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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007 357505 de aguas residuales”, ya que el primero se expresa en metros cúbicos y el segundo se expresa en metros cúbicos por segundo, requiriéndose que la unidad de medida sea esta última; ii) Modificar la línea base y la meta de gestión “Caudal de tratamiento de aguas residuales”, excluyendo la planta de tratamiento San Bartolo que no ha sido recepcionada por SEDAPAL, ni ha entrado en operación; y las plantas “Punta Hermosa” y “Jerusalem”, en vista que éstas no se encuentran bajo la administración de SEDAPAL. Asimismo, se recomienda modificar la línea base y la meta de gestión debido a que las tres plantas antes mencionadas no formaron parte de la base de capital, y por lo tanto, dicha infraestructura no ha sido tomada en cuenta para la determinación de la fórmula tarifaria de SEDAPAL y no viene siendo pagada por los usuarios a través de la tarifa; proponiéndose modificar la línea base a 1,64 m 3/s, y la meta de gestión de acuerdo al siguiente detalle: Parámetro Año Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Caudal de tratamiento de aguas residuales (m3/s)1,64 1,64 1,64 1,64 1,64 2,76 Que, luego de la evaluación efectuada, se concluye que resultan atendibles las recomendaciones efectuadas por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y la Gerencia de Regulación Tarifaria, contenidas en el citado Informe Nº 056-2007- SUNASS/120; Que, el artículo 25º del Reglamento General de la SUNASS, Decreto Supremo Nº 107-2001-PCM, señala que la función reguladora es de competencia exclusiva del Consejo Directivo de la Supertendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS. Asimismo, el artículo 26º de la citada norma dispone que, en ejercicio de la función reguladora, la SUNASS establece la estructura y niveles tarifarios; así como los niveles de cobertura y calidad de los servicios para cada una de las localidades administradas por las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme a las normas citadas en el párrafo precedente y a lo señalado en el Informe Nº 048-2007-SUNASS-060 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, corresponde al Consejo Directivo de la SUNASS evaluar y aprobar cualquier modificación a las metas de gestión de SEDAPAL, aprobadas por la Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2006-SUNASS-CD; Que, estando a lo acordado en la sesión 021-2007 del Consejo Directivo de la SUNASS: SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifi car la meta de gestión “Volumen de Tratamiento de Aguas Servidas” del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2006-SUNASS-CD que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, de acuerdo con el siguiente detalle: Parámetro Año Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Caudal de tratamiento de aguas residuales (m3/s)1,64 1,64 1,64 1,64 1,64 2,76 Regístrese, comuníquese y publíquese. Con la intervención de los señores consejeros José E. Salazar Barrantes, Manuel Burga Seoane, Víctor Antonio Maldonado Yactayo y José Ricardo Stok Capella. JOSÉ E. SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 131117-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan plazos establecidos en la Ordenanza Nº 246-MDJM y en el D.A. Nº 022-2007-MDJM referentes a beneficios para el pago de deudas y al sorteo del Vecino Puntual DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2007-MDJM Jesús María, 6 de noviembre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Visto, el Memorándum Nº 1159-2007-MDJM-GR, de fecha 5 de noviembre del 2007 por el cual propone la prórroga de diversos benefi cios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 246-MDJM, se otorgaron diversos benefi cios para el pago de deudas tributarias y administrativas, disponiéndose en su artículo cuarto la vigencia de los mismos por un período de quince días contados desde el primer día hábil siguiente al de su publicación; Que, la Cuarta Disposición Final y Complementaria de la norma acotada otorgó al Alcalde facultades para la prórroga de los plazos establecidos en la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2007- MDJM, se reguló el sistema de premiación del sorteo de los contribuyentes comprendidos en el Directorio de Vecinos Puntuales, señalándose en el Artículo Cuarto del mencionado Decreto que la selección de participantes se cerraría el día 5 de noviembre del año en curso; Que, a la fecha y dado el régimen de benefi cios otorgados, existe un número considerable de vecinos que han demostrado voluntad de regularizar sus pagos ante esta Municipalidad, por lo que se ha estimado necesario ampliar los plazo concedidos, a efectos de que un mayor número de personas se vean favorecidas con los benefi cios que se están otorgando; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 30 de noviembre del 2007, el vencimiento del plazo previsto en el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 246-MDJM. Artículo Segundo.- Prorrogar, hasta el 30 de noviembre del 2007, el plazo fi jado por el Decreto de Alcaldía Nº 022-2007-MDJM, para la selección de los participantes en el sorteo del VECINO PUNTUAL. Artículo Tercero.- Encárguese a las Gerencias de Rentas y de Administración, y las Subgerencias de Informática, Tesorería, Logística y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto y a la Gerencia de Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 131073-1