Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2007 (12/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de noviembre de 2007

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Res. Nº 1836-2007-TC-S3.- Declaran que carece de objeto pronunciarse respecto a supuesta responsabilidad de la empresa Medilabser S.A. por la comision de infraccion tipificada en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 357380 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Res. Nº 111-2007-INGEMMET/PCD.- Designan funcionario responsable de brindar informacion que demanden las personas 357382 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 2838-2007-OS/GG.- Sancionan a Minera Sinaycocha S.A.C. con multa por infringir la Ley General de Mineria 357383

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 272-MM.- Reglamentan el comercio en la via publica del distrito 357387 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 125.- Condonan cobro por derecho de emision de valores tributarios 357395 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO R.A. N° 000690.- Aprueban "Lista de Precios de los Servicios cuya prestacion no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao" 357395 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA Acuerdo Nº 0026-MDPN/2007.- Declaran en situacion de emergencia los servicios de remocion de escombros, limpieza de avenidas y calles y eliminacion de desmonte del distrito 357401

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Res. Nº 327-2007-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolucion emitida por la Municipalidad Distrital de Ate que aprueba habilitacion MORDAZA de terreno 357384 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza Nº 285-MDB.- Aprueban beneficio tributario de actualizacion predial y amnistia tributaria 357385

SEPARATA ESPECIAL
ENERGIA Y MINAS D.S. S/N.- Proyecto de Decreto Supremo que regula el Sistema de Derechos Mineros y Catastro ­ SIDEMCAT y Modifican Normas Reglamentarias del Procedimiento Minero para adecuarlas al MORDAZA de descentralizacion 3

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 041-2007 DICTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EL MORDAZA DEL SHOCK DE INVERSIONES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 58º de la Constitucion Politica del Peru, referido a los Principios Generales, establece que el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA, y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura; Que, la Ley Nº 28880, proveyo de recursos a los Sectores Vivienda y Construccion, Educacion, Energia y Minas, Agricultura, Interior, Mujer y Desarrollo Social y Justicia, entre otros, para la ejecucion de actividades de indole o efecto social, los mismos que a la fecha no se han podido ejecutar en su totalidad, afectando el programa de inversiones del Estado y la mejora de los servicios basicos a la poblacion; Que, las Entidades del Gobierno Nacional, para el cumplimiento de sus fines, requieren contar con mecanismos alternativos adicionales, entre otros, convenios de administracion de recursos o costos compartidos, para ejecutar con eficiencia, rapidez y transparencia los recursos publicos asignados por la Ley Nº 28880, normas modificatorias y ampliatorias, teniendo en cuenta que el ano fiscal del Sector Publico esta por culminar; Que, en ese contexto, resulta urgente dictar medidas de caracter economico financiero y de interes nacional que permitan a las Entidades responsables de los recursos de la Ley Nº 28880, normas modificatorias y ampliatorias, ejecutar los gastos correspondientes y contrarrestar lo senalado en los parrafos precedentes;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion Autorizase a las Entidades del Gobierno Nacional a suscribir con organismos o instituciones internacionales Convenios de Administracion de Recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, para encargarles la administracion de sus Recursos provenientes de la Ley Nº 28880, normas modificatorias y ampliatorias, las cuales deben previamente de contar con el informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la respectiva Entidad, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento, y aprobarse por resolucion suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. El procedimiento senalado se empleara tambien para el caso de las addenda, revisiones u otros que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente en el MORDAZA de la Ley Nº 28880, normas complementarias y ampliatorias. Articulo 2º.- Del Financiamiento Lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia se financia con cargo al presupuesto institucional asignado por la Ley Nº 28880, normas modificatorias y ampliatorias, aprobado a la fecha para la respectiva Entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Suspension Dejense en suspenso las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan a lo establecido por la presente MORDAZA o limiten su aplicacion. Articulo 4º.- Publicidad Los convenios que se suscriban al MORDAZA de la presente MORDAZA legal, deben ser publicados conjuntamente con una MORDAZA de la Resolucion Suprema correspondiente, en la pagina Web de la Entidad en un plazo de dos (2) dias de suscrito el convenio respectivo.

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