacion de tramites anticipados asi como la inscripcion de valores mobiliarios y/o registro de prospectos informativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del diario oficial El Peruano y del MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333º de la Ley del MORDAZA de Valores y los articulos 43º y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como el literal d) del articulo 32º del Decreto Supremo N° 038-2007-EF y la Resolucion CONASEV Nº 034-2007EF/94.10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el programa de instrumentos de titulizacion denominado "Primer Programa de Instrumentos de Titulizacion Hipotecaria del Banco Continental" hasta por un monto MORDAZA de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los valores que se emitan en virtud del programa a que se refiere el articulo anterior, debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.

Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refiere el articulo 53º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y, en lo que corresponda, con la establecida en los articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 3º.- La aprobacion, inscripcion y registro a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Banco Continental, en su calidad de originador y de servidor general; a Continental Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; a Continental Bolsa SAB S.A., en su calidad de agente colocador, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. RODNY MORDAZA VIA Direccion de Patrimonios Autonomos Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 129002-1

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Acreditan a Sociedad de Asesoramiento Tecnico S.A.C. como laboratorio oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud
RESOLUCION JEFATURAL N° 479-2007-J-OPD/INS MORDAZA, 5 de noviembre de 2007 Visto el Informe Nº 092/2007-DG-CNCC-INS, de la Direccion General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud, con relacion a la solicitud presentada por la empresa SOCIEDAD DE ASESORAMIENTO TECNICO S.A.C. para la acreditacion, autorizacion de analisis y procedimientos; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso b) del articulo 50° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, establece que el Centro Nacional de Control de Calidad tiene como funcion evaluar, supervisar, autorizar y acreditar laboratorios analiticos; Que, con Resolucion Jefatural N° 244-96-J-OPD-INS, del 22 de octubre de 1996, se aprobo el "Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la emision de Protocolos de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares", el cual senala que la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos, esta constituida por un sistema integrado de laboratorios analiticos autorizados por el Instituto Nacional de Salud para emitir protocolos de calidad de medicamentos de uso humano y afines; Que, mediante documento presentado el 26 de octubre del 2006 la empresa SOCIEDAD DE ASESORAMIENTO TECNICO S.A.C., solicito su incorporacion a la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos y Autorizacion, para emitir protocolos de analisis de medicamentos, articulos medico-quirurgicos, cosmeticos y similares;

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