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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de noviembre de 2007 357324 A LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 013 : MINISTERIO DE AGRICULTURA UNIDAD EJECUTORA 002 : Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográ fi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS FUNCION 04 : Agraria PROGRAMA 012 : Promoción y Extensión Rural SUBPROGRAMA 0045 : Promoción Agraria PROYECTO 000032 : Apoyo a la Producción Agropecuaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 50 000 000,00 TOTAL 50 000 000,00 ============ Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de los recursos, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades/Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 130717-4 Autorizan transferencia de partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 174-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Supremas Nºs. 170 y 171-2006-RE, se declara de interés nacional la realización en el Perú de la “V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe – Unión Europea”, así como el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC) en el año 2008, como consecuencia de los acuerdos tomados en la Reunión Extraordinaria del Comité Plenario de América Latina y el Caribe, llevada a cabo en Bruselas, el 6 de junio del 2005 y en la XI Cumbre de Líderes del Asia Pacífi co realizada en noviembre de 2003 en Bangkok, Reino de Tailandia, respectivamente; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a solicitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima, requiere se atienda la suma de NOVENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 97 000 000,00), con la fi nalidad de efectuar el mantenimiento y la reparación de las vías de la ciudad de Lima con motivo de las actividades preparatorias de la APEC; Que, al mismo tiempo, el Ministerio de Relaciones Exteriores requiere recursos por la suma de CATORCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 692 636,00), para atender los gastos de implementación para la organización de la “V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe – Unión Europea”; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con saldos de libre disponibilidad que permite dar cobertura a los requerimientos efectuados por la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de CIENTO ONCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 111 692 636,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 111 692 636,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA:SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCION 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0.Reserva de Contingencia 111 692 636,00 -------------------- TOTAL 111 692 636,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 01 : PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS