Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

129578-2

GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Crean la Defensoria Regional Personas Adultas Mayores
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783; de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, su modificatoria Ley N° 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2°, 4° y 5° de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2000PROMUDEH, se aprobo la Politica Nacional para proteger a las Personas Adultas Mayores 2002­ 2006, el cual establece la responsabilidad del MIMDES en el Desarrollo de acciones de prevencion, asistencia y rehabilitacion orientadas a disminuir y eliminar el maltrato de las personas adultas mayores y defender sus derechos sin diferencias de cultura y genero. Que, mediante Ordenanza Regional N° 006-2005 CR/GR-LL, de fecha 23 de marzo del 2005, se crea el Consejo Regional del Adulto Mayor - "CRAM", de la Region La Libertad. Que, mediante Resolucion Ministerial N° 156-2005MIMDES se aprueba los "Lineamientos de Politica para la Prevencion del Maltrato y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores". Que, la Direccion de Personas Adultas Mayores, en coordinacion con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales e Instituciones de la Sociedad Civil, en el MORDAZA del trabajo de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, constituida por Resolucion Ministerial N° 5132004­MIMDES vienen ejecutando acciones destinadas a la promocion y proteccion de derechos y prevencion del maltrato en contra de las personas adultas mayores, en cumplimiento de las medidas que establece el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002 ­ 2006 y su reformulacion integral, ampliandose el periodo de su vigencia hasta el ejercicio 2010.

de

Que, las Organizaciones a nivel mundial, realizan acciones para que la poblacion en general reflexione sobre el alto porcentaje de poblacion adulta que va MORDAZA a constituirse en un futuro no muy lejano en una gran poblacion adulta mayor, que culmina una etapa de aporte efectivo a la sociedad mediante su fuerza productiva, de trabajo intelectual o fisico y que ingresa a una etapa de su ciclo de MORDAZA que por los propios cambios fisicos derivados del envejecimiento natural de los seres humanos y por la propia estructura de los sistemas laborales, no puede continuar siendo parte de la fuerza laboral activa de un Estado, siendo necesario que se adopten las medidas pertinentes a efectos de que los adultos mayores MORDAZA beneficiados con una serie de servicios asistenciales, de proteccion y de atencion que deben ser otorgados a esta poblacion y que se obtienen de lo que el segmento de poblacion economicamente activa produce. Que, existe falta de desarrollo de capacidades para enfrentar situaciones potenciales de generacion de conflictos familiares debido a la inexistencia de una cultura de paz y del incremento de situaciones extremas que causan estres en las personas que cohabitan con la persona adulta mayor y que provocan reacciones que pueden desencadenar en maltrato, debido principalmente a la falta de valores para afrontar la convivencia con una personal adulta mayor. Que, resulta necesario crear dentro de la circunscripcion territorial del Gobierno Regional de La MORDAZA la Defensoria de las Personas Adultas Mayores ya que en estos ultimos tiempos se ha advertido la afluencia de casos de maltratos fisicos, psicologicos, MORDAZA, economicos y sociales de los que son victimas las personas adultas mayores, es decir la sociedad presta menos importancia y tiene menos conciencia del maltrato que ejerce contra la persona adulta mayor, desde no respetar su opinion e inclusive no cederles el asiento o un turno de atencion, acciones de falta de sensibilidad y conciencia social que hacen que resulte necesaria la emision de esta MORDAZA de caracter regional. Que, las Defensorias de Personas Adultas Mayores son organos creados a nivel regional o local a traves de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, cuya finalidad es brindar apoyo a la persona adulta mayor en el uso correcto de sus derechos amparados por la Constitucion Politica del Estado y las Leyes. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37° y el Articulo 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, modificada por Ley N° 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053 y estando a lo acordado por MAYORIA en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional de La Libertad; HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE ORDENANZA

Articulo Primero.- CREACION Crear en el Gobierno Regional de La MORDAZA la Defensoria Regional de Personas Adultas Mayores, como organo adscrito a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de La Libertad. Articulo Segundo.- FUNCIONES Son funciones de la Defensoria Regional de Personas Adultas Mayores: a) Recibir y calificar denuncias de maltrato o abuso en contra de las personas adultas mayores de cualquier naturaleza (violencia familiar, abuso economico, maltrato fisico o psicologico, entre otros). b) La defensa de los derechos de Personas Adultas Mayores. c) Intervencion y disposicion de acciones ante casos de maltrato y abuso en contra de las personas adultas mayores. d) Formular denuncia en los casos que la accion del agresor constituya delito o falta. e) Buscar solucion a conflictos que puedan ser resueltos por medio del entendimiento y la obtencion de compromisos. f) La prestacion de servicios de orientacion legal para la realizacion de tramites administrativos. g) La prestacion de servicios de derivacion de casos para atencion especializada de acuerdo a la naturaleza de la accion.

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