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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357267 y en el marco de sus funciones, realice las transferencias fi nancieras que resulten necesarias a las Entidades y Empresas Públicas de su Sector, que ejecuten acciones en el marco del presente Decreto de Urgencia, quedando para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento exceptuado de lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979; Que, mediante Ofi cio Nº 203-2007-EMAPISCO S.A.G.G., el Gerente General de EMAPISCO S.A., solicita, al señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, le brinde el apoyo necesario para obtener bienes, hasta por la suma de S/. 139 339.86, a fi n de poder realizar las acciones necesarias para poder mantener operativo el sistema de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Pisco, el mismo que colapsó a consecuencia del sismo del 15 de agosto del presente año; Que, mediante Informe Técnico Nº 047-2007- VIVIENDA/VMCS-DNS-P, la Dirección Nacional de Saneamiento ha emitido opinión técnica favorable respecto a la transferencia fi nanciera a realizarse a favor de EMAPISCO S.A., hasta por la suma de S/. 139 339.86, con el objeto que la mencionada empresa pueda ejecutar las acciones necesarias para poder mantener el sistema de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Pisco; Que, en el marco de lo expuesto, y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27792, el Decreto de Urgencia Nº 025-2007, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 139 339.86 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 86/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor de EMAPISCO S.A., para la adquisición de los bienes descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. EMAPISCO S.A. queda prohibido de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a recursos materia de la presente transferencia fi nanciera. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2007, de la Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A DETALLE DE BIENES Nº CONCEPTO UND CANTIDAD 1 CLORO GAS KG 2040 2 PETROLEO GI 20003 GASOLINA GI 5004 TAPAS Y MARCOS DE CONCRETO - BUZON UND 1005 TAPAS DE CONCRETO - BUZON UND 50 6 ABRAZADERAS RAPIDAS 14´´ UND 57 ABRAZADERAS RAPIDAS 12´´ UND 5 8 ABRAZADERAS RAPIDAS 8´´ UND 109 ABRAZADERAS RAPIDAS 6´´ UND 10 10 ABRAZADERAS RAPIDAS 10´´ UND 5 11 ABRAZADERAS RAPIDAS 4´´ UND 25 12 ABRAZADERAS RAPIDAS 3´´ UND 1513 UNIONES DE ACOPLE DE 12´´ UND 514 UNIONES DE ACOPLE DE 10´´ UND 615 UNIONES DE ACOPLE DE 8´´ UND 816 UNIONES DE ACOPLE DE 6´´ UND 617 UNIONES DE ACOPLE DE 4´´ UND 2018 TUBERIAS PVC UNION FLEXIBLE CL-10 DN 110 mm UND 10519 TUBERIAS PVC UNION FLEXIBLE CL-10 DN 160 mm UND 10Nº CONCEPTO UND CANTIDAD 20 TUBERIAS PVC UNION FLEXIBLE CL-10 DN 200 mm UND 10 21 TUBERIAS PVC UNION FLEXIBLE CL-10 DN 250 mm UND 522 TUBERIAS PVC UNION FLEXIBLE CL-10 DN 315 mm UND 523 VALVULAS DE COMPUERTA DE 8´´ UND 524 VALVULAS DE COMPUERTA DE 4´´ CON 2 UNIONES DE ACOPLE UND 1025 TUBERIA PVC DE 8´´ ML 60026 TUBERIA PVC DE 10´´ ML 10027 TUBERIA PVC DE 12´´ ML 300 130118-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 032-2007-VIVIENDA Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 032-2007- VIVIENDA, publicado en nuestra edición del día 9 de noviembre de 2007. En el Artículo 5º;DICE:(...) d. Los aportes provenientes de entidades privadas nacionales o extranjeros; y d. Otras fuentes de fi nanciamiento. DEBE DECIR:(...) d. Los aportes provenientes de entidades privadas nacionales o extranjeros; y e. Otras fuentes de fi nanciamiento. 130651-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en el distrito de Chugur, provincia de Hualgayoc, en el Centro Poblado Nuevo Ayacucho y en la Comunidad Campesina La República de Uchuhuayta RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 140-2007-CE-PJ Lima, 4 de julio de 2007VISTOS:El Ofi cio Nº 0131-2006-P-CSJCA-PJ, cursado por Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y el Informe Nº 037-2006-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz de Segunda Nominación en el distrito de Chugur, provincia de Hualgayoc y departamento de Cajamarca, presentada por las autoridades y pobladores del referido distrito; Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1,242 habitantes, conjuntamente con los poblados de El Tingo, Nuevo Perú, El Chencho, Ramírez, La Colpa, Perlamayo Tambillo Bajo, El Pajonal y El Paraíso, acuden al Juzgado de Paz de Chugur; así como en la necesidad de contar con una autoridad, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz de Primera