Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

357266
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa LASER PRODUCCIONES E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Abancay, departamento de Apurimac. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 331-96-MTC/15.17, y que concluira el 28 de MORDAZA de 2016. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion con vigencia durante el plazo MORDAZA senalado. Articulo 4º.- La empresa LASER PRODUCCIONES E.I.R.L., esta obligada a trasladar la planta de transmision de la estacion fuera del perimetro MORDAZA en un plazo MORDAZA de siete (7) anos, computados a partir del 1 MORDAZA de 2005, de acuerdo con lo senalado en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion. Articulo 5°.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 129930-1

Que, por Resolucion Ministerial Nº 331-96-MTC/15.17 del 22 de MORDAZA de 1996, se otorgo a la empresa LASER PRODUCCIONES E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurimac. Dicha resolucion fue publicada con fecha 27 de MORDAZA de 1996 en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Escrito Registro Nº 972971, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, a fin de dar tramite a su respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 0412-97-MTC/15.19.03.3 del 6 de noviembre de 1997, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas, de la ex Direccion de Administracion de Frecuencias, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada con fecha 29 de setiembre de 1997 a la estacion de la administrada, senalando que esta posee el equipamiento necesario para operar el servicio autorizado, lo que le permite brindar un servicio adecuado, concluyendo que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado; asimismo, con Informe 1345-2006-MTC/18.01.2 del 12 de MORDAZA de 2006, la entonces Subdireccion de Control Provincias, da cuenta de la inspeccion tecnica efectuada a la citada estacion el 5 de MORDAZA de 2006, concluyendo de igual forma que la empresa se encuentra brindando un servicio adecuado, emitiendo una senal de buena calidad, no provocando interferencias a otras estaciones de telecomunicaciones; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 091-2004MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, y dentro de la localidad denominada Abancay, se incluye al distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurimac; Que, con Informe Nº 0445-2007-MTC/28., la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la empresa LASER PRODUCCIONES E.I.R.L., obtuvo informes favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 331-96-MTC/15.17, y que por lo tanto, debe culminar el 28 de MORDAZA de 2016, plazo computado desde el dia siguiente de la publicacion de la citada resolucion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y,

VIVIENDA
Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPISCO S.A. para la adquisicion de bienes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 570-2007-VIVIENDA MORDAZA, 8 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete, departamento de MORDAZA, y se dispuso la ejecucion de acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el articulo 1° del Decreto de Urgencia Nº 0252007, autorizo al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y a las Entidades y Empresas Publicas de su Sector, en el MORDAZA del Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a contratar y adquirir bienes, servicios y obras, conforme a la normatividad vigente, que resulten necesarios hasta por la suma de S/. 20 000 000.00, para la rehabilitacion de la infraestructura de saneamiento en las zonas declaradas en emergencia, quedando para este efecto, autorizadas a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias con cargo a los saldos presupuestales que se determinen de la proyeccion de gastos al MORDAZA trimestre del presente ano fiscal; Que, asimismo, el articulo 3° del mismo cuerpo legal autorizo al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que mediante Resolucion Ministerial

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.