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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de noviembre de 2007 357369 VIDEO PERÚ S.A.C. concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende los distritos de Los Olivos y San Martín de Porres de la provincia de Lima, del departamento de Lima, habiéndose fi rmado el contrato respectivo el 30 de abril de 2003; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 927-2005- MTC/03 del 12 de diciembre de 2005, se resolvió ampliar el área de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03 a CABLE VIDEO PERÚ S.A.C., incluyendo la Provincia Constitucional del Callao, habiéndose fi rmado la adenda correspondiente el 27 de marzo de 2006; Que, mediante la solicitud de VISTA, la concesionaria solicita la modifi cación de su contrato de concesión con la fi nalidad de ampliar el área de la concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03 y modifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03, incluyendo los distritos de Puente Piedra, Comas y Carabayllo, de la provincia de Lima, del departamento de Lima; Que, la Cláusula Décimo Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03 establece que las partes podrán acordar, por escrito, la modifi cación o cambio del mencionado contrato sujetándose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, el artículo 124° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que la suscripción de las adendas a los contratos de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada la resolución correspondiente, y que en caso de incumplimiento, la resolución que la sustenta quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº 310-2007-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones concluye que procede modifi car el contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03, en lo referente al área de la concesión otorgada incluyendo los distritos de Puente Piedra, Comas y Carabayllo, de la provincia de Lima, del departamento de Lima; así como aprobar el Plan de Cobertura de dicha área y modifi car el literal d. del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y numeral 6.02 de la Cláusula Sexta del citado contrato de concesión; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modifi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el área de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03, a CABLE VIDEO PERÚ S.A.C., incluyendo los distritos de Puente Piedra, Comas y Carabayllo, de la provincia de Lima, del departamento de Lima, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolución, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se refi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03. Artículo 3º.- Aprobar la modifi cación del literal d. del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y numeral 6.02 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03. Artículo 4º.- Aprobar la adenda mediante la cual se formaliza la modifi cación del literal d. del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y numeral 6.02 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 176-2003-MTC/03, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 927-2005-MTC/03, y se sustituyen los Anexos 1 y 2 del mismo, autorizándose al Director General de Gestión de Telecomunicaciones, encargado de las funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, a suscribir la misma en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública de la misma.. Artículo 5.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por CABLE VIDEO PERÚ S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Para la suscripción de la Adenda, deberá cumplir previamente con la presentación de la carta fi anza que asegure el inicio de las operaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 130467-1 Modifican la R.VM. N° 080-2004-MTC/03, que aprueba Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM del departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 877-2007-MTC/03 Lima, 8 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 080-2004- MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 765-2007-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Puno; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la precitada Resolución Viceministerial, los Planes